Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 1998 (08/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Estando el Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos. De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo No 276, Decreto Supremo N" 00590-PCM, Ley N" 26814, y la Resolucion Ministerial N" 077-93-JUS modificada por Resolucion Ministerial N" 006-98-JUS; en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial N" 235-96-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor del INPE, MORDAZA ANGLAS COBENAS, Tecnico del Area de Identificacion del Establecimiento Penitenciario del Callao, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2".- El servidor procesado tiene derecho a formular su descargo y presentar las pruebas convenientes en su defensa ante la Comision Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios, en el termino que establece la Ley. Articulo 3".- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VARILLAS Presidente(e) Comision Reorganizadora 7487 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LACOMISIONREORGANIZADORA W282-9&INPE-CR-P. MORDAZA, 3 de MORDAZA de 1998 VISTOS, el Informe N"093-98-INPE-CPPAD de fecha 19 de MORDAZA de 1998 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio N" 874-97-INPE/DGS de fecha 7 de MORDAZA de 1997, el Director General de Seguridad comunica la inconducta funcional en que habria incurrido el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario del Establecimiento Peniteniciario de Procesados de Tambo de MORDAZA Chincha, al haber permitido el ingreso de siete internos al venusterio sin haber sido evaluados previamente por el Organo Tecnico de Tratamiento, habiendoles cobrado sumas de dinero. Asimismo el dia 14 de MORDAZA de 1997, en complicidad de algunos internos del Pabellon 1, recogen alimentos de los desperdicios de la cocina y a escondidas llevaron al Pabellon 1 del E.P.P. Tambo de MORDAZA - Chincha, para decir que era lo que les daban de comer, de la misma forma habria hecho el dia 13 de MORDAZA de 1997, con la dotacion de pan, cuando se habria puesto de acuerdo con internos del mismo pabellon, para meter a los costalillos panes duros que tenian guardados con el objetivo de soliviantar a la poblacion en protesta contra los funcionarios del Establecimiento Penitenciario, para desestabilizar la gestion; por consiguiente dicho servidor ha incumplidolosIncs. a),d)ye)delArt. 21"delDecretoLegislativoN"276, falta disciplinaria tipificada en los Incs. a), cl, d), e) yj) del Art. 28" del referido dispositivo legal. Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficinade Recursos Humanos. De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N" 276, Decreto Supremo N" 005-90-PCM, Ley N" 26814, y la Resolucion Ministerial N" 077-93-JUS modificada por Resolucion Ministerial N" 006-98-JUS; en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial N" 23596-JUS; SE RESUELVE: Articulo lo.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al servidor del INPE, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario del Establecimiento Penitenciario de Procesados de Tambo de MORDAZA - Chincha, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2O.- El servidor procesado tiene derecho de formular sus descargos y presentar las pruebas convenientes en su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el termino que establece la Ley. Articulo 3".- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes.

MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 1998

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VARILLAS Presidente(e) Comision Reorganizadora 7488

Declaran inadmisible impugnacion contra observacion formulada a solicitud de inscripcion de mejora de embargo
RESOLUCION DEL TRIBUNAL REGISTRAL W 233-9%ORLWI'R MORDAZA, 23 de junio de 1998 VISTA, la apelacion interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (mediante escrito - via reingreso - de fecha 26 de MORDAZA de 1998) contra la observacion formulada por el Registrador Publico del Registro de Propiedad Inmueble del Callao, Dr. MORDAZA MORDAZA Azparrent, ala solicitud de inscripcion de mejora de embargo, en merito a partes judiciales. El titulo fue presentado el 13 de MORDAZA de 1998, con el N" 3693; y, CONSIDERANDO: Que, con arreglo a lo previsto en el inciso e) del Articulo 101" del TU0 de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el D. S. N" 02-94JUS, el escrito conteniendo el recurso de apelacion debera contener la firma del letrado en los lugares en que la defensa sea cautiva; Que, en el presente caso, el Tribunal Registra1 ha notificado a la apelante mediante Oficio N" 118-98-ORLCPTR recibido el 3 de junio de 1998, otorgandole un plazo de 48 horas para el cumplimiento del requisito formal a que se refiere el considerando anterior, bajo apercibimiento de la no admision del recurso conforme lo dispone el Articulo 64" de la Ley referida; Que, sin embargo, la apelante mediante Hoja de Tramite Documentario N" 491 del 8 de junio de 1998 remite a esta instancia un escrito subsanatorio sin consignar el numero de colegiatura del abogado patrocinante, Dr. I-kmelo MORDAZA MORDAZA, habiendosele notificado nuevamente mediante Oficio N 129-98-ORLCYI'Rrecibido el 15 de iunio ultimo para que cumpla con subsanar la omision mencionada bajo apercibimiento de la no admision del recurso, conforme al Articulo 64"de la ley MORDAZA mencionada; Que, habiendo transcurrido en exceso el plazo concedido sin que le recurrente MORDAZA cumplido con subsanarla, esta instancia procede a emitir resolucion; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Declarar INADMISIBLE el recurso de apelacioninterpuesto contra la observacion formulada por el Registrador Publico del Registro de Propiedad Inmueble del Callao al titulo referido en la parte expositiva, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente resolucion. Registrese y comuniquese. . MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta de la Primera Sala del Tribunal Registra1 MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registra1 MORDAZA MORDAZA MORDAZA LOLI Vocal (e) del Tribunal Registra1 7432

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