Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 1998 (08/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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soy clausura por infraccion de sus disposiciones, sin pejuicio de las demas a que hubiere lugar; Que, mediante Ordenanza N°0l l-94-MSI, la Municipalidad de San MORDAZA aprobo el Reglamento de Sanciones por Infracciones Administrativas aplicable en el distrito; Que, mediante Ordenanza NoO597-MSI, la Municipalidad de San MORDAZA modifico la Ordenanza N" 01 l-94-MSI, a fin de permitir que el infractor regularice dentro del plazo concedido la omision o infraccion cometida, sin sancion alguna; Que, se hace necesario aprobar un MORDAZA Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, acorde con la normatividad vigentes; Que, adicionalmente a ello, se ha advertido que existe una falta de adecuado control de las multas impuestas por las diferentes areas de la Municipalidad de San MORDAZA, razon por la cual se hace imprescindible implementar un control centralizado de las mismas, disponiendo su giro en forma exclusiva, a traves de la Unidad de Control y Recaudacion de la Oficina de Rentas de la Municipalidad de San Isidro; Con Dictamen N° 006-98-CAL/MSI de fecha 12.MAY.98 de la Comision de Asuntos Legales; POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 12 de MORDAZA de 1998, el Concejo Distrital ha aprobado la siguiente ordenanza: Articulo l°.- Aprobar el Regimen de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, que consta de 4 Capitulos, 28 articulos y 5 Disposiciones Finales. cuyo texto es el sig uiente: REGIMEN DE APLICACION DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS RASE LEGAL - Ley N° 23853, Ley Organica de Municipalidades, Articulo 115°. -Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S N° 02-94*II rs. - Ley N" 25035. Ley de Simplificacion Admimstrativ a CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo l°.-El presente Regimen de Aplicacion de Multas y Sanciones Administrativas, que en adelante se denominara RAMSA, MORDAZA el procedimiento de imposicion y ejecucion de sanciones administrativas precisadas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Edicto N° 03494, y las sanciones administrativas en general. Articulo 2".-El ambito de aplicacion del presente RAMSA, se circunscribe al distrito de San Isidro. Articulo 3°.- Para que una persona natural 0 juridica se hagaacreedoraaunasancion, el hecho que se atribuye como tal, debe estar tipificado como infraccion en alguna MORDAZA legal o municipal. CAPITULO II DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS Articuolo 4°.-La Municipalidad de San lsidro impondra las siguientessancionesadministrativas: l.Multas:Es la sancion pecuniaria, contenida en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de San Isidro. 2. Retiro:Sancion administrativa que involucra la extraccion de instalaciones, elementos publicitarios, vehiculos o cualquier otro objeto que se encuentre en la via publica y obstruya el paso de las personas yio el MORDAZA vehicular, que contando con la licencia 0 autorizacion respectiva no cumplan con las condiciones detalladas en MORDAZA o carezcan de la misma 3. Demolicion: Sancion administrativa que consiste en la destruccion total o parcial de una obra ejecutada contra viniendo normas del Reglamento Nacional de Construcciones o sin respetar las condiciones establecidas en la licencia respectiva. 4. Clausura: Cierre temporal o definitivo de un establecimiento comercial o de servicio, involucra la prohibicion del uso o desarrollo de una actividad sujeta a una licencia de funcionamiento, cuando infrinja prohibiciones legales expresas, MORDAZA contrarias a las normas reglamentarias, constituyan peligro o produzcan humo, olores, ruidos u otros danos perjudiciales para la salud, tranquilidad del vecindario o atenten entra la moral y las buenas costumbres. 5. Decomiso: Sancion admimstrativa por la cual el infractor sufre la perdida de la propiedad de bienes o mercaderias por mediarprohibicionlegal sobre su tenenciaocomercio. Conlleva a la confiscacion de losarticulosdeconsumohumanoen estado

MORDAZA, miercoles 8 de MORDAZA de 1998

le descomposicion, adulteracion o falsificados que se encuenrenensupoder, asi como los productos que constituyen peligro para la MORDAZA o la salud, cuya circulacion o consumo estan orohibidos por las normas municipales y en general por las leyes vigentes y aquellos que se expendan en la via publica sin iutorizacion. Artfculo 5°.-Sin perjuicio de la imposicion dela(s)multa(s) que correspondan, la Municipalidad de San MORDAZA, a trav6s de sus organos competentes, podra imponer las sanciones senalaIaszFs&ci;s 2), 3), 4) y 5) del articulo precedente. . La multa es la sancion pecuniaria, cuyo Importe se encuentra establecido en la Tabla de Multas vigente. No procede rebaja de las multas establecidas. El pago podra aplazarse y/o fraccionarse de acuerdo con el procedimiento establecido en MORDAZA expresa, la que debera ser aprobada por Decreto de Alcaldia. Articulo 7".- Las multas estan sujetas a un ajuste de acuerdo al Indios de Precios al Consumidor. El ajuste se aplicara por el periodo comprendido entre la fecha de vencimiento de la notificacion y la fecha de pago. Articulo V.-No podra imponerse mas de una multa por los mismos hechos. En casocontrario, prevalecer8 la impuesta con mayorantelacion. ArticuIo 9".- El comerciante informal, establecimiento comercial o de servicio sera sancionadocon el decomiso si incurre en cualquiera de las siguientes faltas: 1. Tenencia o comercializacion de articulos de consumo humano en estado de descomposicion. 2. Tenencia o comercializacion de productos adulterados. 3. Tenencia o comercializacion de productos falsificados. 4. Tenencia o comercializacion de productos que constituyen peligro para la MORDAZA o la salud. 5.Tenencia o comercializacion de algun producto cuya circulacion o consumo esta prohibido por las normas municipales y en genera1 por las leyes vigentes. 6. Comercializacion de productos en la via publica sin autorizacion municipal. Articulo lo".-Los productos decomisados seranllevados en el acto al Deposito Municipal, lugar donde el personal que ejecuto el acto de decomiso, elaborara el acta respectiva, no siendo necesaria la notificacion. dada la gravedad de los hechos. Articulo Il".-La clausura, suspension o revocacion de la autorizacion para el ejercicio del comercio o cualesquiera otras actividades en el distrito de San MORDAZA son sanciones que se imponen a los infractores en primera instancia, mediante Resolucion del Director Municipal, previo informe del organo competente, y en MORDAZA instancia por Resolucion del Alcalde. Articulo 12".- La imposiciun de sanciones no requerira de resolucion o acto administrativo alguno diferente del documento que contenga la sancion, salvo que el presente Reglamento determinelocontrario. Articulo 13".- Los servidores de la Municipalidad de San MORDAZA que impongan en forma injustificada alguna de las sanciones previstas en el presente RAMSA, seran pasibles de las sanciones administrativas a que hubiere lugar. CAPITULO III PROCEDIMIENTO PARALAAPLICACION DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS Artfculo ll".-Cuando se presuma que una persona natural o jurfdica ha cometido una infraccion tipificada como tal en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, se le notiticaraparaqueen un plazo de cinco (5) dias habiles, computados desde el dfa siguiente de la fecha de recepcion de la notificacion, formule sus /descargos o subsane las infracciones cometidas ante la dependenciarespectiva. Articulo 15".- La notificacion a que se refiere el articulo anterior debera expresar: 1. Apellidos y nombres o raz6n social del infractor. 2. Domicilio del infractor. 3. Lugar fecha y hora de la fiscalizacion. 4. Tipificacion de la infraccion cometida, con la referencia a la Tabla de Multas. 5. Dependencia competente a la cual debe presentarse el infractor para efectuar su descargo respectivo. Articulo 16".-La notificacion se girara en tres ejemplares, debiendo entregarse el original al infractor, una MORDAZA para la policia municipal y la otra se remitira al area competente. Articulo 17".- La notificacion de las sanciones administrativas a que se refiere el Articulo 4:, sera de responsabilidad de los siguientes organos, de conformidad con sus funciones y el procedimiento que el presente RAMSA establece:

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