Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 1998 (08/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

siempre que aseguren de la forma mas adecuada el pago de la deuda tributaria materia de cobranza. Articulo 36".- "Bienes Inembargables" Son bienes inembargables: 1. Los bienes del Estado. Z.Los bienes constituidos en patrimonio familiar. sin perjuicio de lo dispuesto por el Articulo 492" del Codigo Civ&, 3. Las prendas de estricto uso personal, libros, alimentos basicos del obligado y de sus parientes con los que confirma una unidad familiar, asi como los bienes que resultan ind spensables para su subsistencia. 4. Los vehiculos, maquinas, utensilios y herramientas indispensables para el ejercicio directo de la profesi;>n, oficio, ensenanza o aprendizaje obligado. 5. Las insignias condecorativas, los umformes de los funcionarios y servidores del Estado y las MORDAZA y equipos de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional. 6. Los bienes muebles de los templos religiosos. 7. Los sepulcros. 8. Las cuentas bancarias donde se depositen la c:ompensacion por tiempo de servicios. Pueden afectarse los frutos de los bienes inembargables,con excepcion de los que generen l o s bienes del Estado. Podran embargarse en forma de deposito bienes comprendidos en la unidad de produccion de una empresa, negocio o comercio; pudiendo extraerse, luegode haberse vencido treinta dias habiles de haberse trabado la medida de embargc, en forma de deposito, salvo que el deudor hubiese ofrecido garantia suficiente a criterio del Ejecutor Coactivo Articulo 37".- "Embargo en Forma de Retencion de Fondos Bancarios o Valores" El Auxiliar Coactivo, luego de obtenerla orden dei Ejecutor Coactivo referida a las deudas Lributarias o no tributarias, ordenara el embargo en forma de Retencion de Fondos Bancarios y Valores, notificando, dentro de las 24 horas, a Ia3 entidades financieras, a fin de que procedan a la ret.enc c.n de las mismas, hasta el monto senalando por la Municipalidad de San MORDAZA, bajo apercibimiento de pago de la cantidad que omitio retener, siincumpliese el mandato. Articulo 38".- "Respuesta de Entidades" El Auxiliar Coactivo. receocionara las respuestas de las Entidades Financieras y procedera a ponerlas ~1; conocimiento del Ejecutor Coactivo. Si no se recibe respuesta dentro de diez (10) dfas de solicitada. se reiterara el oficio, haciendo tifectivo el apercibimiento. Si la comunicacion indica que no exis'en fondos en la entidad, o que estos no cubren el monto de la deuda, el Ejecutor Coactivo, procedera a x ariar la medida cautelar. Articulo 39".- "Conocimiento de Control y ltecaudacion" Realizada la retencion y el dep0sito de los fondos o valores por la Entidad Financirradeconformidad con (~lArtiwlo37", el Ejecutor Coactivo, lo pondra a conocimiento de la Unidad de Control y Recaudacion, adjuntando MORDAZA de Id resolucion que contiene la Orden de Embargo, asi como la respuesta de la entidad, para proceder luego a la liquidacion de las costas y gastosdelprocedimiento. Articulo 40".- "Embargo en Forma de Deposito" Obtenida la orden del Ejecutor Coactivo de trabar embargo en forma de Deposito, se senalara dia y hora para la Diligencia de Embargo y se comunicara a la Unidad de Administracion Tributaria, haciendole entrega de copias de los documc ntos a los que se refiere el present,e articulo: asimismo, tramitara el oficio para el MORDAZA de la fuerza publica si fuese necesario

trabajo, se designar8 depositario al deudor, con la inscripcion del embargo respectivo. Articulo 43'.- "`Embargo en Forma de Intervencion" Obtenida la orden del Ejecutor Coactivo de trabar embargo en forma de intervencion, se procedera a mas tardar al dia siguiente, a instalar al Interventor designado por el Ejecutor Coactivo, en el negocio o establecimiento del contribuyente y sentara el Acta respectiva. Articulo 44".- "Obligacion de ingresar el dinero a mas tardar, al dia siguiente" El interventor, conforme efectue la cobranza debera ingresar esta, en la MORDAZA de la Municipalidad de San MORDAZA, a mas tardar y obligatoriamente a prunera hora del dia siguiente de producida la cobranza. Si la intervencion es improductiva, el interventor debera comunicarlo a la Municipalidad de San Isidro! quien podra solicitar al Ejecutor Coactivo la clausura del negocio y la conversion del embargo de intervencion a secuestro Articulo 45".- "Embargo en Forma de Inscripcion sobre Inmuebles" Obtenida la orden del Ejecutor Coactivo de trabar Embargo en forma de Inscripcion en el Registro sobre un inmueble, el Auxiliar Coactwo formulara el Acta de Embargo pertinente, cursando partes al Registro de Propiedad Inmueble y lo comunicara a la Unidad de Control y Recaudacion. Articulo 46"~ "Suspensi6n de la Cobranza" El Ejecutor Coactivo podra suspender el procedimiento de cobranzacoactivacuando: 1. La deuda MORDAZA sido cancelada. 2. Existiera a favor del interesado, anticipos o pagos a cuenta por el mismo tributo efectuados en exceso por un monto igual o mayor al adeudado y que no se encuentre prescrito. 3. Cuando la Municipalidad de San MORDAZA MORDAZA declarado prescritalaobligacion. 4. La accion se siga contra persona distinta a la obligada al pago. 5. Se MORDAZA presentado los recursos impugnativos oportunamente y que se encuentren pendientes dc resolverse. 6. Exista convenio de aplazamiento yio fraccionamiento de pago. La resolucion que disponga la suspension de la cobranza coactiva, expondra debidamente los fundamentos de hecho y de derecho que motiva su suspension, bajo responsabilidad y MORDAZA de MORDAZA sera remitida a la Direccion de Rentas. Articulo 47°.- `Tasacion" El Ejecutor Coactivo dentro de los treinta (30) dias siguientes de haber trabado embargo sobre los bienes muebles o de haber quedado firme la resolucion que convierte en definitivos los embargos trabados de conformidad con los Articulos 56"~ 57' del Codigo Tributario y 34° del presente Reglamento, procedera a nombrar dos peritos para que realicen la tasacion correspondiente, asimismo, indicara el plazo dentro del cual, luego de su aceptacion deberan presentar su dictamen, entregando MORDAZA de la Resolucion del Auxiliar Coactivo. Articulo 48O.- "Comunicacion a los Peritos" El Auxiliar Coactivo, dentro de las veinticuatro (24) horas. procedera a comunicar mediante oficio el proveido del Ejecutor Coactivo, a los peritos designados, quienes dentro del tercer dia habil aceptaran el cargomediante escrito hecho bajo juramento de actuar con veracidad; si no lo hacen. se tendra por recusado y se procedera a subrogarlos.

Articulos 49".- "Plazo para Formular Observaciones" Latasacionserapuestaenconocimientodelas partesporei termino de tres (3) dias, plazo en el que pueden formula] Articulo 41".- "Ejecucion del Embargo" observaciones. Vencido el plazo el Ejecutor Coactivo aprueba o Se apersonara al lugar donde se encuentran los inmuebles desaprueba la tasacion. Si la desaprueba ordenara se realice del deudor, conjuntamente con el representante de la designado nuevamente, optando entre los mismos peritos II otros. La por la Unidad de Administracion Tributaria y la fuerza publica resolucion que desaprueba la tasacion es impugnable. No sera y se procedera a trabaremhargo levantando el Acta respectiva, necesaria la tasacion si las partes han convenido el valor del designando como depositario al deudor, salvo que se negare bien. Sin embargo, el Ejecutor Coactivo puede, de oficio o a aceptar la designacion, en cuyo caso se procedera al secuestro de pedido de la Municipalidad de San MORDAZA, ordenar la tasacion si los bienes muebles, tras1 adandolos al deposito muni Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.