Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 1998 (08/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

I.ima, miercoles 8 de MORDAZA de 1998 1. Oficina de Rentas. 2. Direccion de Desarrollo Urbano. 3. Direccion de Obras Publicas. 4. Direccion de Sanidad y Proyeccion Social 5. Direccion de Servicios Municipales. 6. PolicfaMunicipal Articulo 18°.-Cuando proceda el decomiso de bienes muebles o mercaderia, este se efectuara sin la previa notificacitin a que se refiere el presente capitulo para lo cual s e le\ MORDAZA el actarespectiva. Los productos decomisados seran internados ene deposito de la Municipalidad de San Isidro. procediendose a n,rXcar al interesado. Articulo 19°.-La notificacion sera entregada personalmente al infractor, pudiendo entenderse esta diligencia cor el representante o dependiente de mavor jerarquia o en su defktnoodra ser dejada en' su domicilio o el establecimiento. Si se negare a firmar el cargo de recepcion. la not ,ficacion sera fijada en lugar visible de la MORDAZA de 1a vivienda ¡ establecimiento, debiendose dar cuenta de! hecho al dorso d e carpo. Articulo 20°.- El infractor tiene el plazo de cinco ( 5 ) dias hsbiles, computados desde el dia siguiente de la fecha de recepcion de la notificacion, para poder apersonarse al area a competente, a efectos de realizar el descargo de las faltas in putadas. Al acercarse para hacer su descargo, el MORDAZA competer:te levantara un acta donde conste los descargos expresados y en su caso acreditados determinandose en la misma. si procede o no la aplicacion de la sanci6n. Una MORDAZA del arta sera entregada al interesado. Articulo 21°.-Recibido el cargo de la notificacion, vencido el plazo para el descargo, con o sin la manifestacion delinteresado, el area comnetente. en el plazo MORDAZA de 72 horas. `salificara si es procedente o no la aplicacion de la sancion ArticuIo 22°.-En el caso que el area competente a; :alificar la sancion no encuentre razones para imponerla, la dejara sin efecto alguno. En el caso de decomiso de bienes muebles o merc aderias, ordenara se devuelvan los bienes decomisados. Articulo 23°.-De encontrarse fundamento. el arch competenteprocedera acalificary tipificar la infraccion, aplicando la sancion correspondiente, con excepcion de las multas, ,iebiendo notificar de la sancion al infractor. Contra la sancion interpuesta, el infractor podra interponer reclamacii>n, de conformidad con la Ley de Procedimientos Administrativos. Articulo 24°.-En el caso especifico de las mill tas. y a fin de centralizar el control de las sumas que ingresan a la Municipalidad de San MORDAZA por este concepto, todas las areas sin excepcion, remitiran las multas que hayan calificado, debidamente tipificadas, ala Oficina de Rentas, la que a traves de la Unidad de Control y Recaudacion. seencargara degir ar dichas multas, notificando con las mismas a los infractores. La Unidad de Control y Recaudacion i nformara a l a s MORDAZA competent,es, sobre los pagos por concepto de multa que les corresponde. Articulo 25".- De nc cumplirse con el pago d e l a s multas, dentro de los quince ( 1.51 dias posteriores a su imposicion. se procedera a su ejecucion por la via coactiva, en el caso que no se hubiera interpuesto reclamacion alguna dentro del plazo de ley. CAPITULO IV DE LAS IMPUGNACIONES Articulo 26°.-Los recursos impugnatorios contra los actos administrativos que establezcan sanciones, se regir.ln por el procedimiento establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Admininistrativos, aprcbado mediante D.S. N" 02-94-JUS. Articulo 27°.-El Recurso de Reconsideracion sera resuelto por el Director del area competente y el Recurso de Apelacion sera resuelto por el Director Municipal, salvo lo dispuesto por el Articulo ll" del presente RAMSA Articulo 28°.-La interposici6nde los Recurso!: de Reconsideracion y Apelacion, dentro de los plazos de ley, suspende la ejecucion de las sanciones impuestas. Agotadalaviaadministrativao transcurridos los p azos de ley, sin que se hubieran interpuesto la reclamacion o los recursos impugnatorios, procede la accion coactiva DISPOSICION FlNALES I

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Tercera.- A traves de Decreto de Alcaldia se aprobara el Reglamentopara la Aplicacion del Aplazamiento y/o Fraccionamiento de Deudas No Tributarias, a fin de otorgarfacilidadesa los administrados para el cumplimiento de las multas de naturaleza no tributarias que regula la presente ordenanza. Cuarta.- Deroguese la Ordenanza N" 011-94-MSI, N" 0597-MS1 y las demas disposiciones reglamentarias que se opongan ala presente ordenanza. Quinta.-La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El MORDAZA de acuerdo a lo dispuesto en el primer parrafo del Articulo 110° y en uso de las facultades que le confiere el inciso 2) del Articulo 47" de la Ley N" 23853, Ley Organica de Municipalidades, la promulgaen San MORDAZA a los doce dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventiocho. PORTANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA RARUA LECAROS MORDAZA 7516

Aprueban el Reglamento de Cobranza Coactiva de la Municipalidad
ORDENANZA N" 034%MS1 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 816, MORDAZA que aprueba el Codigo Tributario, se reconoce la calidad de acreedor tributario de la Municipalidad de San MORDAZA, motivo por el cual le corresponde gozar con facultades coactivas para el cobro de adeudos de caracter tributario, las mismas que se encuentran reguladas en 1osArticu1os 114° y siguientes de la referida norma; Que, es preciso tener en cuentaque, la Municipalidad de San MORDAZA cuenta, asimismo, con las facultades coactivas para el cobro de deudas no tributarias de caracter administrativo, sujetandose las mismas alo dispuesto por el Decreto Ley N" 17355; Que, se hace necesario en la Municipalidad de San MORDAZA aprobar un Reglamento de Cobranza Coactiva que contemple las facultades que otorgan MORDAZA regulaciones, para evitar asi confusiones relativas a la aplicacion de los dos regimenes, asi como para hacer mas expeditiva la gestion de la cobranza, dentro del MORDAZA legislativo de la materia; Que,, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con funciones normativas, de conformidad con el Articulo 110° de la Ley Organica de Municipalidades: Con Dictamen N" 007-98-CAL/MSI de fecha 12.MAY.98 de la Comision de Asuntos Legales; POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha l2 de MORDAZA de 1998, el Concejo Distrital ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo l°.-Aprobar el Reglamento de Cobranza Coactiva de la Municipalidad de San MORDAZA, el mismo que consta de 6 Capitulos, 64 Articulos y 2 Disposiciones Finales cuyo texto es elsiguiente: REGLAMENTO DE COBRANZA COACTIVA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA BASE LEGAL - Constitucion Politica del Peru. - Ley N" 23853, Ley Organica de Municipalidades. . Decreto Legislativo N"816, Codigo Tributario - Decreto Ley N" 17355. - Decreto Legislativo N" 768. Codigo Procesal Civil. CAPITULO I NORMAS GENERALES

Primera.-Las disposiciones previstas en la MORDAZA nte ordenanza, se aplicaran sin perjuicio de otras sanciones establecidas Articulo l°.- "Objetivo" en normas especificas. El presente Reglamento regula el Procedimiento de CobranSegunda.-Mediante Decreto de Alcaidia se abrobaran los za <.`_ formatos de notificaciones, sanciones, actas y demas ne cesarios 11 Coactiva en la Municipalidad de San Isidro. Es facultad dela Municipalidad de San MORDAZA la Ejecucion Coactiva, la misma para la aplicacion de la presente ordenanza.

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