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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 1998 (12/07/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

I.ima. domingo 12 dcjulio de 199X t{'13emulnf,) Pág.162153 Aulcmzación de Servim !i?o de ia UIT 47 11 Solicitud dmglda al Alcalde 2) Pago de derechos 3) CarBtula de ExpedmteCarátula de Exp. 0.1% de la UIT Credencial de identiiicación~ Si 25.00 por credencial30 dlas UTD Alcalde 7550 MlJNICIPA-LJDAD DE PmNTE PfEDRA Conceden Beneficio de Regularizacibn Tributaria en la jurisdicción del distrito ORDENANZA No 000664 Puente Piedra, 24 de junio de 1998 EL CONCEJO DE LA MIJNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo de Sesión Ordinaria de fecha 24.6.98, por mayoría de votos se aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONCEDE BENEFICIO DE RkGULARIZACION TRIBUTARIA Artículo Primero.- En ejercicio de las facultades que otorga el Art. 41” del Código Tributario, se dispone dentro de la circunscripción del distrito de Puente Pie- dra y por el término de 30 días. la condonación con carácter total de intereses moratorios y sanciones (mul- tas tributarias) que afectan a los tributos municipales siguientes, cuya vigencia será a partir del día siguient.e de su publicación en el Diario Oficial El Peruano: a) Impuesto al Valor del Patrimonio Predial e Im- puesto Predial, de los años 1993, 1994, 1995, 1996 y 1997. b, Arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanit,ario, Parques y Jardines, de los años 1993, 1994, 1995,1996 y 1997, a excepción de los asentamientos humanos, en los que será de aplicación el Art. 2” de la presente norma. c) Licencia de Ocupación de la Vía Pública, de los años 1993, 1994,1995, 1996 y 1997. dl Puestos de mercados, de los años 1993,1994,1995, 1996 y 1997. e) Tasa de Licencia de Funcionamiento, de los años 1996 y 1997. Artículo Tercero.- Declárese la quiebra total y el archivamiento definitivo de las multas administrativas insolutas de los años anteriores al 31 de diciembre del año 1996.Artículo Segundo.- Exonérese totalmente y con carácter definitivo los pagos de arbitrios municipales (no impuestos) correspondientes a los períodos 1994 a 1995 en los lotes e inmuebles cuyo monto de autovaluo no exceda los Si. 7,800.OO (siete mil ochocientos y 001100 nuevos soles~, incluyendo el año 1996 y 1997 para el arbitrio de serenazgo. Artículo Cuarto.- Condónese al 90% del monto a que ascienden las multas administrativas impuest.as durante el año 1997 y 1998 a la fecha, quedando por consiguiente reducidas al 10% dichas multas (multas debidamente calificadas). Artículo Quinto.- El presente beneficio comprende a las deudas que son materia de cobranza coactiva y/o medi- das camelares trabadas por el Ejecutor Coactivo, pero no a las costas y gastos incurridos en dichas cobranzas.Artículo Sexto.- En los casos de reclamación y/o apelación tributaria, los contribuyentes podrán acoger- se a los beneficios dispuestos en esta ordenanza, previo desistimiento por escrito y cancelación integral de la deuda insoluta. Artículo Séptimo.- No están comprometidos en el beneficio de esta ordenanza los factores de reajuste previstos en el D. Leg. N” 776 y otras Normas Tributa- rias. Artículo Octavo.- Los contribuyentes que a la fe- cha de publicación de esta ordenanza tengan celebrados Convenios de Fraccionamienms con la Municipalidad, podrán acogerse a los beneficios del Art. l”, cancelando el saldo resultante. Artículo Noveno.- Deróguese toda norma munici- pal que se oponga a la presente ordenanza. Artículo décimo.- Encargar a la Dirección de Ren- tas y otras dependencias del Municipio, la realización de una campaña de difusión masiva de esta ordenanza. Artículo Undécimo.- Otorgar facultades al señor Alcalde, para prorrogar segtín el caso, mediante Decreto de Alcaldía, la vigencia de este beneficio, así como dictar las normas complementarias orientadas a su mejor implementación, con cargo a dar cuenta al Concejo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 7610 Apruebantasasyderechosadministrati- vosparael procedimientodehabilitacio- nes urbanas, planeamiento urbano y servicios técnicos ORDENANZA N” 000065 Puente Piedra, 30 de junio de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo en Sesión Ordinaria celebrada el 27.6.98. CONSIDERANDO: Que dicho TUPA debe ser actualizado, incorporando en su estructura, procedimientos que permitan cumplirQue, mediante Ordenanza N” 006-97, del 10.5.97 se aprobó el Texto Unico de Procedimiento Administrativo TUPA en actual vigencia; objetivos de titulación y habilitación urbana en la juris- dicción distrital; De conformidad con el Artículo 22” del D.S. W 757 Arts. 36”, 47”, 110” de la Ley Orgánica de Municipalida- des N” 23853 y con el voto mayoritario del pleno, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LAS TASAS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS PARA EL PROCEDIMIENTO DE HABILITACIO- NES URBANAS, PLANEAMIENTO URBANO Y DE