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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (16/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 30

Pág. 160774 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de junio de 1998 Este cargo tiene la categoría de Jefe de Unidad quien depende del Director de Obras y Desarrollo Urbano. Artículo 67º.- La División de Transporte tiene por fun- ciones: a) Programar, controlar y evaluar el servicio de transporte público local. b) Promover la educación y seguridad vial. c) Reglamentar, controlar, regular y autorizar el servicio público de transporte urbano de vehículos menores. d) Autorización de zonas de ruta y paraderos. e) Brindar educación vial. f) Organizar acciones de señalización de tránsito dentro de la jurisdicción del distrito. g) Otras que se le asignen. Este cargo tiene la categoría de Jefe de División y depende del Director de Obras y Desarrollo Urbano. DE LA DIRECCION DE SERVICIOS COMUNALES Artículo 68º.- La Dirección de Servicios Comunales, es el Organo de Línea encargado de garantizar mediante las Uni- dades a su cargo, los servicios de limpieza pública, manteni- miento, remodelación de áreas verdes y de protección del medio ambiente, asimismo, en lo que corresponde a comercia- lización, abastecimiento de productos de consumo humano; de igual manera supervisan que se cumplan las normas municipales relacionadas a Seguridad Ciudadana, como Edic- tos, Ordenanzas, etc. Tiene el cargo de Director y depende del Director Municipal. Artículo 69º.- Corresponde a la Dirección de Servicios Comunales las siguientes funciones: a) Coordinar y disponer acciones relacionadas al servicio de Limpieza Pública, mantenimiento de áreas verdes y construc- ción de las mismas, asimismo, lo relacionado a la protección del medio ambiente. b) Coordinar y disponer acciones relacionadas al comercio ambulatorio y lo que compete al cumplimiento de las disposicio- nes municipales mediante las unidades administrativas corres- pondientes. c) Coordinar con las entidades correspondientes el cumpli- miento de las normas relacionadas al abastecimiento y comer- cialización de productos de consumo humano. d) Aprobar, supervisar y evaluar la ejecución presupuestal de su área. e) Consolidar el diagnóstico específico y realizar la progra- mación de las funciones, programadas y subprogramadas del área de su competencia definiendo los objetivos y estrategias específicas. f) Consolidar los proyectos de los planes de acción y presu- puestos, definiendo las actividades y proyectos específicos de los programas y subprogramas de su competencia funcional y de los costos correspondientes. g) Proponer las Modificaciones Presupuestales que conside- re conveniente para el cumplimiento de sus objetivos dentro de las políticas generales del Municipio. h) Tomar acuerdos con el Alcalde y coordinar con la Comisión de Regidores, según su línea de dependencia sobre actividades relacionadas con el órgano administrativo co- rrespondiente. i) Dirigir y evaluar las Divisiones o Unidades, según el caso, estableciendo los canales adecuados que permitan lograr los objetivos previstos en los planes de trabajo. j) Apoyar y asegurar, según el caso el Organo de Gobierno, en asunto de su competencia. k) Integrar las comisiones que se nombra y cumplir con su cometido. l) Proponer el anteproyecto del ROF de su respectiva Unidad Orgánica. m) Formular su plan de trabajo, para materializar la políti- ca a seguir en su respectiva área. n) Mantener los registros estadísticos del área. o) Racionalizar los procedimientos administrativos del área. p) Otras que se le asignen. Artículo 70º.- La Dirección de Servicios Comunales tiene la siguiente estructura: - División de Parques, Jardines y Saneamiento Ambiental. - División de Limpieza Pública. - División de Comercialización y Defensa del Consumidor. - División de Policía Municipal. Artículo 71º.- La División de Parques, Jardines y Sanea- miento Ambiental, tiene por funciones las siguientes: a) Es responsable de dirigir, orientar y controlar el Ornato y Saneamiento Ambiental del distrito. b) Programar y ejecutar el mantenimiento y remodelación de Parques y Jardines. También ejecutará las acciones de evacuación de malezas y residuos de Parques y Jardines a los lugares de disposición final, asimismo deberá programar y ejecutar las acciones de carpinte- ría, pintado, gasfitería y albañilería, básicos para consolidar el nivel de mantenimiento de las áreas verdes. c) Planificar y ejecutar la creación de nuevas áreas verdes. d) El diseño y presupuesto de obras civiles para la creación o remodelación de áreas verdes, contarán con el apoyo de la Dirección de Obras Públicas. e) Propiciar campañas de forestación y reforestación en el distrito. f) Proponer normas y procedimientos para la conservación de áreas verdes establecidas y por establecer. g) Vigilar el cumplimiento de las ordenanzas y disposiciones municipales referidas al cuidado de áreas verdes. h) Establecer y mantener operativo el vivero municipal. i) Hacer cumplir las normas establecidas en el Código del Medio Ambiente, así como determinar los niveles ambientales permisibles en todas las actividades que se desarrollan en el distrito. j) Coordinar con la Policía Ecológica las acciones de protec- ción del ambiente. k) Realizar una permanente evaluación de las condiciones ambientales del distrito; en particular las relativas a la recolec- ción y depósito final de los residuos sólidos. l) Otros que se le asigne. Este cargo tiene la categoría de Jefe de División y depende de la Dirección de Servicios Comunales. Artículo 72º.- La División de Limpieza Pública tiene por funciones las siguientes: a) Es responsable del barrido de las calles del distrito, la recolección y la disposición final de los residuos sólidos. b) Programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos. c) Atender, resolver e informar solicitudes y quejas de los vecinos sobre los servicios que presta la Unidad; programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de barrido de calles en el distrito. d) Planear, coordinar y ejecutar campañas de información y educación sobre limpieza del distrito. e) Otras que se le asignen. Este cargo tiene la categoría de Jefe de División y depende de la Dirección de Servicios Comunales. Artículo 73º.- La División de Comercialización y Defensa del Consumidor tiene las funciones siguientes: a) Es responsable de programar, coordinar y controlar el abastecimiento y comercialización de productos de consumo humano en el distrito, así como la promoción y apoyo a los productores agropecuarios (ferias). b) Vigilar el cumplimiento de las normas legales referentes a calidad y precios de los alimentos y bebidas así como las condiciones de higiene de quienes los distribuyen y comerciali- zan. c) Controlar la especulación, adulteración y acaparamiento de productos alimenticios así como el falseamiento de pesas y medidas. d) Promover y organizar ferias de productos alimenticios, agropecuarios y artesanos. e) Organizar, supervisar y controlar, según el caso, merca- dos de abastos privados y municipales. f) Proponer normas y procedimientos para la organización del comercio informal. g) Vigilar el cumplimiento de las ordenanzas y disposiciones municipales pertinentes al comercio informal. h) Proponer normas y supervisar el cumplimiento de las disposiciones municipales referentes al uso de la vía pública en general. i) Otras que se le asignen. Este cargo tiene la categoría de Jefe de División y depende del Director de Servicios Comunales. Artículo 74º.- La División de la Policía Municipal tiene por funciones las siguientes: a) Velar por el estricto cumplimiento de las Disposiciones Legales de carácter Municipal, Leyes de su competencia, Regla- mentos, Ordenanzas, Disposiciones vigentes. b) Informar a la Dirección de Servicios Comunales de las Infracciones constatadas en las demás áreas, en el más breve plazo para su aplicación de las sanciones. c) Vigilar el estricto cumplimiento de las disposiciones lega- les vigentes relacionadas con la Actividad Municipal. d) Controlar la Comercialización de productos en general detectando la adulteración, el falseamiento de peso y medidas, el estado de los alimentos perecibles. e) Dar trámite correcto a los expedientes que corresponden a su responsabilidad.