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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (16/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 160771 NORMAS LEGALES Lima, martes 16 de junio de 1998 j) Participar en las Licitaciones y concursos Públicos y/o Méritos que convoque la Municipalidad. k) Mantener estrecha coordinación con la Oficina de Plani- ficación, Presupuesto y Racionalización en los aspectos relacio- nados con la programación, formulación y evaluación presu- puestal. l) Participar en el proceso presupuestario de la Municipali- dad, a través de su fase de ejecución contable en armonía con las Directivas Técnicas y con las disposiciones legales vigentes, en coordinación con la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización. m) Supervisar las actividades de programación de caja, recepción de ingresos, de ubicación y custodia de fondos, así como la distribución y utilización de los mismos. n) Ejercer función de fiscalización de valores. o) Revisar y aprobar en los aspectos administrativos los diversos planes y proyectos de la Municipalidad. p) Elaborar la estructura de costos, en coordinación con la Oficina de Planificación , que sustente técnicamente los dere- chos de pago consignados en el TUPA de la Municipalidad. q) Informar al Director Municipal oportunamente, sobre el comportamiento de los gastos e ingresos ejecutados. r) Velar por el cumplimiento de las Normas Legales Nacio- nales y Municipales que regulan las actividades de los sistemas administrativos a su cargo. s) Mantener los registros estadísticos del área. t) Racionalizar los procedimientos administrativos del área. u) Otras funciones propias de su competencia que le sean asignadas por la Alcaldía. Artículo 41º.- La Oficina de Administración comprende las siguientes Unidades: . Personal . Tesorería . Contabilidad . Logística Artículo 42º.- La Unidad de Personal tiene las siguientes funciones: a) Programar y ejecutar los procedimientos de reclutamien- to selección, calificación, evaluación, promoción, ascenso, rea- signación y rotación de personal en concordancia a las normas técnicas y disposiciones legales vigentes. b) Llevar el legajo actualizado de todo el personal a cargo del Municipio con datos estadísticos actualizados. c) Propiciar la capacitación de personal en forma selectiva mejorando el nivel de formación y prestación de sus servicios. d) Normar los procesos de registro y control de asistencia, puntualidad, permanencia y rendimiento de los trabajadores. e) Ejecutar la política de remuneraciones e incentivos de acuerdo a los lineamientos aprobados por la Autoridad. f) Conducir y supervisar las actividades relacionadas con la confección de la planilla de remuneraciones y la liquidación de los beneficios sociales en los términos que señala la Ley. g) Normar las acciones del personal en el desempeño de sus funciones y correcta aplicación de las disposiciones legales vi- gentes sobre derechos y beneficios de los trabajadores. h) Prestar servicios de asistencia preventiva de salud y seguridad social. i) Programar y desarrollar acciones de recreación y bienes- tar social en beneficio de los trabajadores y familiares. j) Hacer agradable la estadía del trabajador en su puesto manteniendo la armonía y mejorando el rendimiento. k) Otras funciones que se le encomiende. Este cargo tiene la categoría de Jefe de Unidad y depende del Director de Administración. Artículo 43º.- La Unidad de Tesorería tiene las siguientes funciones: a) Programar, dirigir, controlar, registrar, cautelar y tener en custodia los ingresos y valores de la Municipalidad. b) Girar los pagos autorizados, manejo de cuentas corrien- tes, registro de valores e informar a la Jefatura de la Oficina de Administración permanentemente de la situación de caja. c) Elaborar el calendario de pagos y efectuar la programa- ción de los mismos en atención a las necesidades y recursos del Municipio. d) Proponer los procedimientos y las normas de control de Tesorería que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones. e) Llevar los registros bancarios y de caja y efectuar las conciliaciones bancarias. f) Conciliar mensualmente sus operaciones y cuentas con la Dirección de Administración Tributaria, Unidad de Logística y la Unidad de Contabilidad. g) Velar por el cumplimiento de las normas legales y Muni- cipales que regulen las actividades del Sistema de Tesorería . h) Otras que se le asignen Este cargo tiene la categoría de Jefe de Unidad y depende del Director de Administración. Artículo 44º.- La Unidad de Contabilidad tiene las siguien- tes funciones: a) Realizar el control concurrente de los gastos y las concilia- ciones bancarias. b) Elaborar y presentar oportunamente la Contabilidad y el Balance Anual de la Municipalidad a los organismos públicos competentes: Contaduría de la Nación, MEF, etc. c) Dirigir y elaborar la Cuenta General así como remitirla a las entidades competentes. d) Informar a la Jefatura de la Oficina de Administración sobre la situación económica y financiera del municipio, propo- niendo las recomendaciones correspondientes. e) Mantener actualizados los estados financieros y los regis- tros contables correspondientes. f) Efectuar el control previo de todos los pagos. g) Conciliar mensualmente las cuentas y registros contables con la Oficina de Administración Tributaria, Unidad de Tesore- ría y la Unidad de Logística. h) Coordinar permanentemente con la Oficina de Planifica- ción, Presupuesto y Racionalización sobre la formulación, ejecu- ción y evaluación presupuestaria de ingresos, gastos y obras. Este cargo tiene la categoría de Jefe de Unidad y depende del Director de Administración. Artículo 45º.- La Unidad de Logística tiene las siguientes funciones: a) Controlar el patrimonio de los bienes muebles e inmue- bles de la Municipalidad. b) Abastecer oportunamente de bienes y servicios a las diferentes áreas de la Municipalidad. c) Elaborar las respectivas órdenes de compra y/o servicios para la Municipalidad dentro del marco establecido por las normas legales vigentes. d) Efectuar todas las adquisiciones de bienes y servicios para la Municipalidad dentro del marco establecido por las normas legales vigentes. e) Conciliar mensualmente sus operaciones y actividades con la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Unidad de Tesorería y la Unidad de Contabilidad. f) Emitir Póliza de entrada y salida de bienes en forma diaria. g) Organizar y efectuar el control patrimonial de los Activos Fijos adquiridos y/o donados a la Municipalidad. h) Otras que se le asignen. Este cargo tiene la categoría de Jefe de Unidad y depende del Director de Administración. DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Artículo 46º.- La Oficina de Administración Tributaria es el Organo de Apoyo responsable del registro, orientación, fisca- lización, recaudación y administración de los tributos y de realizar las cobranzas regulares y coactivas. Este cargo tiene la categoría de Director y depende de la Dirección Municipal. Artículo 47º.- Corresponde a la Oficina de Administración Tributaria las siguientes funciones: a) Programar, dirigir, controlar y evaluar los procesos de registro, acotación, recaudación, fiscalización de las rentas de la Municipalidad de conformidad con la legislación vigente. b) Participar en la elaboración del Plan de Administración Tributaria y efectuar las acciones correspondientes. c) Orientar a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. d) Evaluar y proponer los cambios de los montos de las tasas y demás conceptos vigentes. e) Determinar la base imponible y acotación de los impues- tos, tasas, derechos, contribuciones y otros ingresos sobre la base de las disposiciones legales vigentes. f) Formular las liquidaciones de oficio de tributos y notificar a los Contribuyentes. g) Realizar operativos de fiscalización para detectar y dismi- nuir el porcentaje de contribuyentes morosos y omisos, así como los evasores de los tributos municipales y la subvaluación. h) Proponer a la Alta Dirección los lineamientos de Política Fiscal. i) Resolver los recursos impugnativos de reconsideración interpuestos contra las Resoluciones Directorales expedidas por la Oficina de Administración Tributaria. j) Controlar el rendimiento de los bienes inmuebles munici- pales, proponiendo la cuantía de los derechos por el uso de los bienes y servicios. k) Formular el Proyecto Anual de ingresos del respectivo ejercicio fiscal.