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Pág. 160778 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de junio de 1998 a) Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) b) Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Teleco- municaciones (OSIPTEL) c) Comisión de Tarifas Eléctricas (CTE) d) Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Energía (OSINERG) e) Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) f) Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS). Artículo 3º.- Nombramiento, Ratificación y Remo- ción Las resoluciones de designación, ratificación o remoción de los Presidentes, así como de los miembros de los Consejos Directivos de los organismos comprendidos en el artículo prece- dente, serán refrendadas por el Ministro de Economía y Finan- zas y por el Titular del Sector que los proponga. Artículo 4º.- Política Salarial La escala salarial de los organismos públicos cuyo personal se encuentra comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada, se aprobará a propuesta del Titular del Sector, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. La política salarial y la contratación de consultores indivi- duales de los programas y proyectos financiados con recursos provenientes del Tesoro Público o de la Cooperación Internacio- nal será fijada por el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 5º.- Normas presupuestarias Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a aprobar, mediante Decreto Supremo, las modificaciones presupuesta- rias que sean requeridas para el cumplimiento de lo dispuesto por el presente dispositivo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 11º de la Ley Nº 26894 -Ley de Presupuesto del Sector Público para 1998-. Artículo 6º.- Derogaciones Deróguese el Artículo 1º, así como el numeral 2.2 del Artículo 2º y el numeral 3.2 del Artículo 3º de la Ley Nº 26923, y todo dispositivo que se oponga a la presente Ley. Artículo 7º.- Vigencia y Refrendo El presente dispositivo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación y será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio de mil novecientos noventa y ocho. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 6625 P C M Aceptan renuncia y designan presi- dente del Directorio de CENTROMIN PERU S.A. RESOLUCION SUPREMA Nº 337-98-PCM Lima, 16 de junio de 1998 Vista la renuncia presentada por el Ing. Juan Carlos Barce- llos Milla, al cargo de Presidente del Directorio de la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 327-95-PCM de fecha 19 de octubre de 1995, se designó al Ing. Juan Carlos Barcellos Milla como Presidente del Directorio de la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A.; Que, el mencionado funcionario ha presentado renuncia al referido cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el Ing. Juan Carlos Barcellos Milla, al cargo de Presidente del Directorio de la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 6628 RESOLUCION SUPREMA Nº 338-98-PCM Lima, 16 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente del Direc- torio de la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CEN- TROMIN PERU S.A.; Que, en consecuencia, es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. JORGE MERINO TAFUR, como Presidente del Directorio de la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JAVIER VALLE-RIESTRA Presidente del Consejo de Ministros DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 6629 M T C Aprueban el Estatuto de la Comisión de Formalización de la Propiedad In- formal - COFOPRI DECRETO SUPREMO Nº 014-98-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803 se creó la Comi- sión de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un Programa de Formalización de la Propiedad y de su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-97-MTC del 11 de julio de 1997, se aprobó el Estatuto de la Comisión de Formali- zación de la Propiedad Informal -COFOPRI; Que, los Artículos 6º al 8º del Decreto Supremo Nº 019-98- PCM han establecido las "Disposiciones Generales sobre la Formalización de la Propiedad" y el "Procedimiento de Forma- lización de la Propiedad"; Que, la Ley Nº 26785 ha otorgado a COFOPRI la compe- tencia para rectificar de oficio el área, perímetro y linderos de