Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 1998 (17/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de junio de 1998

e) Proponer al Presidente de la Republica la designacion del Coordinador Nacional de la Formalizacion, del Gerente General, del Gerente de Planeamiento y Operaciones y de los miembros de Tribunal Administrativo de la Formalizacion; f) Informar a las entidades publicas respectivas sobre la identificacion de mecanismos que incrementen los costos para mantener formalizada la propiedad y solicitar a las instancias pertinentes su eliminacion o modificacion con el fin de reducir dichos costos de transaccion; g) Aprobar los presupuestos, las memorias, los balances y estados financieros de caracter anual; h) Suscribir los titulos de propiedad registrados que otorgue la institucion y los instrumentos o constancias de inscripcion y/ o rectificacion registral de titulos y otros documentos cuya formalizacion MORDAZA sido ejecutada y su registro promovido por COFOPRI. Esta facultad incluye la suscripcion de los titulos que estuvieran pendientes en caso de imposibilidad temporal o cese del anterior responsable de la Presidencia. La suscripcion podra realizarse mediante la impresion mecanizada de la firma, empleando medios de conservacion magnetica de la misma; i) Delegar la facultad de suscribir los titulos, prevista en el literal anterior; j) Aprobar las Directivas que regulen el ejercicio de las competencias correspondientes a la formalizacion de la propiedad hasta el otorgamiento de los titulos respectivos, conforme a lo dispuesto por el inciso d) del Articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 803. Estas Directivas regularan el ejercicio de las funciones y competencias descritas en el Articulo 5º de la presente MORDAZA y otras que le asignen las leyes y normas de menor jerarquia; k) Aprobar las Directivas que regulen las actividades de otras entidades que hubieran tenido competencias vinculadas con la formalizacion de la propiedad, las actividades de transferencia del acervo documentario y otras acciones que deberan ejecutar en favor de la institucion, conforme a lo dispuesto por el Articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 803; l) Aprobar las Directivas de formalizacion de la propiedad de los programas de vivienda ejecutados por el Estado, conforme a lo dispuesto por el Articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 803; m) Aprobar las Directivas que establezcan el cronograma de aplicacion progresiva del Programa de Formalizacion de la Propiedad en todo el MORDAZA, conforme a lo dispuesto por el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 803 y, en dicho contexto, aprobar las directivas de creacion de los Organos Desconcentrados; n) Aprobar las Directivas a que se refiere el Articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 803; o) Aprobar el reglamento que fije los procedimientos administrativos, requisitos, instancias y plazos aplicables a las diferentes acciones de formalizacion de la propiedad que ejecuta COFOPRI, conforme a lo dispuesto por el Articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 803. Este reglamento debera ser aprobado mediante Decreto Supremo, conforme lo ordena el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 803. p) Aprobar los reglamentos del Decreto Legislativo Nº 803, con excepcion de las materias que deben ser reglamentadas mediante Directiva, conforme a lo dispuesto por el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 803; q) Aprobar la creacion de Proyectos Especiales y designar a sus gerentes; r) Aprobar la celebracion de convenios y acuerdos de cooperacion tecnica y financiera, relacionados con la formalizacion de la propiedad, con instituciones nacionales, internacionales y extranjeras, y autorizar al Gerente General para su suscripcion; s) Aprobar, promover y sustentar ante las entidades estatales respectivas la celebracion de convenios, acuerdos y contratos con organismos multilaterales, que tengan por objeto asuntos relacionados con la formalizacion de la propiedad; t) Aceptar legados y donaciones y toda otra liberalidad que se haga en favor de la institucion, solicitando la aprobacion de la Resolucion Suprema autoritativa respectiva; u) Designar al representante ante el Directorio de la SUNARP; v) Convocar las sesiones del Directorio de la institucion, cuando se hubiera establecido; w) Solicitar informes al Coordinador Nacional de la Formalizacion, a la Gerencia General y a la Gerencia de Planeamiento y Operaciones; x) Modificar el presente Estatuto; y) Delegar las funciones descritas en este articulo; y, z) Las demas que le senalan las normas aplicables a la institucion. Articulo 9º.- De haberse conformado el Directorio a que se refiere el Articulo 7º, las funciones seran ejercidas por dicho organo. Se exceptuan las situaciones en las que fuera necesario que la Presidencia de COFOPRI ejerza directamente las funciones, en cuyo caso MORDAZA cuenta de ello a los miembros del Directorio. Articulo 10º.- El quorum del Directorio para sesionar validamente es la mayoria simple de sus miembros y el quorum para adoptar acuerdos es la mayoria de los asistentes. Todo acuerdo requiere la aprobacion de la Presidencia de COFOPRI. En caso de empate, la Presidencia de COFOPRI tiene MORDAZA dirimente.

Las sesiones y acuerdos del Directorio constaran en actas que seran legalizadas conforme a ley. En las actas constara la fecha, lugar, hora, nombre de los asistentes, asuntos tratados, votos emitidos, acuerdos adoptados y constancias que los miembros quieran asentar. La elaboracion y conservacion de las actas estara a cargo del Gerente General. Articulo 11º.- El Coordinador Nacional de la Formalizacion ejerce las funciones consultivas y de estudio o investigacion de COFOPRI. Su designacion recae en un especialista de reconocida capacidad y experiencia en las materias relacionadas con la formalizacion de la propiedad predial. Es designado por el Presidente de la Republica mediante Resolucion Suprema, a propuesta de la Presidencia de COFOPRI. Es cargo de confianza. Articulo 12º.- Son funciones del Coordinador Nacional de la Formalizacion: a) Emitir opinion especializada en los asuntos que MORDAZA sometidos a su consideracion en materia de formalizacion de la propiedad; b) Directamente o a traves de terceros seleccionados, contratados y supervisados por la Gerencia General conforme a lo previsto en el inciso d) de este articulo, realizar los estudios e investigaciones necesarios para complementar el MORDAZA institucional, legal y de organizacion correspondiente a las competencias y acciones de COFOPRI, en especial las referidas a: · la formalizacion de la propiedad predial en general; · la identificacion, eliminacion y reduccion de los mecanismos que incrementen los costos para mantener formalizada la propiedad; · el desarrollo de los mecanismos para promover que las transacciones sobre la propiedad se mantengan dentro de la formalidad; · los mecanismos para el desarrollo de la inversion privada en credito, servicios publicos y otros en los sectores formalizados; · toda otra materia cuya competencia MORDAZA sido asignada a la institucion por sus leyes, normas y directivas reglamentarias. c) Asesorar el diseno y la ejecucion del Plan de Formalizacion de la Propiedad, sus planes integrantes y proyectos especiales. Cuando estos Proyectos Especiales lo propongan, podra aceptar la supervision del desarrollo general de su diseno y ejecucion; d) Solicitar a la Gerencia General la identificacion, convocatoria, seleccion y contratacion de los asesores, expertos e instituciones especializadas a que se refiere el Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 803, que MORDAZA necesarios para el cumplimiento de las funciones descritas en este articulo, en especial las previstas en los literales a), b) y c). La Gerencia Legal, en el MORDAZA de sus propias funciones, sera responsable exclusiva de que las contrataciones que realice la Gerencia General se refieran a las funciones descritas en este articulo y a los objetivos y competencias de COFOPRI, asi como de supervisar y verificar que se ejecuten cumpliendo las disposiciones legales y los contratos correspondientes; e) Solicitar a la Gerencia General, a la Gerencia de Planeamiento y Operaciones y a los demas organos de la institucion los informes sobre sus actividades, que resulten necesarios para el cumplimiento de sus funciones; f) Proponer a la Presidencia de COFOPRI la aprobacion o MORDAZA a los organos competentes de las reformas institucionales, legales y de organizacion que se disenen y requieran ejecutarse. Ademas, informarle acerca de los mecanismos que incrementan los costos para mantener formalizada la propiedad que se hubieran identificado y las propuestas para eliminarlos o reducirlos; g) Proponer a la Gerencia de Planeamiento y Operaciones las politicas generales en materia de formalizacion de la propiedad; h) Informar a la Presidencia de COFOPRI sobre el avance de las campanas de formalizacion y recomendar a los organos de COFOPRI las medidas que resulten adecuadas para su mejor desarrollo; i) Proponer a la Presidencia de la COFOPRI la aprobacion de las Directivas relacionadas con la formalizacion de la propiedad; j) Proponer a la Presidencia de COFOPRI la celebracion de convenios, acuerdos y contratos con organismos multilaterales, que tengan por objeto asuntos relacionados con la formalizacion de la propiedad, a que se refiere el literal r) del Articulo 8º; k) Proponer a la Presidencia de COFOPRI la designacion del Gerente General, del Gerente de Planeamiento y Operaciones, de los miembros del Tribunal Administrativo de la Formalizacion y del representante del Sector al que pertenece COFOPRI ante el Directorio de la SUNARP; l) Proponer a la Presidencia de COFOPRI la creacion de Oficinas Desconcentradas y a la Gerencia General la definicion de su ambito geografico de jurisdiccion, competencias y responsables; m) Proponer a la Presidencia de COFOPRI la creacion de Proyectos Especiales y la designacion de sus gerentes; y,

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