Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 1998 (17/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Provincia Atalaya Ambito Geografico

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de junio de 1998

MORDAZA Portillo Padre MORDAZA

Cuencas hidrograficas de Sepahua y Sepa del distrito de Sepahua. Cuencas hidrograficas del Inuya y Unini del distrito de Raymondi. Cuencas hidrograficas del Cohengua, Tahuania, Cumaria, Sheshea y Genepanshea del distrito de Tahuania. Cuencas hidrograficas del Caco, Runuya, Tabacoa, Maco e Iparia del distrito de Iparia. MORDAZA hidrografica de Aguaytia.

Exceptuase de dichos ambitos los bosques de proteccion. La presente autorizacion no afecta el otorgamiento de Permisos de Extraccion Forestal, los cuales se continuan rigiendo por la legislacion forestal pertinente. Articulo 2º.- La Direccion Subregional Agraria MORDAZA de MORDAZA controlara en los Contratos a que se refiere el articulo anterior, asi como en los Permisos de Extraccion Forestal: a) La aplicacion de los diametros minimos de troza que establezca la Direccion General Forestal del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. b) La conservacion de los arboles semilleros. c) La reposicion forestal. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 6603

Exceptuase de dichas cuencas las areas naturales protegidas y bosques de proteccion. La presente autorizacion no afecta el otorgamiento de Permisos de Extraccion Forestal, los cuales se continuan rigiendo por la legislacion forestal pertinente. Articulo 2º.- La Direccion Regional Agraria Ucayali controlara en los Contratos a que se refiere el articulo anterior, asi como en los Permisos de Extraccion Forestal: a) La aplicacion de los diametros minimos de troza que establezca la Direccion General Forestal del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. b) La conservacion de los arboles semilleros. c) La reposicion forestal. Articulo 3º.- Los Contratos de Extraccion Forestal para Maderas con Fines Industriales y/o Comerciales por superficies de hasta mil hectareas que otorguen las Direcciones Regionales y Subregionales autorizadas mediante Resolucion Ministerial Nº 0266-98-AG y sus ampliatorias, no podran exceder el plazo de dos anos - zafra contados a partir de la fecha. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 6602 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0301-98-AG MORDAZA, 16 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0266-98-AG, se autoriza a las Direcciones Regionales Agrarias de Ucayali, MORDAZA y Moquegua-Tacna-Puno, asi como a la Direccion Subregional Agraria MORDAZA de MORDAZA, a otorgar contratos de extraccion forestal para maderas con fines industriales y/o comerciales en superficies de hasta 1,000 hectareas, en ambitos geograficos restringidos, precisados en el anexo de esa Resolucion Ministerial; Que, el Articulo 2º del indicado dispositivo establece que las Direcciones Regionales y Subregionales MORDAZA mencionadas, asi como las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias de San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inka, Libertadores-Wari, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Pasco, deberan concertar con las asociaciones de productores de MORDAZA para identificar areas complementarias a las consideradas en el mencionado anexo, proponiendose al Despacho Ministerial para su aprobacion mediante Resolucion Ministerial; Que, la Direccion Subregional Agraria MORDAZA de MORDAZA ha concertado con la agrupacion de productores de MORDAZA de la Subregion, habiendo efectuado la propuesta correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y Decreto Ley Nº 21147 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Direccion Subregional Agraria MORDAZA de MORDAZA a otorgar Contratos de Extraccion Forestal para maderas con fines industriales y comerciales en superficies de hasta 1,000 (mil) hectareas, en los ambitos geograficos siguientes: Provincia Tahuamanu Tambopata Ambito Geografico Distrito de Tahuamanu. Parte media de la MORDAZA hidrografica del rio MORDAZA de MORDAZA, desde la boca del rio Amigo, aguas abajo, hasta la desembocadura del rio Las Piedras.

SALUD
Sancionan con destitucion a servidores de la Direccion de Salud MORDAZA I
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 130-98-DG/DISA-I Abancay, 10 de junio de 1998 VISTO: El Expediente de MORDAZA Administrativo Disciplinario seguido a don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el cargo de Inspector Sanitario I, Nivel remunerativo STD, del Centro de Salud de Cotabambas; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Directoral Nº 095-98-DG-DISSA, de fecha 29 de MORDAZA de 1998, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el cargo de Inspector Sanitario I, Nivel remunerativo STD, por haber incurrido en falta grave de caracter disciplinario por ausencias injustificadas a su centro de trabajo por mas de tres (3) dias consecutivos, a partir del 4 de junio de 1997; Que, el servidor don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de personal nombrado en el Centro de Salud Cotabambas a merito de la Resolucion Directoral Nº 249-87-DG/DA, de fecha 23 de noviembre de 1987, fue destacado por necesidad de servicio al Centro de Salud de Pachaconas con Memorandum Nº 27-92-UP/UTES-A, Memorandum Nº 41-93-JP-UTES-A, a partir del 1 de agosto de 1992 a la fecha; Que, en el transcurso del MORDAZA administrativo disciplinario que se le instauro al mencionado servidor, segun lo dispuesto en el Articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, "Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276"; se ha recepcionado los descargos y merituado las instrumentales que obran en los actuados; por lo que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la MORDAZA I, ha concluido que se encuentran acreditadas las faltas administrativas disciplinarias que se le imputan, tales como: inasistencias injustificadas a su centro de trabajo los dias 4, 5 y 6 del mes de junio de 1997; del 1 al 31 del mes de agosto de 1997, del 1 al 5 de setiembre de 1997 y del 1 de enero al 29 de MORDAZA de 1998, conforme aparece en forma fehaciente del cuaderno de control de asistencia del Centro de Salud de Pachaconas, acta de visita y supervision de fecha 5 de setiembre de 1997, asi como el informe evacuado por el Jefe de dicho Centro de Salud incurriendo asi en falta grave, al haber incumplido las obligaciones que tiene todo servidor publico, previstas en los incisos a) y k) del Articulo 28º del mismo cuerpo legal, concordante con el Inc. a) Art. 17º de la Resolucion Ministerial Nº 0132-92-SA-P "Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Sector Salud", por lo que, resulta pasible de ser sancionado administrativamente; Estando a lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Direccion de Salud de MORDAZA I, en su informe final remitido mediante Oficio Nº 0498-CPPAD-P-DISSA, de fecha 9 de junio de 1998; En uso de las facultades y atribuciones conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 0141-87-SA/P y su ampliatoria R.M. Nº 0239-90-SA/P; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER, sancion administrativa de DESTITUCION, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el cargo de Inspector Sanitario I, categoria remunerativa STD, del Cen-

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