Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 1998 (17/06/1998)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de junio de 1998

c) No solicitar informacion sobre su uso tradicional a las comunidades nativas de la MORDAZA sin su previo consentimiento por escrito. d) Entregar a la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA del INRENA, no menos de seis (6) copias del informe de MORDAZA, no menos de seis (6) copias de las publicaciones que hicieran como motivo de la presente investigacion, asi mismo copias del material fotografico y/o slides motivo de la presente autorizacion que puedan ser utilizadas para difusion; asi mismo MORDAZA de la base de datos. Articulo 3º.- Si por razones cientificas requierese enviar al extranjero parte del material colectado, los interesados deberan gestionar el Permiso de Exportacion CITES ante el INRENA. Articulo 4º.- Los recurrentes se sujetaran a lo establecido en las disposiciones legales vigentes y a lo que sobre la materia dicte el Ministerio de Agricultura. Articulo 5º.- El INRENA a traves de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA, queda encargado de verificar el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 6554 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0277-98-AG MORDAZA, 4 de junio de 1998 Vista la solicitud de fecha 10 de octubre de 1997, presentada por el American Museum of Natural History, New MORDAZA - USA, para la caza de especimenes de Fauna MORDAZA con fines cientificos en la MORDAZA del rio MORDAZA en el departamento de Loreto; CONSIDERANDO: Que, el American Museum of Natural History, New MORDAZA USA, ha solicitado una autorizacion para la caza de especimenes de Fauna MORDAZA con fines cientificos, con la finalidad de implementar un proyecto para estudios de "Mamiferos del rio Galvez", en la MORDAZA del rio MORDAZA en el departamento de MORDAZA, que estara a cargo del investigador Dr. MORDAZA S. VOSS, con Pasaporte Nº 151330792, del American Museum of Natural History, New MORDAZA - USA y el Sr. MORDAZA MORDAZA FLECK ZUAZO con Pasaporte Nº 082330091, colaborador del Rice University, MORDAZA, Texas - USA, dentro del periodo de cuatro (4) meses inmediatos posteriores a la fecha de publicacion de la presente resolucion; Que, el objetivo del mencionado Proyecto es obtener un inventario complejo de la fauna de mamiferos del rio MORDAZA usando una combinacion de metodos durante varios anos; preservando los especimenes cientificos de todas las especies colectadas para crear un recurso permanente para el futuro estudio de la taxonomia, ecologia y evolucion de los mamiferos del departamento de Loreto; y documentar el conocimiento etnozoologico de mamiferos de los Matses y preservarlo en forma escrita para futuras generaciones; Que, algunas de las especies solicitadas se encuentran amparadas por las Resoluciones Ministeriales Nº 01082-90-AG y Nº 0165-98-AG; Que, el Articulo 12º del Reglamento de Conservacion de MORDAZA y Fauna Silvestres, aprobado por Decreto Supremo Nº 158-77-AG, establece que la extraccion o caza de las especies vedadas indefinidamente, asi como la exportacion de los especimenes, sera autorizada solo con fines de investigacion cientifica, o de difusion cultural, mediante Resolucion Ministerial expedida por el Ministerio de Agricultura; Estando a la opinion favorable contenida en el Informe Nº 06898-INRENA-DGANPFS-DCFS, de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA del INRENA, que corre de fojas 21 a 24 del expediente, es procedente expedir la correspondiente resolucion autoritativa para la caza de ejemplares de Fauna MORDAZA en la MORDAZA del rio MORDAZA en el departamento de MORDAZA, para fines exclusivamente cientificos; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21147, Ley Nº 25902 y los Decretos Supremos Nºs. 158-77-AG y 055-92-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a los senores Dr. MORDAZA S. VOSS, con Pasaporte Nº 151330792, investigador responsable del American Museum of Natural History, New MORDAZA - USA y al colaborador el Sr. MORDAZA MORDAZA FLECK ZUAZO, con Pasaporte Nº 082330091, estudiante de doctorado de la Universidad de Rice, MORDAZA, Texas - USA, para que en su condicion de investigadores, realicen con fines de investigacion cientifica, la caza de no mas de: diez (10) ejemplares por especie perteneciente al Orden DIDELPHIMORPHIA: familia Didelphidae; dos (2) ejemplares por especie del Orden XENARTHRA: familias: Bra-

dypodidae; Megalonychidae; Dasypodidae; Myrmecophagidae, diez (10) ejemplares por especie del Orden CHIROPTERA: familias: Emballonuridae; Noctilionidae; Mormoopidae; Phyllostomidae: subfamilia: phyllostominae, glossophaginae, carolliinae, stenodermatinae, desmodontinae; Furipteridae; Thyropteridae, Vespertilionidae; Molossidae; dos (2) ejemplares por especie de Orden PRIMATES: familias: Callitrichidae, Cebidae. Orden CARNIVORA: familias: Canidae, Felidae, Mustelidae, Procyonidae. Orden PERISSODACTYLA: familia Tapiridae. Orden ARTIODACTYLA: familias: Tayassuidae, Cervidae, diez (10) ejemplares por especie del Orden RODENTIA: familias: Sciuridae; Muridae; dos (2) ejemplares por especie de las familias: Erethizontidae, Dinomyidae, Hydrochaeridae; Agoutidae; y diez (10) ejemplares por especie de la familia Echimyidae, en la MORDAZA del rio MORDAZA, departamento de MORDAZA, por un periodo de cuatro (4) meses inmediatos posteriores a la fecha de publicacion de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los senores: Dr. MORDAZA S. VOSS con Pasaporte Nº 151330792 y el Sr. MORDAZA MORDAZA FLECK ZUAZO con Pasaporte Nº 082330091, deberan cumplir con los siguientes compromisos: a) Entregar el 50% del material biologico calectado por especie al Museo de Historia Natural de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA, incluyendo los Holotipos y Paratipos, asi como los ejemplares unicos de los grupos taxonomicos colectados; b) No utilizar ni ceder a terceros los especimenes o parte de estos (piel, tejidos, cromosomas u otros), para investigaciones relacionadas con acceso a los recursos geneticos; c) No solicitar informacion sobre su uso tradicional a las comunidades nativas de la MORDAZA sin su previo consentimiento por escrito. d) Entregar a la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA del INRENA, no menos de seis (6) copias del informe de MORDAZA, no menos de seis (6) copias de las publicaciones que hicieran como motivo de la presente investigacion, asi mismo copias del material fotografico y/o slides motivo de la presente autorizacion que puedan ser utilizadas para difusion; e) MORDAZA de realizar la colecta debera presentar, ante la oficina de la Region o Subregion Agraria mas cercana la autorizacion emitida por el Ministerio de Agricultura y dejar la carta de compromiso sellada y firmada por el Director General de Areas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre. Articulo 3º.- Si por las razones cientificas acotadas, requierese enviar al extranjero parte del material colectado, los interesados deberan gestionar el Permiso de Exportacion CITES ante el INRENA. Articulo 4º.- Los recurrentes se sujetaran a lo establecido en las disposiciones legales vigentes y a las que sobre la materia dicte el Ministerio de Agricultura. Articulo 5º.- El INRENA a traves de la Direccion General de Areas Naturales Protegidas y Fauna MORDAZA, queda encargado de verificar el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 6555

Constituyen Comisiones Especiales encargadas de evaluar y proponer el destino de inmuebles transferidos al Ministerio por ENDEPALMA y ENREPALMA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0291-98-AG MORDAZA, 15 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Escritura Publica de fecha 29 de diciembre de 1997, la Empresa para el Desarrollo y Explotacion de la MORDAZA Aceitera S.A. en liquidacion - ENDEPALMA transfirio a favor del Ministerio de Agricultura los inmuebles Sector Limon (de 902 ha. 2,700 m2), Fabrica Extractora de Aceite de Villapalma (de 7 ha. 4,474 m2), Campamento MORDAZA Villapalma Sector 2B-2 (de 12 ha. 8,200 m2), Campamento MORDAZA Lote C1-A (de 16 ha. 7,728 m2), Campamento MORDAZA E-2 (de 5 ha. 2,700 m2), Campamento Challuayacu A (de 6 ha. 6,300 m2), Campamento Limon A (de 7 ha. 1,060 m2), Aeropuerto MORDAZA Lote C2-A (de 69 ha. 1,500 m2), MORDAZA H (de 383 ha. 9,870 m2) y MORDAZA 3 (de 290 ha.), todos ubicados sobre la margen izquierda del rio Huallaga del distrito y provincia de Tocache, Region San Martin;

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