Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 1998 (17/06/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 17 de junio de 1998

NORMAS LEGALES

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Que igualmente, la Empresa Regional de MORDAZA Aceitera S.A. en liquidacion - ENREPALMA transfirio al Ministerio de Agricultura mediante Escritura Publica de fecha 11 de MORDAZA de 1998, los predios s/n (de 15,527 ha. 1,000 m2), Lote Nº 1 (de 2,413.29 m2), Lote Nº 2 (de 1 ha. 2,685.4 m2) y Lote Nº 3 (de 4 ha. 28 m2), ubicados en la jurisdiccion del Caserio MORDAZA MORDAZA, rio Manati, distrito de MORDAZA, provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que el destino que se otorgue a los citados inmuebles debe encontrarse acorde con la politica de Gobierno en materia agraria, por lo cual se hace necesario nombrar Comisiones Especiales encargadas de evaluar y proponer al Despacho Ministerial de Agricultura las acciones a tomar en relacion a ellos; De conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir las Comisiones Especiales, dependientes de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura, encargadas de evaluar y proponer el destino de los inmuebles transferidos al Sector por la Empresa para el Desarrollo y Explotacion de la MORDAZA Aceitera S.A. en liquidacion - ENDEPALMA y Empresa Regional de MORDAZA Aceitera S.A. en liquidacion - ENREPALMA, cada una conformada de la siguiente manera: -Un representante de la Unidad Operativa de Proyectos Especiales-UOPE, quien la presidira. -Un representante de la Oficina General de Administracion. -Un representante del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural-PETT. -Un representante de la Direccion Regional Agraria correspondiente. Articulo 2º.- Las Comisiones que se constituyen en el articulo precedente deberan elevar su informe al Despacho Ministerial en un plazo no mayor a 30 dias contados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 6530

Que mediante escrito de 19 de agosto de 1997, de fojas 150 y siguientes, MORDAZA Mini MORDAZA Bogdanovich Goicochea MORDAZA de MORDAZA, interpone recurso de apelacion contra la resolucion precitada, senalando que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA conduce la parcela denominada "Churges" de 32 ha. del predio "La MORDAZA Huancajanga" por lo que no es posible que se le titule en la de Unidad Catastral Nº 22188, pues existiria duplicidad de beneficios, agrega que MORDAZA ha solicitado la titulacion de esa parcela MORDAZA que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zavaleta; Que la adjudicacion de la parcela a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta sustentada en los Informes Tecnicos Nºs. 090-97-DRA-LL/PETT-AT, 092-97.DRA.LL/PETT-AT y 10397-DRA-LL/PETT-AT, de 13 de marzo, 14 de marzo y 2 de MORDAZA de 1997, respectivamente, obrante a fojas 03, 23 y 29, que dan cuenta de su posesion en la parcela adjudicada asi como en los demas documentos preconstituidos que obran en autos; Que por el contrario, la apelante no demuestra conduccion de area alguna en el predio materia de procedimiento, por lo que su impugnacion deviene infundada; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Mini MORDAZA Bogdanovich Goicochea MORDAZA de MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 160-97DRA-LA-LIB, de 22 de MORDAZA de 1997, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region La MORDAZA, la que se confirma, por cuanto esta acreditado el derecho a la adjudicacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la parcela de 4 ha. 7,500 m2 de Unidad Catastral Nº 22188 del predio MORDAZA "La MORDAZA Huancajanga" del distrito de Sayapullo, provincia de Cajabamba, departamento de La Libertad; devolviendose el expediente a la mencionada Direccion Regional Agraria. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 6531

Autorizan a las Direcciones Regional Declaran infundada impugnacion inter- Agraria de Ucayali y Subregional Agrapuesta contra resolucion referida a ria MORDAZA de MORDAZA a otorgar contratos adjudicacion de predio MORDAZA ubica- de extraccion forestal para maderas RESOLUCION MINISTERIAL do en la provincia de Cajabamba Nº 0300-98-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0293-98-AG MORDAZA, 15 de junio de 1998 VISTO: El recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Mini MORDAZA Bogdanovich Goicochea MORDAZA de MORDAZA, contra la Resolucion Directoral Nº 160-97-DRA-LA-LIB, de 22 de MORDAZA de 1997, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region La Libertad; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 160-97-DRA-LA-LIB, la Direccion Regional Agraria de la Region La MORDAZA declaro inadmisible la oposicion de MORDAZA Mini MORDAZA Bogdanovich Goicochea MORDAZA de MORDAZA a la titulacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el predio MORDAZA "La MORDAZA Huancajanga" ubicado en el distrito de Sayapullo, provincia de Cajabamba, departamento de MORDAZA, declarando igualmente inadmisible la solicitud de titulacion presentada por la oponente; Que la citada resolucion tambien declara procedente la solicitud de titulacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y dispone adjudicarle la parcela de Unidad Catastral Nº 22188, de 4 ha. 7,500 m2, del predio MORDAZA "La MORDAZA Huancajanga", del distrito de Sayapullo, provincia Gran Chimu, departamento La Libertad; disponiendo asimismo la adjudicacion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Unidad Catastral Nº 22438, de 11.50 ha. y de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA la Unidad Catastral Nº 22439, de 11.50 ha., sobre el mismo predio MORDAZA, fundamentandose para resolver en ese sentido en que esta demostrado que los adjudicatarios nombrados se encuentran en posesion de sus respectivas parcelas no sucediendo lo propio con MORDAZA Mini MORDAZA Bogdanovich Goicochea MORDAZA de Martin; MORDAZA, 16 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0266-98-AG, se autoriza a las Direcciones Regionales Agrarias de Ucayali, MORDAZA y Moquegua-Tacna-Puno, asi como a la Direccion Subregional Agraria MORDAZA de MORDAZA, a otorgar contratos de extraccion forestal para maderas con fines industriales y/o comerciales en superficies de hasta 1,000 hectareas, en ambitos geograficos restringidos, precisados en el anexo de esa Resolucion Ministerial; Que, el Articulo 2º del indicado dispositivo establece que las Direcciones Regionales y Subregionales MORDAZA mencionadas, asi como las Direcciones Regionales y Subregionales Agrarias de San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inka, Libertadores-Wari, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Pasco, deberan concertar con las asociaciones de productores de MORDAZA para identificar areas complementarias a las consideradas en el mencionado anexo, proponiendose al Despacho Ministerial para su aprobacion mediante Resolucion Ministerial; Que, la Direccion Regional Agraria de Ucayali, ha concertado con la agrupacion de productores de MORDAZA de la region, habiendo efectuado la propuesta correspondiente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y Decreto Ley Nº 21147 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Direccion Regional Agraria de Ucayali a otorgar Contratos de Extraccion Forestal para maderas con fines industriales y/o comerciales en superficies de hasta 1,000 (mil) hectareas, en los ambitos geograficos siguientes:

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