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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 1998 (17/06/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 160789 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de junio de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante Resoluciones Directorales Nº 0052-96/ DCG de fecha 26 febrero 1996 y Nº 0283-96/DCG de fecha 21 octubre 1996 se aprobaron los lineamientos para el desarro- llo de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) aplicables a los proyectos de instalación de tuberías subacuáticas para efluentes y de construcción de muelles, embarcaderos, espi- gones y otras obras similares de carácter permanente, res- pectivamente; Que el Capítulo VII del Código del Medio Ambiente y Recur- sos Naturales, establece, entre otros asuntos, las bases para la participación ciudadana, la cual estará informada y podrá participar directa o indirectamente en la definición de la política ambiental y en la ejecución y aplicación de los instrumentos de dicha política; Que el Consejo Nacional del Ambiente ha considerado como uno de los lineamientos de la Política Ambiental Peruana el "promover la participación de la Sociedad Civil en la toma de decisiones ambientales"; Que la participación ciudadana en el proceso de evaluación de impacto ambiental permitirá recoger las preocupaciones y opiniones de la ciudadanía, y facilitará la prevención y resolu- ción de conflictos, aportando mayor credibilidad y transparen- cia al proceso, contribuyendo en la protección del medio ambien- te y la defensa de los intereses y calidad de vida; Que corresponde a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas en su condición de Autoridad Marítima Nacional, entre otras funciones, ejercer control y vigilancia para prevenir y controlar los efectos de la contaminación del mar, ríos y lagos navegables, y en general todo aquello que pudiera ocasionar daños ecológicos en el ámbito de su competencia, con sujeción a las normas nacionales y convenios internacionales sobre la materia; Que es necesario establecer las normas sobre la participa- ción de la comunidad en el proceso de evaluación de estudios de impacto ambiental presentados a la Dirección General de Capi- tanías y Guardacostas; De conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departa- mento de Protección del Medio Ambiente y Carga Peligrosa y a lo recomendado por el Director del Medio Ambiente de la Direc- ción General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE: 1.- Aprobar las "Normas sobre la participación ciudadana en el Proceso de Evaluación de Estudios de Impacto Ambiental" presentados ante la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas, las mismas que se anexan y forman parte de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Público (DOP). LUIS BIANCHI MUÑOZ Director General de Capitanías y Guardacostas Anexo NORMAS SOBRE LA PARTICIPACION CIUDADANA EN EL PROCESO DE EVALUACION DE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL PRESENTADOS ANTE LA DIRECCION GENERAL DE CAPITANIAS Y GUARDACOSTAS 1. Los interesados en desarrollar algún proyecto de cons- trucción o ubicación de instalaciones acuáticas, así como reali- zar actividades en el medio acuático y que estén obligados a presentar estudios de impacto ambiental ante la Autoridad Marítima, deberán sustentar en audiencias públicas sus respec- tivos estudios. 2. Las Audiencias Públicas serán convocadas por la Direc- ción del Medio Ambiente (DIRMAM) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, la que fijara el lugar, fecha y hora de las mismas. 3. Las Audiencias se llevarán a cabo con la presencia de tres miembros de la Dirección General de Capitanías y Guardacos- tas, uno de los cuales pertenecerá a la Dirección del Medio Ambiente, quien las presidirá. 4. La exposición y sustentación de los estudios de impacto ambiental estarán a cargo de los responsables de su elaboración y de los representantes de quienes están interesados en desarro- llar alguno de los proyectos indicados en el Artículo 1° de las presentes normas. Estos últimos asumirán los gastos que de- mande el alquiler del ambiente donde se llevará a cabo la audiencia. 5. El responsable del proyecto entregará a la Dirección del Medio Ambiente CINCO (5) ejemplares del Estudio de Impacto Ambiental y VEINTE (20) ejemplares del resumen ejecutivo delmismo para ser distribuidos en consulta, los primeros entre las instituciones y entidades de la administración pública previsi- blemente afectadas por la ejecución del proyecto, y los segundos, para quienes soliciten participar en la Audiencia Pública. El resumen ejecutivo deberá ser redactado, en lo posible, en térmi- nos asequibles a la comprensión general, especialmente las partes que tratan sobre las conclusiones, medidas de mitigación y programas de vigilancia ambiental. 6. Las instituciones y entidades de la administración pública consultadas tendrán un plazo máximo de veinte (20) días calen- dario para presentar sus observaciones a la Dirección del Medio Ambiente, con relación al impacto ambiental, que, a juicio de cada una, se derive del proyecto, o cualquier indicación que estimen beneficiosa para una mayor protección del medio am- biente, así como cualquier propuesta o pregunta que consideren conveniente respecto a los contenidos específicos del estudio de impacto ambiental. 7. Recibidas las respuestas a las consultas efectuadas por la Dirección del Medio Ambiente, ésta facilitará al titular del proyecto el contenido de aquellas, así como la consideración de los aspectos más significativos que deberán tenerse en cuenta en el estudio de impacto ambiental. Al recibo del Estudio de Impacto Ambiental enmendado conforme a las observaciones recibidas, la Dirección del Medio Ambiente convocará a Audien- cia Pública. 8. La convocatoria a las Audiencias Públicas se hará me- diante aviso público con QUINCE (15) días calendario de anticipación, de acuerdo al formato modelo del Anexo I a las presentes normas, el cual se publicará en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación de la provincia donde se desarrollará dicha actividad. En el caso de no existir diario en la provincia, la comunicación se hará mediante aviso a través de la principal emisora radial de la localidad. Los costos de dichas publicaciones y/o aviso radial serán asumidos por los interesados. 9. Para participar en las Audiencias los interesados deberán presentar una solicitud por escrito a la Dirección del Medio Ambiente, adjuntando el documento que acredite su represen- tación de alguna organización pública, privada o comunal, indi- cando su dirección, número telefónico y de fax. Estas solicitudes serán aceptadas por la Dirección del Medio Ambiente si se presentan dentro del término de tiempo establecido en la convo- catoria a la Audiencia Pública. 10. La Dirección del Medio Ambiente comunicará al solici- tante su aceptación en la audiencia pública y le entregará copia del resumen ejecutivo del EIA a exponerse. En caso se requiera un número mayor de resúmenes, el responsable del proyecto está en la obligación de entregar la cantidad adicional de ejemplares que sea necesaria. 11. Una vez finalizada la presentación y sustentación del EIA por parte de los responsables del proyecto, la presidencia invitará a los participantes inscritos a presentar sus preguntas por escrito de acuerdo al formato modelo del Anexo II que una vez absueltas por los expositores se dará paso a una segunda ronda de preguntas y/o aclaraciones finales, siguiendo el mismo procedimiento antes señalado. 12. Terminada la segunda ronda, se procederá a recibir de los participantes inscritos los documentos que deseen presen- tar, los mismos que se adjuntaran al expediente para ser considerados en la evaluación del EIA por parte de la Dirección del Medio Ambiente. 13. Al finalizar la audiencia se procederá a levantar un acta en el libro respectivo que estará bajo responsabilidad de la Dirección del Medio Ambiente. Dicha acta será firmada por el Presidente, el Secretario, los representantes de la empresa que desarrollará el proyecto, los responsables del EIA y por los participantes que deseen hacerlo. 14. La Dirección del Medio Ambiente teniendo a la vista el contenido de las alegaciones y observaciones formuladas en el período de información y consulta pública, y dentro de los TREINTA (30) días siguientes al término de dicho proceso, comunicará al titular del proyecto los aspectos en que, en su caso, el estudio ha de ser completado, fijándose un plazo de VEINTE (20) días para su cumplimiento, transcurrido el cual, procederá a oficializar la aceptación o negación de la ejecución del proyecto. 15. Los EIA correspondientes a emisores subacuáticos están exceptuados del procedimiento de Audiencia Pública. La Dirección del Medio Ambiente establecerá, caso por caso, otros proyectos que no requerirán ser sometidos a Audiencia Pública, en razón a su naturaleza y magnitud. Los responsa- bles de los proyectos exceptuados deberán efectuar una publi- cación en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulación de la provincia donde se desarrollará dicha activi- dad, de acuerdo al formato modelo del Anexo III a las presen- tes normas, dando a conocer la disponibilidad al público del Estudio de Impacto Ambiental respectivo. En el caso de no existir diario en la provincia, la comunicación se hará me- diante aviso a través de la principal emisora radial de la localidad. Los costos de dichas publicaciones y/o aviso radial serán asumidos por los interesados.