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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 1998 (04/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 157838 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de marzo de 1998 informe antes de la tramitación de los mismos y no dispuso las medidas pertinentes para la custodia de los fondos para pagos en efectivo, de los que no se han efectuado los arqueos conforme lo dispone la Norma General de Tesorería; Que, existen suficientes elementos de juicio que per- miten establecer que el ex funcionario Nivel F-2 LOREN- ZO ESCALANTE LA ROSA ex Director de Administra- ción de la Dirección Regional Oriente-Pucallpa ha incum- plido lo preceptuado en los incisos a), b) y d) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas administrativas tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º del mismo Cuerpo Legal; Estando al Informe de la Comisión Especial de Proce- sos Administrativos Disciplinarios, al Dictamen Legal Nº 013-98-INPE/OGAJ y con las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad a lo establecido por la Ley Nº 26814, Decreto Legislativo Nº 276, su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en uso de las facultades confe- ridas por la Resolución Ministerial Nº 077-93-JUS modi- ficada por R.M. Nº 006-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APERTURAR Proceso Administrativo Disciplinario al ex funcionario Nivel F-2 LORENZO ES- CALANTE LA ROSA ex Director de Administración de la Dirección Regional Oriente-Pucallpa, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El ex funcionario procesado tiene dere- cho a presentar su descargo y las pruebas convenientes a su defensa, conforme a Ley. Artículo 3º.- Notificar la presente resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente Comisión Reorganizadora 2403 INRENA Dan por concluido nombramiento y de- signan Fedatario titular de la institu- ción RESOLUCION JEFATURAL Nº 022-98-INRENA Lima, 26 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 25035, Ley de Simpli- ficación Administrativa establece que las entidades de la Administración Pública, designarán a los fedatarios que son funcionarios o servidores del Estado, que personal- mente y previo cotejo autentican el contenido de la copia de un documento original a efectos de su utilización en los procedimientos ante sus propias entidades; Que, se hace necesario designar al Fedatario Titular del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, que se encargue de las funciones a que se contrae el mencionado Artículo 5º de la Ley Nº 25035 y Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 070-98-PCM, que aprueba su Regla- mento, en sustitución de don Luis Bejarano Baldeón, quien cesó en el servicio por efecto de la Resolución Jefatural Nº 015-98-INRENA del 2 de febrero de 1998 a partir del día 7 de febrero de 1998; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artícu- lo 9º del Reglamento de Organización y Funciones de este Instituto, aprobado por Decreto Supremo Nº 055- 92-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir del 7 de febrero de 1998, la designación de don Luis Bejarano Baldeón, como Fedatario Titular del Instituto Nacio- nal de Recursos Naturales - INRENA, y en su reem- plazo se designa a don Gustavo Edilberto Castañeda Silva. Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Reso- lución para todos sus efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. MIGUEL VENTURA NAPA Jefe del INRENA 2423 I N E I Indices Unificados de Precios de la Construcción para las seis áreas geo- gráficas, correspondientes al mes de febrero de 1998 RESOLUCION JEFATURAL Nº 078-98-INEI Lima, 3 de marzo de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Tran- sitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funcio- nes de elaboración de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, el Art. 1º del Decreto Supremo Nº 011-89 VC de fecha 12 de setiembre de 1989, establece que los Indices que se apliquen, serán a la fecha en que debe ser pagada la valorización, de acuerdo al plazo legal o contractual estipulado; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-02-98/DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Areas Geográficas, correspondientes al mes de febrero de 1998, y con la aprobación de la Comisión Técnica del Instituto Nacional de Estadística e Informá- tica; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Pre- cios de la Construcción, para las seis (6) Areas Geográfi- cas, correspondientes al mes de febrero de 1998, en la forma que a continuación se detalla: INDICE FEBRERO 98 CODIGO 30 262,64 34 218,14 39 253,74 47 258,94 49 229,98 53 274,85 Artículo 2º.- El cuadro general de Indices Unifica- dos de Precios será publicado en el Boletín Mensual "Indices Unificados de Precios de la Construcción" 02- 98-INEI.