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Pág. 158058 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 11 de marzo de 1998 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Dan por concluida designación de Director de la Oficina de Informática y Estadística de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 152-98 Pueblo Libre, 10 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que, es competencia del Alcalde nombrar y remover el perso- nal administrativo y de servicios; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1835-97, de fecha 20 de noviembre de 1997, se designó al ingeniero Manuel Alberto Otoya Castrillón, en el cargo de confianza de Director de la Oficina de Informática y Estadística de la Municipalidad Distri- tal de Pueblo Libre, con nivel remunerativo F-2; Que, el ingeniero Manuel Alberto Otoya Castrillón, ha hecho abandono de cargo, por cuanto desde el día 26 de enero de 1998, no registra asistencia a esta Municipalidad; Que, asimismo existen indicios razonables de comisión de delito por parte del funcionario citado en el considerando prece- dente, sobre hechos denunciados en la instancia policial respec- tiva y debidamente acreditados en acta de incautación por la Policía Nacional del Perú; obrante ante la Comisaría de Pueblo Libre; por lo que independientemente de la responsabilidad penal a que hubiere lugar, se hace necesario dar por concluida la designación del ingeniero Manuel Alberto Otoya Castrillón, como Director de la Oficina de Informática y Estadística de la Munici- palidad Distrital de Pueblo Libre, sin perjuicio de la responsabi- lidad administrativa que corresponda y que será tratada en la instancia respectiva; En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 47º y 50º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir del 26 de enero de 1998, la designación del ingeniero MANUEL ALBERTO OTOYA CASTRILLON como Director de la OFICINA DE IN- FORMATICA Y ESTADISTICA de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, por los argumentos expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución; sin perjuicio de las acciones administrativas, civiles y/o penales que correspondan de acuerdo a Ley. Artículo Segundo.- El ingeniero Manuel Alberto Otoya Castrillón, deberá efectuar la entrega de cargo conforme a los procedimientos y normas legales vigentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YALILE BELTRAN DE MARTINEZ Alcaldesa 2636 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Prorrogan plazo para el pago del Im- puesto Predial y Arbitrios DECRETO DE ALCALDIA Nº 030-98-CDSB-A San Borja, 6 de marzo de 1998 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, existen continuos pedidos de los contribuyentes para que se prorrogue la fecha de vencimiento de pago de la 1ra. cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 1998; Que, la Oficina de Rentas en su Informe Nº 135-98-CDSB-OR solicita se prorrogue el plazo para el pago de la 1ra. cuota del Impuesto Predial-Arbitrios 1998 hasta el 20.3.98;Que, el Art. 29º del Código Tributario, D. Leg. Nº 816, estable- ce en su último párrafo que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de las Oficinas de Rentas, Administración y Asesoría Jurídica; y, lo dispuesto en el Art. 47º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo para el pago de la 1ra. cuota del Impuesto Predial-Arbitrios 1998, hasta el 20 de marzo del presente año. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento del presente Decreto, y a la Unidad de Imagen Institucional la difusión del mismo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Alcaldesa 2624 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Autorizan la emisión mecanizada de la Declaración Jurada y recibo de pago del Impuesto Predial DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-98-MDSA Santa Anita, 2 de marzo de 1998 Visto, el Informe Nº 054-98-DR/MDSA de la Dirección de Rentas de la Municipalidad Distrital de Santa Anita; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributa- ción Municipal, se determina los mecanismos para la afectación, recaudación, procedimiento, fechas de vencimiento de pago y la escala de valores para la aplicación del impuesto al valor de la Propiedad Predial; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 075-96-MDSA de fecha 27 de noviembre de 1996, se establece un nuevo régimen de administración de los recursos económicos de la Municipalidad, efectuando las emisiones mecanizadas de los impuestos, arbitrios y tasas municipales de la jurisdicción del distrito a fin de efecti- vizar las cobranzas por el sistema bancario; En uso de las facultades conferidas en el Art. 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades y con cargo a dar cuenta a la Sesión de Concejo; SE DECRETA: Artículo Primero.- Autorizar a la Administración Munici- pal la emisión mecanizada de la Declaración Jurada del Impuesto al Valor de la Propiedad Predial y su correspondiente recibo de pagos cuyas fechas de vencimiento se indican a continuación: PAGO AL CONTADO: El 31 de marzo de 1998. PAGO EN FORMA FRACCIONADA: En cuatro (4) Cuotas Trimestrales: 1er. Trimestre, vence el 31 de marzo de 1998 2do. Trimestre, vence el 29 de mayo de 1998 3er. Trimestre, vence el 31 de agosto de 1998 4to. Trimestre, vence el 30 de noviembre de 1998 Artículo Segundo.- El costo por concepto de emisión meca- nizada de la Declaración Jurada, recibos de pago, incluida su distribución a domicilio será de S/. 10.40 nuevos soles por contri- buyente, distribuidos en cuatro cuotas iguales en cada uno de los recibos de pago trimestral. Artículo Tercero.- Disponer el cumplimiento de la presente a través de la Dirección de Rentas y Administración respectiva- mente. Regístrese, publíquese y archívese. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 2534