Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 1998 (11/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 11 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "E" mediante Informe Nº ASIF"E" Nº 021-OT/98 y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y por la Superintendencia Adjunta de Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros;

Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA Central S.A. proceda a la enajenacion del bien inmueble senalado en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Vencido el plazo de prorroga otorgado a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito MORDAZA Central S.A. sin que se MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros

ANEXO Nº 1 BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (ARTICULO 215º DE LA LEY Nº 26702 - LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS) MORDAZA DE BIEN DESCRIPCION / UBICACION FECHA DE ADJUDICACION 96.12.28 VALOR EN LIBROS (En Nuevos Soles) 150 000.00 PRORROGA DE TENENCIA 98.6.28

INMUEBLE

LOTE A, MANZANA 27, ESQUINA AV. ALAMEDA MARGINAL Y MORDAZA 29 DE SETIEMBRE, DIST. RIO GRANDE, PROV. SATIPO

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Aprueban version actualizada del formato Reporte 15, Lineas de Credito Provenientes del Exterior
OFICIO CIRCULAR Nº 1720-98 MORDAZA, 6 de marzo de 1998 Senor Gerente General: Ref.: Reporte 15 - Lineas de Credito provenientes del Exterior ----------------------------------------Es MORDAZA dirigirme a usted para alcanzarle, por medio del presente, el MORDAZA formato de Reporte 15, LINEAS DE CREDITO PROVENIENTES DEL EXTERIOR, con la finalidad de homogenizar la informacion requerida para su mejor manejo. El presente Oficio Circular rige a partir de la informacion correspondiente al mes de marzo de 1998, la misma que debera ser remitida dentro de los 20 dias siguientes al mes que corresponda. Quedan sin efecto el Oficio Circular Nº 2281-95 del 23 de MORDAZA de 1995 y el Oficio Circular Nº 916-96 del 10 de MORDAZA de 1996. Se adjunta al presente la version actualizada del formato correspondiente asi como la cartilla de instrucciones para su llenado. Atentamente, MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros CARTILLA DE INSTRUCCIONES - REPORTE 15 En el reporte LINEAS DE CREDITO PROVENIENTES DEL EXTERIOR deberan consignarse todas las obligaciones con el exterior, se traten de lineas avisadas o no avisadas por la Institucion Extranjera correspondiente. Este reporte debera ser llenado teniendo en cuenta los siguientes conceptos: Entidad Extranjera Debe consignarse el nombre de la Institucion Extranjera, indicando si se trata de una Entidad Financiera, Entidad no Financiera u Organismo Internacional.

MORDAZA de Origen Indicar el MORDAZA de origen de la Entidad Extranjera que otorga la linea de credito. Moneda Consignar la moneda en que se otorga el financiamiento. Monto Autorizado Consignar el monto autorizado de la linea de credito, expresado en dolares americanos. Cuando se trate de una linea avisada consignar en esta columna, el monto de la misma. Cuando se trate de una linea no avisada consignar en esta columna, el monto utilizado. Monto Utilizado segun el MORDAZA de linea Consignar el monto utilizado de la linea, expresado en dolares americanos, distinguiendo las dos modalidades de lineas: 1. Linea Directa, conocida internacionalmente como "funding", cuyo unico riesgo en el MORDAZA es el banco domestico. 2. Linea Indirecta, conocida internacionalmente como "advance account", donde el riesgo en el MORDAZA es tanto el cliente como el banco domestico. En cada MORDAZA de linea se debera distinguir el destino de la misma, es decir, el financiamiento de operaciones de comercio exterior y el financiamiento de capital de trabajo. El monto total de Obligaciones Directas, igual al total de las Lineas Directas destinadas al financiamiento de importacion y exportacion y capital de trabajo, debera ser igual a la suma de Adeudados y Otras Obligaciones con Instituciones Financieras del Exterior, con Instituciones no Financieras del Exterior y con Organismos Internacionales, del Plan de Cuentas. El monto total de Obligaciones Contingentes sera igual al total de las Lineas Indirectas mas la parte correspondiente a Cartas de Credito de las Lineas Directas. Monto Utilizado por vencer a: Consignar el monto utilizado de la linea, expresado en dolares americanos, se trate esta de Lineas Directas o Indirectas, segun el plazo que falte para su vencimiento a partir de la fecha del reporte. Tasa de Interes Promedio Consignar la tasa de interes promedio de cada linea ponderando la tasa de interes por el monto utilizado segun plazos, MORDAZA de linea y destino de la misma.

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