Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 1998 (14/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, sabado 14 de marzo de 1998

Que, conforme se desprende de la declaracion de la Fiscal Provincial, a Fs. 22, curso el Oficio Nº 691-95, de fecha 28 de agosto de 1995 dirigido a la Policia Nacional con el fin de conducir de grado o fuerza al recurrente, lo que implico su detencion; este MORDAZA de notificaciones constituyen limitacion a la MORDAZA de los investigados, forma irregular que viene haciendo uso la Fiscal investigada conforme queda demostrado con las copias de los Partes Policiales de Fs. 66 a 71 efectuados en otras prevenciones. Que, la investigacion contra la Fiscal Provincial se inicio como queja por irregularidades en el ejercicio de sus funciones (Fs. 46), y la Fiscalia Suprema de Control Interno, en cumplimiento del Acuerdo Nº 5081, adoptado por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, resuelve ampliar la Resolucion de fecha 2 de MORDAZA de 1996, para comprenderse tambien la investigacion por el delito de abuso de autoridad (Fs. 85); Que, la conducta de la Fiscal Provincial investigada se encuentra incursa dentro de los alcances del Articulo 376º del Codigo Penal, al haber cometido un acto arbitrario en perjuicio de MORDAZA MORDAZA Roca; por lo que, la presente investigacion debe entenderse como denuncia por delito contra la administracion publica -abuso de autoridad- contra la doctora MORDAZA MORDAZA Yaquetto MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Especial de Prevencion del Delito del Cusco; y, De conformidad con el Informe Nº 106-96-MPF.SUPR.C.I. de Fs. 80 a 81, e Informe Ampliatorio Nº 09297-MP-F.SUPR.C.I. a Fs. 108, emitidos por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Suprema de la Fiscalia Suprema de Control Interno, y lo establecido en el Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 52 - "Ley Organica del Ministerio Publico", el inciso f) de la Tercera Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 26623, Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 296-96-MP-FN-CEMP; la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, estando al Acuerdo Nº 1584, adoptado por unanimidad en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y, en uso de las atribuciones que le confieren las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 26738; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADA la queja presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la doctora MORDAZA MORDAZA Yaquetto MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Especial de Prevencion del Delito del Distrito Judicial del MORDAZA, por irregularidades en el ejercicio de sus funciones; y amparandola la investigacion como denuncia por delito contra la administracion publica -abuso de autoridad- se declara FUNDADA. Decidiendose el ejercicio de la accion penal en su contra. Disponiendose que se remitan los actuados al Fiscal Superior encargado de la gestion de gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial del MORDAZA, para que proceda a la formalizacion de la denuncia penal. Con conocimiento del Consejo Nacional de la Magistratura y de la Oficina de Registro de Fiscales de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 2806 RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 228-98-MP-CEMP MORDAZA, 12 de marzo de 1998

El Oficio Nº 260-98-MP-F.SUPR.C.I que contiene el Expediente Nº 055-97-CI-PUNO relacionado con la denuncia interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calsin contra la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, actual Fiscal Adjunta Provincial de la misma Fiscalia y contra el doctor MORDAZA Neptali MORDAZA MORDAZA, ex Fiscal Adjunto Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, actual Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, por la supuesta comision de los ilicitos penales de Abuso de Autoridad-Incumplimiento de Obligacion, delito contra la Administracion de Justicia-Omision al Ejercicio de la Accion Penal. CONSIDERANDO: Que, del analisis de lo actuado, informes de cargo y de descargo se establece que el 14 de setiembre de 1996 los Fiscales denunciados tomaron conocimiento sobre el fallecimiento de MORDAZA MORDAZA Aceres MORDAZA, ordenando el levantamiento de cadaver y se practique la necropsia respectiva, hecho que motivo la denuncia ante la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calsin. Posterior a esta denuncia se remitio a dicha Fiscalia el Parte Policial Nº 102-PAJ-SP-MP-PNPP de fecha 25 de agosto de 1997 que al ser evaluado la Fiscal Provincial denunciada resolvio declarar No ha Lugar a la formulacion de la denuncia, por el delito de Homicidio y Aborto contra MORDAZA Maquera Terroba, con fecha 26 de agosto. Que, de los actuados se desprende que la Fiscal Provincial MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, actual Fiscal Adjunta Provincial de la misma Fiscalia, ha omitido dar cumplimiento a sus funciones, toda vez que desde la fecha de conocer el fallecimiento de MORDAZA MORDAZA Aceres MORDAZA en setiembre de 1996, durante once meses no exigio ni adopto accion alguna contra la autoridad policial que investigaba estos hechos, incurriendo en la comision del delito previsto en el Articulo 377º del Codigo Penal. En cuanto al delito contra la Administracion de Justicia-Omision al Ejercicio de la Accion Penal tipificado en el Articulo 424º del Codigo Penal se establece que la Fiscal Provincial MORDAZA citada no esta incursa en la comision de este ilicito penal. Que, en cuanto se refiere al doctor MORDAZA Neptali MORDAZA MORDAZA, ex Fiscal Adjunto Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, actual Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, de los actuados se establece que no existen evidencias que acrediten su participacion en la comision de los ilicitos penales denunciados por no adecuarse su conducta a los presupuestos establecidos en dichos ilicitos penales. De conformidad con el Informe Nº 003-98-(CB)-MPF.SUPR.C.I. emitido por la Fiscalia Suprema de Control Interno y con lo establecido en el inciso 2) del Articulo 159º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Legislativo Nº 52 "Ley Organica del Ministerio Publico", Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 296-96-MPFN-CEMP, la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, estando al Acuerdo Nº 1605 adoptado por unanimidad en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nº 26623, Nº 26695 y Nº 26738. RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADA la denuncia formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calsin contra el doctor MORDAZA Neptali MORDAZA MORDAZA, ex Fiscal Adjunto Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, actual Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, por los delitos de Abuso de Autoridad-Incumplimiento de Obligacion y delito contra la Administracion de Justicia-Omision al Ejercicio de la Accion Penal e INFUNDADA la denuncia contra la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, actual Fiscal Adjunta Provincial de la misma Fiscalia, por el delito de Omision del Ejercicio de la Accion Penal.

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