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Pág. 158283 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de marzo de 1998 EN EL CASO QUE EL VALOR DEL PREDIO NO SUPERE LAS TRES (3) UNIDADES IMPOSITIVAS TRI- BUTARIAS SERA DE APLICACION LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 15º Y 16º DE LA PRESENTE ORDE- NANZA. CAPITULO IV TARIFA SOCIAL DE ARBITRIOS Artículo 15º.- DEFINICION.- La tarifa social de arbitrios comprende el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos. Dicha tarifa estará dirigida a los contribuyentes cuyos pre- dios tengan un valor igual o menor a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias. Artículo 16º.- DETERMINACION DE TASAS.- Para determinar el importe trimestral de la tarifa social de arbitrios se tomará en consideración el costo total del servicio, según las tasas siguientes: USO DE ARBITRIOS PREDIO LIMPIEZA PARQUES Y PUBLICA JARDINES TRIMESTRAL S/. S/. 1. Casa/Habitac. 7.00 0.00 2.COMERCIO/INDUST/ SERVICIOS/OTROS MENORES DE 30M2, (CUYO PROPIETARIO SEA EL MISMO DUEÑO DEL PREDIO). 0.00 0.00 DISPOSICIONES FINALES Primera.- El Arbitrio de Relleno Sanitario, se aplicará conforme a las normas establecidas por la Municipalidad de Lima Metropolitana y junto con los arbitrios normados por la presente Ordenanza. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL CHACON SAAVEDRA Alcalde 2934 Exoneran de pago diversas deudas por concepto de arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, a favor de determinados establecimientos comer- ciales e industriales ORDENANZA Nº 005-98/MVMT Villa María del Triunfo, 11 de marzo de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11-3-98, el Proyec- to de Ordenanza presentado por el Regidor Adrián Tarazona, sobre la exoneración de deudas pendientes de pago de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, de enero a diciembre de 1997, a todos los establecimientos comerciales e industriales, que tengan una superficie del local menor a 30 m2 cuyo propie- tario sea el mismo dueño del predio (Casa-Habitación), con la asistencia del Sr. Alcalde, Dr. Rafael Chacón Saavedra, y los Regidores, Sr. Julio Chunga, Sr. Carlos Mejía, Sr. Juan José Castillo, Sra. Sofía Llancari, Dr. Víctor Valle, Eco. Adrián Tarazona, Sr. Ricardo Carranza, Sra. María Lora, Sr. Wilfredo Enríquez, Sr. Carlos Palomino, Sr. Elías Barriga, Sra. Francisca Zea, Sr. Alberto San Miguel, Sr. José Abanto; y, CONSIDERANDO: Que, en el ámbito distrital de Villa María del Triunfo existe una gran cantidad de vecinos que poseen una pequeña actividad comercial dentro de su propiedad predial de uso Casa-Habita- ción y que motivada por la crítica situación económica queatraviesa la población y que esta crisis se manifiesta en la poca actividad comercial, produciéndose de esta manera una cadena de deudas de estos pequeños comerciantes y siendo una de ellas la dificultad de pagar sus arbitrios a la Municipalidad y cons- ciente de esta situación, ésta se ve obligada a sanear dichas deudas pendientes de pago del año 1997, a fin de que la base de datos sea puesta al día y no traiga en el futuro problemas de carácter administrativo; Que, la norma IV PRINCIPIO DE LEGALIDAD - RESER- VA DE LA LEY, del D. Leg. Nº 816 Código Tributario establece en su último párrafo: "Que los Gobiernos Locales mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribucio- nes, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas, dentro de su jurisdicción"; Que, en uso de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 en su Artículo 37º Inc. 1), una de las atribuciones de los Regidores es proponer proyectos de ordenanzas, edictos y acuerdos, se propone lo siguiente; Estando a lo expuesto, y con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Srs. Regidores, Sr. Julio Chunga, Sr. Ricardo Carranza, Sr. Carlos Mejía, Sra. Sofía Llancari, Sr. José Castillo, Sra. María Lora, Dr. Víctor Valle, Eco. Adrián Tarazo- na, Sr. Carlos Palomino, Sr. Elías Barriga, Sr. Alberto San Miguel y con las abstenciones de los Srs. Regidores, Sra. Fran- cisca Zea y Sr. José Abanto, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Exonerar las deudas pendientes de pago de arbitrios de limpieza pública, parques y jardines, a todos los establecimientos comerciales e industriales que se encuentran incursos, en este problema de enero a diciembre de 1997. Artículo 2º.- El beneficio del artículo precedente es sola- mente a los establecimientos comerciales e industriales que tengan una superficie del local menor de 30 m. y cuyo propietario sea el mismo dueño del predio (Casa-Habitación). Artículo 3º.- Encárguese a la Dirección Municipal, Dirección de Rentas, Unidad de Informática y Unidad de Imagen Institucio- nal el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Derogar todas las disposiciones que se opon- gan a la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL CHACON SAAVEDRA Alcalde 3009 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO Disponen efectuar programa de evalua- ción del personal de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 38-98-MPA/R.MPT Azángaro, 12 de marzo de 1998 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26093 se dispone que los titulares de los entes públicos facultados deben cumplir con efectuar semes- tralmente programas de evaluación de personal, de acuerdo a las normas que para tal efecto se establezcan; autorizándose a los referidos titulares a dictar las normas necesarias para la aplicación de dicho dispositivo; Que, el segundo párrafo de la octava disposición transitoria y final de la Ley Nº 26553, Ley del Presupuesto del Sector Público para 1996, ha influido dentro de los alcances del D.L. Nº 23093 a los gobiernos locales; Por tanto es necesario disponer se proceda a efectuar la respectiva evaluación de personal y aprobar las bases del mis- mo, así como su cronograma; En uso de las atribuciones referidas en la Ley Nº 23853 y en concordancia con los dispositivos antes citados; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la evaluación del Programa de Eva- luación del Personal de la Municipalidad Provincial de Azánga- ro, comprendido en el mismo a todo el personal profesional, técnico, administrativo, auxiliar, obreros y empleados.