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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 1998 (19/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 158273 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de marzo de 1998 Instituto Nacional Penitenciario, comunica el resultado de las investigaciones llevadas a cabo en torno a los sucesos ocurridos por el motín que duró entre el 31 de marzo al 2 de abril de 1997, propiciado por las internas del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Mujeres de Trujillo, que trajo como conse- cuencia la toma de rehenes de las servidoras Nélida Semper- tiga Marín y Blanca Gonzales Tavara, habiendo sido encerra- das en el Pabellón de máxima seguridad por el tiempo que dura el motín y los daños ocasionados a las instalaciones del Esta- blecimiento, valorizado en MIL CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,100.00), tal como fluye del Oficio Nº 003-97- INPE-DRN-EPSMT/D de fecha 5 de abril de 1997, señalando que dichas acciones se produjeron por la negligencia en sus funciones de las autoridades responsables de mantener la disciplina y el régimen de vida de las internas; Que, la servidora TERESA AMANDA CHANG SANCHEZ, ex Directora del E.P.S.M. de Trujillo, habría permitido actos de indisciplina a las internas Teresa e Irma Ramos Marín, quienes en estado de ebriedad faltaron el respeto y agredieron en reiteradas oportunidades a las servidoras de turno; e inclusive fueron cabecillas del motín realizado, sin embargo, la falta de autoridad de la citada servidora y la benevolencia de las medi- das correctivas aplicadas a través del Consejo Técnico Peniten- ciario, con la interna Teresa Ramos Marín, permitiendo que estos hechos persistan. Por otro lado la falta de control permitía el ingreso de bebidas alcohólicas, sin haber adoptado ninguna medida para corregir dichas anormalidades; Que, los servidores TERESA AMANDA CHANG SANCHEZ, ex Directora; JORGE IZQUIERDO QUIJANO, Administrador; RAQUEL DIAZ PATIÑO, psicóloga; IVAN TABOADA VIVES, abogado; y LUISA DEL PILAR SANCHEZ GONZALES, asisten- ta social; integrantes del Consejo Técnico Penitenciario del E.P.S. de Mujeres de Trujillo, no adoptaron oportunamente las medidas del caso al no haber opinado el traslado de la interna Teresa Ramos Marín, a otro establecimiento que ofrezca mayo- res garantías, no resultando sorprendente que esta interna, aparezca siendo una de las cabecillas durante el día del amoti- namiento, pese a que había incurrido reiterada vez en actos de indisciplina y la agresión en contra de las servidoras del citado Establecimiento Penitenciario, resquebrajando el principio de autoridad, consecuentemente dichos servidores habrían incum- plido el numeral 04 del Art. 110º del Decreto Legislativo Nº 654 - Código de Ejecución Penal y los Incs. a) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276; grave falta tipificada en los Incs. a) y d) del Art. 28º del mismo dispositivo legal; Estando al Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 26814 y la Resolución Ministerial Nº 077-93-JUS modificado por Resolu- ción Ministerial Nº 006-98-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo discipli- nario a los servidores del Instituto Nacional Penitenciario, TERESA AMANDA CHANG SANCHEZ, ex Directora del E.P.S. de Mujeres de Trujillo; JORGE IZQUIERDO QUIJANO, Admi- nistrador; RAQUEL DIAZ PATIÑO, psicólago; IVAN TABOA- DA VIVES, abogado; y LUISA DEL PILAR SANCHEZ GON- ZALES, asistenta social, e integrantes del Consejo Técnico Penitenciario del E.P.S. de Mujeres de Trujillo de la Dirección Regional Norte; por los motivos expuestos en la parte conside- rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los servidores procesados tienen derecho de formular su descargo escrito y presentar las pruebas convenien- tes a su defensa, ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Peniten- ciario, dentro del término de Ley. Artículo 3º.- Notifíquese la presente resolución a través del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente 2971 CONASEV Disponen inscribir bonos subordina- dos en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 093-98-EF/94.11 Lima, 13 de marzo de 1998VISTOS: El Expediente Nº 98/00105 del BANCO REGIONAL DEL NORTE - NORBANK, y el Memorándum Ejecutivo Nº 086-98- EF/94.40 de fecha 11 de marzo de 1998 de la Gerencia de Mercado de Valores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 14 del Artículo 221º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, las empresas bancarias pueden emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera, incluidos los subordinados, siempre que sean de su propia emisión; Que, la Junta General Extraordinaria de Accionistas del BANCO REGIONAL DEL NORTE - NORBANK, celebrada el 2 de febrero de 1998, acordó la segunda emisión de bonos subor- dinados, para ser colocados mediante oferta pública, hasta por un valor de Cinco Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00) así como los demás términos y condiciones de la presente emisión; Que, mediante Resolución SBS Nº 210-98 de fecha 19 de febrero de 1998, la Superintendencia de Banca y Seguros auto- rizó la presente emisión de bonos subordinados; Que, el BANCO REGIONAL DEL NORTE - NORBANK ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y el Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolu- ción CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0, modificado por Resolu- ción CONASEV Nº 600-97-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el inciso g) del Artículo 11º del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, Ley del Mercado de Valo- res, Decreto Legislativo Nº 861, así como a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional, reunido en sesión de fecha 22 de setiembre de 1997, que faculta al Gerente General a disponer la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de los valores cuya emisión tenga autorización de la Superintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores los bonos subordinados denominados "Bonos Subordi- nados Norbank - Banco Regional - Segunda Emisión" del BAN- CO REGIONAL DEL NORTE - NORBANK, los que serán emitidos y colocados por oferta pública, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstos en el contrato de emisión, con sujeción a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 2º.- El prospecto informativo a ser utilizado obli- gatoriamente por el BANCO REGIONAL DEL NORTE - NOR- BANK para la difusión de la oferta pública contiene las caracte- rísticas de los valores a emitir y debidamente visado será devuelto al recurrente, conservándose copia del mismo en el Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV. Artículo 3º.- Los recursos que capte el BANCO REGIO- NAL DEL NORTE - NORBANK por la emisión por oferta pública de los bonos que se inscriben en el Registro Público del Mercado de Valores mediante la presente Resolución deberán destinarse al financiamiento de las operaciones crediticias del BANCO REGIONAL DEL NORTE - NORBANK. Artículo 4º.- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta pública deberá sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emisión y a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 5º.- La colocación de los bonos, a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución deberá efectuarse en un plazo no mayor a nueve (9) meses, desde la fecha de inscripción del valor en el Registro Público del Mercado de Valores, prorro- gable hasta por un período máximo de nueve (9) meses a petición de parte. Artículo 6º.- El BANCO REGIONAL DEL NORTE - NOR- BANK, queda obligado a presentar a esta Comisión Nacional la información a que se refiere el Artículo 13º del Reglamento de Oferta Pública Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0, modificado por Resolución CONASEV Nº 393-95-EF/94.10 y el Artículo 39º del Reglamento de Registro Público del Mercado de Valores, apro- bado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10. Asimis- mo, en la fecha en que se culmine la colocación de la oferta pública de bonos, la empresa emisora deberá poner el hecho en conocimiento de la CONASEV. Artículo 7º.- El BANCO REGIONAL DEL NORTE - NORBANK, queda obligado a insertar el texto de la presente Resolución en la escritura pública de emisión de los bonos que se otorgue por la presente emisión, así como a remitir a CONASEV el correspondiente testimonio, dentro de los treinta (30) días siguientes a su otorgamiento. Artículo 8º.- La inscripción a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no implica que CONASEV recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las pers- pectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesa- dos en el Registro Público del Mercado de Valores.