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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 1998 (19/03/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 158281 NORMAS LEGALES Lima, jueves 19 de marzo de 1998 Que, la Dirección de Rentas en su Informe Nº 030-98-DR/ MDA, solicita se prorrogue el plazo para el pago al contado del Impuesto Predial correspondiente al Ejercicio Fiscal 1998, has- ta el 31.3.98, por las razones que en él expone. Que, el Art. 28º último párrafo del Código Tributario - D.L. Nº 816, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser prorrogado con carácter general por la Administra- ción Tributaria. Contando con la visación de la Dirección de Rentas, de la Dirección Municipal y de la Oficina de Asesoría Legal, y en concordancia con el Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853. SE DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar el plazo para el pago al contado del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio Fiscal 1998 has- ta el 31.3.98. Artículo 2º.- Encargar a las Direcciones de Rentas y Admi- nistración, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo 3º.- Encargar a Secretaría General la publicación y a la Oficina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE D. MEJIA TARAZONA Alcalde 3007 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan y regulan venta de nichos en forma fraccionada DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-98-DASS Santiago de Surco, 17 de marzo de 1998 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, con Decreto de Alcaldía Nº 1025-95 de fecha 2-10-95, se reajustaron los valores de los nichos y servicios de acuerdo con el índice de precios al consumidor, relacionados con el Cemente- rio Municipal; Que, la Alcaldía tiene como política brindar el mejor servicio humanitario a los vecinos del distrito y en especial para quienes recurren a solicitar la adquisición de un nicho; Con las visaciones del Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto, Jefe de la Oficina de Administración, Direc- tora de Servicios Comunales, del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Subdirectora de Registros Civiles y Cementerio; Y las facultades que le confiere los Artículos 47º Inc. 6) y 111º de la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades; DECRETA: 1º.- Autorizar a la Dirección de Servicios Comunales a vender los nichos en forma fraccionada a quien lo solicite en un máximo de cinco (5) cuotas. 2º.- Disponer que la primera cuota en efectivo, no debe ser menor del 50% del valor del nicho y el saldo deberá ser recupe- rado a los 30, 60, 90 y 120 días calendario. 3º.- Exigir como garantía la firma de letras por el solicitante o garante mancomunado quien firmará también las letras que cubran el monto del saldo; debiendo aplicarse a partir del segundo pago los intereses con la tasa bancaria promedio para las operaciones activas del sistema financiero. 4º.- El Jefe de la Oficina de Administración y la Directora de Servicios Comunales, serán los encargados de dar cumplimien- to a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 3047 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 006-98-MDS Mediante Oficio Nº 576-98-SEGE-MDS, la Municipalidad de Surquillo solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 006-98-MDS, publicada en nuestra edición del día 16 de marzo de 1998, página 158170. DICE: "Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dicta- men Nº 006-98-CR-SR-MDS de la Comisión de Rentas, sobre efectuar un descuento del 90% sobre la multa determinada en el Artículo 27º, Inc. c) de la Ordenanza Nº 009-98-MDS..." DEBE DECIR: "Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dicta- men Nº 006-98-SR-MDS, de la Comisión de Rentas, sobre efectuar un descuento del 90% sobre la multa determinada en el Artículo 27º, Inc. c) de la Ordenanza Nº 009-97-MDS..." 3000 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Aprueban Ordenanza que regula Régi- men Tributario de los Arbitrios de Lim- pieza Pública, Parques y Jardines Pú- blicos ORDENANZA Nº 004-98/MVMT Villa María del Triunfo, 11 de marzo de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO : En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 11-3-98, el Proyec- to de Ordenanza presentado por el Regidor Eco. Adrian Tara- zona Fernández, referente a la Tasa de Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fiscal 1998, con la asistencia del Sr. Alcalde Dr. Rafael Chacón Saavedra y los Regidores Sr. Julio Chunga, Sr. Carlos Mejía, Sr. Juan José Castillo, Sra. Sofía Llancari, Dr. Víctor Valle, Eco. Adrián Tarazona, Sr. Ricardo Carranza, Sra. María Lora, Sr. Wilfredo Enríquez, Sr. Carlos Palomino, Sr. Elías Barriga, Sra. Francisca Zea, Sr. Alberto San Miguel, Sr. José Abanto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobier- nos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales ; Que, en los Gobiernos Locales el Concejo Municipal cumple la función normativa de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución; Que, el Concejo Municipal de Villa María del Triunfo ejerce su función normativa a través de Ordenanzas, entre otros dispositivos las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo establecido en el numeral 4) del Artículo 200º de la Consti- tución y la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributa- rio ; Que, mediante Ordenanzas la Municipalidad distrital de Villa María del Triunfo regula el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines, respectiva- mente con la finalidad de administrar y financiar el costo de los mencionados servicios de uso público ; Que, de conformidad con el Artículo 69º del Decreto Legis- lativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, modificado y ampliado por Ley Nº 26725, las Tasas por Servicios Públicos se