Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 1998 (19/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 19 de marzo de 1998

1998, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario al servidor del INPE, Agente Penitenciario JESUSINIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador del Establecimiento Penitenciario de Procesados San MORDAZA de la Direccion Regional Norte, por incurrir en falta disciplinaria tipificada en el Inc. k) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, al no haber justificado sus inasistencias a su centro de trabajo durante todo el mes de junio hasta el 10 de MORDAZA de 1997, por mas de tres dias consecutivos en un periodo de treinta dias calendario; Que, transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para presentar el descargo y las pruebas pertinentes, el servidor MORDAZA mencionado, no ha ejercitado el derecho de defensa que le asiste, por consiguiente subsiste el cargo atribuido en su contra; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 26814 y la Resolucion Ministerial Nº 077-93-JUS modificado por Resolucion Ministerial Nº 006-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION al servidor del Instituto Nacional Penitenciario, Agente Penitenciario JESUSINIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador del Establecimiento Penitenciario de Procesados San MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente 2968 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 132-98-INPE-CR-P MORDAZA, 17 de marzo de 1998 Vistos, el Informe Nº 044-98-INPE/CPPAD de fecha 26 de febrero de 1998, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 047-98-INPE-CR-P de fecha 4 de febrero de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de febrero de 1998, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario al servidor del INPE, chofer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por incurrir en falta administrativa tipificada en el Inc. k) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, al no haber justificado sus inasistencias a su centro de trabajo en la sede central del Instituto Nacional Penitenciario, a partir del 19 de diciembre de 1997 por mas de tres dias consecutivos en un periodo de treinta dias calendario; Que transcurrido en exceso el plazo establecido en el Art. 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, para presentar el descargo y las pruebas pertinentes, el servidor MORDAZA mencionado, no ha ejercitado el derecho de defensa que le asiste, por consiguiente subsiste el cargo atribuido en su contra; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 26814 y la Resolucion Ministerial Nº 077-93-JUS modificado por Resolucion Ministerial Nº 006-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION al servidor del Instituto Nacional Penitenciario, chofer MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente 2970

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex servidor y servidores del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 131-98-INPE-CR-P MORDAZA, 17 de marzo de 1998 Vistos, el Informe Nº 048-98-INPE/CPPAD de fecha 26 de febrero de 1998, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja Informativa Nº 055-97-INPE/AG de fecha 14 de MORDAZA de 1997 la Oficina General de Auditoria del Instituto Nacional Penitenciario, comunica las irregularidades en el traslado de los internos MORDAZA MORDAZA Penaherrera y MORDAZA MORDAZA Penaherrera del E.P.R.E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y E.P. de Mujeres - Chorrillos respectivamente al Establecimiento Penitenciario de Sentenciados - Iquitos, el cual se efectua, para el primero de los senalados el 22 de marzo y la MORDAZA el 16 de marzo de 1997, en forma apresurada sin solicitar a las Autoridades de la Corte Superior de MORDAZA la reiteracion de la solicitud de traslado, pese a que, por Resolucion Administrativa Nº 328CME-PJ de fecha 25 de febrero de 1997 se crea las MORDAZA Superiores y Juzgados Especializados en delito de TID en la MORDAZA de MORDAZA, con competencia a nivel nacional, tampoco se habia observado que, en los Oficios Nº 10,945-96-SP y Nº 10,94696-SP de fecha 18 de diciembre de 1996, emitido por el Presidente de la Sala Penal de Corte Superior de MORDAZA, donde no se indicaba la fecha de audiencia de los internos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Penaherrera y MORDAZA MORDAZA Penaherrera, por estos hechos asumen responsabilidad administrativa el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Diligencias Judiciales del Establecimiento Transitorio de Procesados de MORDAZA, por haber tramitado el traslado del interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA Penaherrera; y el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Ingresos y Egresos del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos, por haber tramitado el traslado de la interna MORDAZA MORDAZA Penaherrera; Que, ha quedado evidenciado que el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han incumplido los Incs. a) y d) del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en los Incs. a) y d) del Art. 28º del mismo dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 26814 y la Resolucion Ministerial Nº 077-93-JUS modificado por Resolucion Ministerial Nº 006-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Jefe de Diligencias Judiciales del E.T.P. de MORDAZA y al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Ingresos y Egresos del E.P.M. de Chorrillos del Instituto Nacional Penitenciario, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los procesados tienen derecho de formular su descargo y presentar las pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INPE, en el termino que fija la Ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente 2969 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 133-98-INPE/CR/P MORDAZA, 17 de marzo de 1998 Vistos, el Informe Nº 033-98-INPE/CPPAD de fecha 6 de febrero de 1998, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja Informativa Nº 023-97-INPE/AG de fecha 24 de MORDAZA de 1997, la Oficina General de Auditoria del

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