Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 1998 (19/03/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 19 de marzo de 1998

NORMAS LEGALES

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El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, consecuentemente, nulo y sin efecto legal el Acuerdo de fecha 13 de febrero de 1998, expedido por el Concejo Distrital de Congalla, que declara vacancia al cargo de MORDAZA de dicho Concejo, que ostenta don MORDAZA MORDAZA Chuquiyauri. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debe continuar ejerciendo el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Congalla de la provincia de Angaraes. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA MARINA; MORDAZA GONZALES; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 3038

INPE
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex servidor del Establecimiento Penitenciario del Callao
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 128-98-INPE-CR/P MORDAZA, 17 de marzo de 1998 Vistos, el Informe Nº 047-98-INPE/CPPAD de fecha 26 de febrero de 1998, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante la Hoja Informativa Nº 035-97-INPE/AG de fecha 14 de MORDAZA de 1997, la Oficina General de Auditoria del Instituto Nacional Penitenciario, comunica que, el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogado del Establecimiento Penitenciario del Callao, fue denunciado por los internos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA L. Nacarino Chicoma y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA recluidos en dicho Establecimiento, al habersele solicitado la suma de S/. 30.00, S/. 200.00 y S/. 120.00 respectivamente, con la finalidad de acelerar el tramite de beneficio penitenciario y redactar los escritos para presentarlos ante los Juzgados donde se ventilan sus procesos. Asimismo, se habria apersonado hasta en dos oportunidades al domicilio de la Sra. MORDAZA Pereyra Koike, esposa del interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para cobrarle la suma de S/. 120.00, por prepararle un escrito, segun aduce el referido profesional fue para coordinar con los familiares y acelerar los tramites de su beneficio solicitado; Que, el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su condicion de abogado del E.P. del Callao, ha incurrido en las prohibiciones que establece el Inc. b) del Art. 23º del Decreto Legislativo Nº 276, que constituye falta administrativa tipificada en los Incs. a), d), h) y j) del Art. 28º del mismo dispositivo legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Ley Nº 26814 y la Resolucion Ministerial Nº 077-93-JUS modificado por Resolucion Ministerial Nº 006-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al ex servidor del Instituto Nacional Penitenciario, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogado del Establecimiento Penitenciario del Callao, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El procesado tiene derecho de formular su descargo y presentar las pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del INPE, en el termino que fija la Ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NAKANDAKARI KANASHIRO Presidente 2967

SAFP
Autorizan a AFP el cambio de direccion de oficina de asesoramiento previsional ubicada en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 101-98-EF/SAFP MORDAZA, 16 de marzo de 1998 VISTOS: La Resolucion Nº 218-96-EF/SAFP de fecha 96.5.7, la Comunicacion GG AL Nº 53-98 de Profuturo AFP de fecha 98.2.24, recibida en esta Superintendencia con Registro Nº 042127 y el Memorandum Nº 151-98/SAFP.3 de la Intendencia de Control de Instituciones e Inversiones; CONSIDERANDO: Que, mediante la comunicacion de Vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de direccion de su Oficina de Asesoramiento Previsional de la MORDAZA de MORDAZA, ubicada en la Av. 28 de MORDAZA Nº 556, Of. 301, a un MORDAZA local ubicado en la Av. Grau Nº 166, de la misma ciudad; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la Certificacion de que el MORDAZA local cumple con las condiciones de funcionamiento y operatividad establecidas por la Resolucion Nº 05398-EF/SAFP; Que, mediante Resolucion Nº 218-96-EF/SAFP del 96.5.7, se autorizo a Profuturo AFP el establecimiento, entre otras, de una Oficina de Asesoramiento Previsional en la localidad de Huacho; Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 220-92EF, y la Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a Profuturo AFP, el cambio de direccion de su Oficina de Asesoramiento Previsional de la MORDAZA de MORDAZA, ubicada en la Av. 28 de MORDAZA Nº 556 - Of. 301, por la siguiente direccion: - Avenida Grau Nº 166 MORDAZA Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Registro Nº PR-OAP05, que fuera emitido al MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion Nº 21896-EF/SAFP. Articulo 3º.- Expedir y otorgar el Registro Nº PR-OAP17, en la direccion referida en el Articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Profuturo AFP, a efecto del cierre de la Oficina de Asesoramiento Previsional que se autoriza por la presente Resolucion, debera dar cumplimiento a lo establecido en el MORDAZA parrafo (parte final) del Articulo 25º de la Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 2953

Sancionan con destitucion a servidores del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 130-98-INPE-CR-P MORDAZA, 17 de marzo de 1998 Vistos, el Informe Nº 045-98-INPE/CPPAD de fecha 26 de febrero de 1998, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora Nº 045-98-INPE-CR-P de fecha 4 de febrero de 1998, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7 de febrero de

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