Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 1998 (15/05/1998)


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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 1998
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Abrir el establecimiento estando clausurado. Consignar datos falsos en la solicitud de declaracion jurada de autorizacion municipal. No dar aviso del cierre del establecimiento. Cambiar de nombre o razon social sin la respectiva autorizacion municipal Por no haber iniciado el tramite de Continuidad de Funcionamiento conforme lo dispuesto por la Ordenanza Nº 009-97 MDS Ampliar el giro sin autorizacion municipal. No exhibir en lugar visible el original de la autorizacion municipal Funcionar excediendo el horario de autorizacion municipal, En caso de reincidencia, sin perjuicio de clausura temporal. Carecer de papeleras con tapa en la MORDAZA de ingreso del establecimiento comercial. Carecer de Licencia Especial Municipal de Inscripcion o Renovacion. En caso de reincidencia, sin perjuicio de clausura temporal. Emplear los servicios higienicos como deposito. Exhibir mercaderias fuera del establecimiento comercial y/o en el retiro municipal sin la autorizacion municipal. Trabajar con licencia provisional vencida (Decreto Legislativo Nº 705), sin perjuicio de clausura temporal. No conducir personalmente el puesto de MORDAZA, sin perjuicio de la declaracion de vacancia Ausentarse del puesto por mas de ocho dias sin comunicar al administrador del MORDAZA, sin perjuicio de la declaracion de vacancia. Tener el puesto en mal estado de higiene o conservacion Modificar el puesto y/o tienda municipal sin autorizacion, sin perjuicio de reponerlo a su estado anterior. Traspasar el puesto, sin perjuicio de su clausura y declaracion de vacancia. Almacenar, vender o consumir bebidas alcoholicas y/o fomentar y participar en juegos de azar dentro del mercado. Ocupar mayor extension que la que corresponde al area del puesto. Carecer de libreta de control, de carnes y menudencias o no tenerla actualizada, con el sello respectivo Permanecer en el interior del MORDAZA despues de la hora de cierre Instalar en la via publica kioscos, puestos, carretillas, cajones o modulos para ejercer actividad comercial o de servicios, sin autorizacion municipal, sin perjuicio de la erradicacion y/o decomiso. Tener el kiosco, modulo o similares autorizados en mal estado de higiene o conservacion. Vender productos similares fuera del modulo de comercio o local comercial, o almacenarlos (ocupacion via publica) No exhibir la autorizacion municipal del trabajador MORDAZA ambulante en lugar visible. Vender productos diferentes al giro autorizado Trabajar en la via publica fuera del horario establecido. Expender comida en la via publica, sin perjuicio del decomiso. No retirar el modulo del lugar asignado, pasado el horario de atencion sin perjuicio del decomiso Ejercer actividad economica en MORDAZA no autorizada, sin perjuicio del decomiso. Por Instalacion de anuncio y/o elemento fijo de publicidad exterior sin autorizacion municipal en bienes de propiedad privada. a) Hasta 10 m2 c/u. b) De 11 m2 a 15 m2 c/u. c) De 16 m2 a 30 m2 c/u. d) De 31 m2 a 50 m2 c/u. e) De 51 m2 a mas Sin perjuicio de la extraccion o decomiso. Por instalacion de anuncio y/o elemento fijo de publicidad exterior en forma distinta a la autorizada. a) Hasta 10 m2 c/u. b) De 11 m2 a 15 m2 c/u. c) De 16 m2 a 30 m2 c/u. d) De 31 m2 a 50 m2 c/u. e) De 51 m2 a mas Sin perjuicio de la extraccion o decomiso. Por instalacion de elementos fijos de publicidad exterior en espacios publicos sin autorizacion municipal sin perjuicio de la extraccion o decomiso. a) Hasta 10 m2 c/u. b) De 11 m2 a 15 m2 c/u. c) De 16 m2 a 30 m2 c/u. d) De 31 m2 a 50 m2 c/u. e) De 51 m2 a mas Sin perjuicio de la extraccion o decomiso. Exhibir anuncios pintados, paramentos en MORDAZA, fachadas, postes, etc. Sin perjuicio de restituirlo a su estado original. Continuar exhibiendo el anuncio y/o elemento fijo de publicidad exterior habiendo solicitado el cese.

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UIT UIT UIT UIT UIT UIT UIT UIT UIT

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