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Pág. 159839 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de mayo de 1998 Banca y Seguros-, la Circular Nº B-1996-97 y Res. SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a la Compañía Almace- nera S.A. el cierre de la agencia ubicada en la Av. Angamos Nº 208 del distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 5162 Prorrogan plazo otorgado a empresas bancarias para que procedan a enaje- nar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCION SBS Nº 434-98 Lima, 29 de abril de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajena- ción de los bienes muebles e inmuebles que forman parte del Anexo de la presente resolución adjudicados en pago de deudas, presentada por el Banco Continen- tal, conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes mue- bles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenación se haya efectuado, la empresa deberá constituir una provisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "C" mediante el Informe Nº ASIF "C" 077-OT/98 y a lo opinado por los Superintendentes Adjuntos de Banca y Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Continental proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte inte- grante de la presente resolución. Artículo 2º.- Vencido el plazo de prórroga otorgado al Banco Continental, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215º de la Ley General, debiendo constituir la correspondiente provisión con cargo a los resultados del mes en que venció el referido plazo.Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros ANEXO (Resolución SBS Nº 434-98) BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (ARTICULO 215º DE LA LEY Nº 26702, LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS) FECHA DE VALOR EN PRORROGA DIRECCION / CONCEPTO DEPARTA- ADJUDICA- LIBROS DE TENENCIA MENTO CION (Soles) Lote 6, Mz. "O", Fte. A Calle A. Ugarte, Arequipa 97.5.2 58 397.53 98.11.2 Urb. Libertad, Cerro Colorado Dos (2) cuadros 0,35 x 0,30 cm. - Carlos Baca Lima 97.5.12 83 801.54 98.11.12 Jr. Lamas Nº 251 - Dist. de Morales San Martín 97.5.19 12 014.65 98.11.19 Calle Enrique Barreda Nº 598 Lima 97.5.26 98 000.00 98.11.26 Jr. Manuel Ugarte Chamorro Nº 330 Lima 97.5.26 112 000.00 98.11.26 Jr. Moyobamba Nº 179 - Distrito de Morales San Martín 97.5.30 3 518.55 98.11.30 Lote 3, Mz. 3, Av. Perú Nº 113 Arequipa 97.5.30 85 026.06 98.11.30 Zona A - Alto la Libertad Lote 8, Mz. "C" Asoc. de Viv. Trabajadores Huánuco 97.6.5 10 532.17 98.12.5 del IPSS Jr. Independencia Nº 734, Barrio de Zaragoza Moyobamba 97.6.6 53 200.00 98.12.6 Puente Peatonal Huáscar - Concepción Huancayo 97.6.17 176 407.03 98.12.17 Calle Carlos Núñez de Arco Nº 174 Callao 97.6.20 140 000.00 98.12.20 Sector Higuerones Comprensión Bellavista Cajamarca 97.6.20 71 610.14 98.12.20 Jr. Juan Santos Atahualpa s/n Huánuco 97.6.24 11 219.48 98.12.24 PP.JJ. 15 de Mayo Mobiliario Lima 97.6.26 8 400.00 98.12.26 Cuadros Varios Lima 97.6.26 280 000.00 98.12.26 Av. San Juan Nºs. 340-336 Lima 97.6.26 420 457.80 98.12.26 3 cilindros de resina fenocolas x 125 k. c/u Lima 97.6.27 1 400.00 98.12.27 10 cajas de vino decania roja Lima 97.6.27 733.65 98.12.27 Utiles escolares y de escritorio Lima 97.6.27 547 372.56 98.12.27 Fajas de caucho en V Lima 97.6.30 280 000.00 98.12.30 TOTAL 2 454 091.16 5164 RESOLUCION SBS Nº 444-98 Lima, 6 de abril de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para la enajena- ción de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolución recuperados por el Banco Intera- mericano de Finanzas S.A.E.M.A. como consecuencia de la resolución de un contrato de arrendamiento financiero, conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financie- ro y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin- tendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que se haya efectua-