Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 1998 (15/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 15 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

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Banca y Seguros-, la Circular Nº B-1996-97 y Res. SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Compania Almacenera S.A. el cierre de la agencia ubicada en la Av. Angamos Nº 208 del distrito, provincia y departamento de Arequipa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 5162

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros
ANEXO (Resolucion SBS Nº 434-98) BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA
(ARTICULO 215º DE LA LEY Nº 26702, LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS) FECHA DE DIRECCION / CONCEPTO DEPARTA- ADJUDICAMENTO CION VALOR EN LIBROS (Soles) PRORROGA DE TENENCIA

Prorrogan plazo otorgado a empresas bancarias para que procedan a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 434-98 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes muebles e inmuebles que forman parte del Anexo de la presente resolucion adjudicados en pago de deudas, presentada por el Banco Continental, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "C" mediante el Informe Nº ASIF "C" 077-OT/98 y a lo opinado por los Superintendentes Adjuntos de Banca y Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Continental proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco Continental, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituir la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que vencio el referido plazo.

Lote 6, Mz. "O", Fte. A MORDAZA A. Ugarte, Urb. MORDAZA, Cerro Colorado Dos (2) MORDAZA 0,35 x 0,30 cm. - MORDAZA MORDAZA Jr. Lamas Nº 251 - Dist. de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 598 Jr. MORDAZA Ugarte MORDAZA Nº 330 Jr. Moyobamba Nº 179 - Distrito de MORDAZA Lote 3, Mz. 3, Av. Peru Nº 113 MORDAZA A - Alto la MORDAZA Lote 8, Mz. "C" Asoc. de Viv. Trabajadores del IPSS

MORDAZA MORDAZA San MORDAZA MORDAZA MORDAZA San MORDAZA MORDAZA MORDAZA

97.5.2 97.5.12 97.5.19 97.5.26 97.5.26 97.5.30 97.5.30 97.6.5 97.6.6 97.6.17 97.6.20 97.6.20 97.6.24 97.6.26 97.6.26 97.6.26 97.6.27 97.6.27 97.6.27 97.6.30

58 397.53 83 801.54 12 014.65 98 000.00 112 000.00 3 518.55 85 026.06 10 532.17 53 200.00 176 407.03 140 000.00 71 610.14 11 219.48 8 400.00 280 000.00 420 457.80 1 400.00 733.65 547 372.56 280 000.00 2 454 091.16

98.11.2 98.11.12 98.11.19 98.11.26 98.11.26 98.11.30 98.11.30 98.12.5 98.12.6 98.12.17 98.12.20 98.12.20 98.12.24 98.12.26 98.12.26 98.12.26 98.12.27 98.12.27 98.12.27 98.12.30

Jr. Independencia Nº 734, Barrio de MORDAZA Moyobamba MORDAZA Peatonal Huascar - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez de Arco Nº 174 Sector Higuerones Comprension Bellavista Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA s/n PP.JJ. 15 de MORDAZA Mobiliario MORDAZA Varios Av. San MORDAZA Nºs. 340-336 3 cilindros de resina fenocolas x 125 k. c/u 10 MORDAZA de vino decania roja Utiles escolares y de escritorio Fajas de caucho en V TOTAL Huancayo Callao MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

5164 RESOLUCION SBS Nº 444-98 MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion recuperados por el Banco Interamericano de Finanzas S.A.E.M.A. como consecuencia de la resolucion de un contrato de arrendamiento financiero, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectua-

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