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Pág. 159838 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de mayo de 1998 do que el hijo de la quejosa Susana Alagón de Morales, llamado Amílcar Morales en una ocasión le ofreció un obsequio, pretensión que no fue aceptada por el procesado y que el día 7 de mayo de 199 7 se constituyó al domicilio del quejoso Juan Alvarado Ojeda por la deuda que tenía por la confección de un saco, habiendo comentado con la cónyuge de éste sobre el estado de su proceso; Que, del análisis de la documentación obrante en autos, se colige que el servidor Juan Vega Gonzales ha incumplido con el deber que tiene todo empleado pú- blico de desempeñar sus funciones con honestidad, incurriendo en falta administrativa disciplinaria pre- vista en el inciso h) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 al hacer uso de la función pública con fines de lucro, hecho que se traduce del contenido de las diver- sas quejas presentadas que precisan denuncias sobre hechos similares, los cuales no han sido desvirtuados, por lo que subsistiendo los cargos imputados, que a la vez constituyen ilícitos penales y teniendo en cuenta que la actitud del indicado servidor desprestigia la buena imagen del Ministerio Público, es necesario de acuerdo a la gravedad de la falta se aplique la sanción que corresponda, sin perjuicio de enviar copia de los actuados al Fiscal Superior de Gobierno del Distrito Judicial del Cusco para que instruya que el Fiscal Provincial Penal de Turno que actúe de acuerdo a sus atribuciones, respecto al delito de corrupción de fun- cionarios contra el servidor procesado; Contando con las visaciones de los miembros de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios y de conformidad con lo dispuesto en la Segunda y Cuarta Disposiciones Transitorias, Comple- mentarias y Finales de la Ley Nº 26623 y sus ampliato- rias, Leyes Nºs. 26695 y 26738; Artículo 11º incisos b) y k) del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público aprobado por Resolución Nº 035-96-MP-FN-CEMP, Artículo 10º numeral 10.2.3 del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la Secretaría Ejecutiva del Ministerio Públi- co, Reglamento Normativo de Procesos Administrativos Disciplinarios y sus modificatorias, incisos a), d) y h) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa y de Remuneraciones del Sector Público, apro- bado mediante Decreto Legislativo Nº 276, con el infor- me emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las facultades de- legadas por el Titular del Pliego en mérito al Artículo 1º de la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Ministerio Público Nº 121-97-SE-TP-CEMP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- IMPONER la medida disciplina- ria de DESTITUCION al servidor JUAN FRANCISCO VEGA GONZALES, Técnico en Abogacía I de la Segunda Fiscalía Superior Civil del Distrito Judicial del Cusco, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- El servidor destituido no podrá reingresar a la administración pública hasta después de cinco (5) años, computados desde el día siguiente de su notificación de la presente resolución. Artículo Tercero.- Remitir copias autenticadas de la presente resolución a las Gerencias Centrales de Perso- nal, Auditoría Interna, Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios; a la Presidencia del Consejo de Ministros y al interesado, para su conoci- miento y fines pertinentes. Artículo Cuarto.- Enviar copia de los actuados al Fiscal Superior Encargado de Gobierno del Distrito Judi- cial del Cusco, a efecto que instruya al Fiscal Provincial Penal de Turno para que actúe de acuerdo a sus atribucio- nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL ALBERTO CHAVEZ MUÑOZ Gerente General 5197S B S Cancelan inscripción de empresa del Registro Oficial de Corredores de Seguros RESOLUCION SBS Nº 426-98 Lima, 29 de abril de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS: VISTA: La solicitud presentada por el señor Alejandro La Rosa Uribe, para que se cancele la inscripción de la empresa A. La Rosa U. E.I.R.L. Corredores de Seguros del Registro Oficial de Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de Acuerdo del Titular de fecha 2 de enero de 1998, se procede a la disolución de la empresa; asimismo, quedó nombrado como Liquidador de la empre- sa al señor José Fernando Castro La Rosa; Que, la documentación presentada por el Titular de la empresa acredita que el acuerdo a que se refiere el considerando anterior, se encuentra inscrito en la Partida Nº 01544438 del Registro de Personas Jurídi- cas de Lima; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 11º de la Resolución SBS Nº 381-91 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Unico.- Cancelar el certificado de inscrip- ción Nº J-486 de la empresa A. La Rosa U. E.I.R.L. Corredores de Seguros S.A. del Registro Oficial de Corre- dores de Seguros, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 5220 Autorizan a empresa el cierre de agencia ubicada en la provincia de Arequipa RESOLUCION SBS Nº 428-98 Lima, 29 de abril de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la Compañía Almacenera S.A. para que se le autorice el cierre de la agencia ubicada en el distrito de Arequipa, provincia de Arequipa, depar- tamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cierre solici- tado; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "A" mediante Informe Nº ASIF"A"- 065-OT/98; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de