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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 1998 (15/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 159837 NORMAS LEGALES Lima, viernes 15 de mayo de 1998 Sancionan con destitución a servido- res de los distritos judiciales de Puno y Cusco RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 051-98-MP-FN-GG Lima, 29 de abril de 1998 VISTO: El Informe Nº 010-98-MP-FN-CPPAD, y demás docu- mentos relacionados con la presunta falta administrativa de carácter disciplinario del servidor Marco Antonio Cá- ceres Paredes, ex Delegado Administrativo del Distrito Judicial de Puno. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 181-97-MP-FN-GG, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al servidor Marco Antonio Cáceres Paredes, ex Delegado Administrativo del Distrito Judicial de Puno, tomando como sustento el Informe Nº 36-96-MP-FN- DICAI "Examen Especial al Distrito Judicial de Puno" del Organo de Auditoría Interna; Que, el Organo de Auditoría Interna precisa en el Informe antes señalado que se han verificado faltantes de bienes tales como escritorios, archivadores, máquinas de escribir, entre otros. Asimismo se ha determinado que existen bienes: escritorios, máquinas de escribir, sillas, etc., que no se encuentran registrados en los inventarios del citado Distrito Judicial y que no fueron informados a los Departamentos de Control Patrimonial, Logística y Almacén, hechos por los cuales le asiste responsabilidad administrativa al ex Delegado Administrativo Marco Antonio Cáceres Paredes; Que, mediante Oficio Nº 832-96-MP-FSD-PUNO, la señora Fiscal Superior Decana de Puno hace de conoci- miento de la Secretaría Ejecutiva, las presuntas inasis- tencias injustificadas en las que habría incurrido el servi- dor en cuestión, correspondiente a los días 21 al 25 de octubre del año próximo; Que, mediante Oficio Nº 068-97-MP-FN-CPPAD/P del 14 de marzo de 1997, la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios solicita a la doctora Victoria Valdivia Yaranga, Fiscal Superior Decana de Puno, la realización de una investigación sumaria en relación a las presuntas inasistencias del servidor Marco Antonio Cáceres Paredes; Que, en su documento de descargo el servidor procesa- do refiere que el Organo de Auditoría Interna del Minis- terio Público ha realizado el Examen Especial al Distrito Judicial de Puno en el mes de diciembre de 1996, fecha en la cual el procesado ya no laboraba en dicha delegación, por haber sido destituido del cargo de Delegado Adminis- trativo del Ministerio Público mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Ministerio Pú- blico Nº 173-96-SE-TP-CEMP de fecha 30 de octubre de 1996; asimismo con relación a las inasistencias injustifica- das en que habría incurrido, señala que se ha incurrido en errores de procedimiento, lo que ha generado se produzca la prescripción de conformidad con el Artículo 32º del Reglamento Normativo de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios, ya que ha transcurrido más de un año desde que se cometió la falta y aún no se ha instaurado proceso administrativo disciplinario; Que, en relación a las faltas injustificadas en las que habría incurrido el servidor en cuestión, correspondiente a los días 21 al 25 de octubre del año próximo, éstas no han sido desvirtuadas en el descargo presentado por el servi- dor procesado, no siendo procedente la prescripción dedu- cida dado que antes de haber transcurrido el plazo previs- to en el Artículo 32º del Reglamento Normativo de Proce- sos Administrativos Disciplinarios, ya que se había ins- taurado Proceso Administrativo Disciplinario, lo cual ha generado la interrupción del plazo de prescripción; Que, de las consideraciones expuestas se colige que el servidor Marco Antonio Cáceres Paredes, ex Delegado Administrativo del Distrito Judicial de Puno, ha incurrido en falta de carácter administrativo al haber transgredido el Artículo 21º literales a), b) y c) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, dado que el descargono aporta ningún elemento nuevo que desvirtúe su responsabilidad; Estando a las visaciones de los miembros de la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos Discipli- narios; y, De conformidad con los Artículos 155º y 159º del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, aproba- do por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y en mérito al Reglamento Normativo de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios, aprobado por Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 018-95-MP-FN-JFS, modificado por las Resolu- ciones Administrativas del Titular del Pliego del Ministe- rio Público Nºs. 086 y 121-97-SE-TP-CE-MP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- IMPONER la medida disciplina- ria de DESTITUCION al servidor MARCO ANTONIO CACERES PAREDES, ex Delegado Administrativo del Distrito Judicial de Puno, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- El servidor destituido no podrá reingresar a la administración pública hasta después de cinco (5) años, computados desde el día siguiente que es notificado con la presente resolución. Artículo Tercero.- REMITIR copia certificada de la presente resolución a la Gerencia Central de Personal y Auditoría Interna, a la Presidencia del Consejo de Minis- tros y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL ALBERTO CHAVEZ MUÑOZ Gerente General 5195 RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 054-98-MP-FN-GG Lima, 29 de abril de 1998 VISTO: El Informe Nº 012-98-MP-FN-CPPAD, y demás docu- mentos relacionados con la falta administrativa de carác- ter disciplinario del servidor Juan Francisco VEGA GON- ZALES, Técnico en Abogacía II de la Segunda Fiscalía Superior Civil del Distrito Judicial del Cusco. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 237-97-MP-FN-GG de fecha 3 de diciembre de 1997, se instaura proceso administrativo disciplinario contra Juan Francisco VEGA GONZALES, en mérito a los actuados enviados por la Gerencia General a la Presidencia de la Comisión de Procesos Administrativos mediante Memo- rándum Nº 325-97-MP-FN-GG; Se atribuye de acuerdo a la documentación adjunta, que el servidor Vega Gonzales habría presuntamente incurrido en actos contrarios a la función pública, que sustenta las quejas de los ciudadanos Juan Ojeda Alvara- do, Susana Alagón de Morales, Federico Toledo Fuentes y Alberto Paravicino Vizarreta, quienes a su turno refie- ren entre otras cosas, el haber solicitado dádivas con el fin de proyectar un dictamen favorable al quejoso; solicitado doscientos soles y un celular con el fin de emitir el proyecto de dictamen favorable en que es parte la segunda de las nombradas; exigido la suma de cien nuevos soles con el fin de obtener un proyecto favorable en una excep- ción deducida por Federico Toledo Fuentes y por último ser responsable de la pérdida de un documento de présta- mo de dinero y otorgamiento de garantía que obraba en la Causa Civil Nº 1566-94 y demás cargos contenidos en ellas; Que, en su documento de descargo, el servidor proce- sado, refiere que las quejas interpuestas, es producto de amenazas que han vertido los quejosos contra su persona al no haber aceptado las presiones para actuar en forma contraria a ley y accedido a sus pretensiones cuando laboraba en la Primera Fiscalía Superior Penal y que en ningún momento ha solicitado ninguna suma de dinero, pero sí admite conocer a dichas personas con quienes en más de una oportunidad entabló conversación, precisan-