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Pág. 159869 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunica- ciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Regla- mento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, y el D.S. Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Públicos de Distri- bución de Radiodifusión por Cable, así como las atribu- ciones referidas al otorgamiento de las concesiones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escri- to aprobado por Resolución del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 213-97-MTC/ 15.03.UECT y 043-98-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesión solicitada por la empresa CABLE VISION HUANUCO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorga- miento de concesión del Servicio de Distribución de Radiodifusión por Cable; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Artículo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho Organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesión, objeto de la solicitud de conce- sión presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, resulta procedente otorgar la concesión solicita- da, aprobar el contrato de concesión, y autorizar la suscripción del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013-93-TCC, Nº 006-94-TCC y Nº 007-97-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa CABLE VI- SION HUANUCO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, la concesión para la explotación del Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, por el plazo de veinte (20) años, en el área de cobertura que comprende la ciudad de Tingo María de la provincia de Leoncio Prado, del departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresa CABLE VISION HUANUCO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para la prestación del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veinticuatro (24) cláusulas, dos (2) disposiciones tran- sitorias y dos (2) anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará cancela- da automáticamente, sin necesidad de acto administrati- vo expreso, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo de sesenta (60) días, computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5210 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 226-98-MTC/15.03 Lima, 7 de mayo de 1998 Vista la solicitud presentada por la empresa TELEVI- SION INTERNACIONAL SOCIEDAD DE RESPONSA- BILIDAD LIMITADA (T.V. INTERNACIONAL S.R.LTDA.), sobre otorgamiento de concesión para la prestación del Servicio Público de Distribución de Ra-diodifusión por Cable en la zona urbana del distrito de Pueblo Nuevo, de la provincia de Chepén, del departa- mento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicacio- nes aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, modificado por D.S. Nº 005-98-MTC y el D.S. Nº 007-97-MTC, co- rresponde a este Ministerio las atribuciones y faculta- des de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Públicos de Distribución de Radiodifusión por Cable, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolución del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 012-98-MTC/ 15.03.UECT y 075-98-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesión solicitada por la empresa TELEVISION INTERNACIO- NAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITA- DA (T.V. INTERNACIONAL S.R.LTDA.); habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que estable- ce la legislación para el otorgamiento de concesión del Servicio de Distribución de Radiodifusión por Cable; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Artículo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho Organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesión, objeto de la solicitud de conce- sión presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, resulta procedente otorgar la concesión solicita- da, aprobar el contrato de concesión, y autorizar la suscripción del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013-93-TCC, Nº 006-94-TCC Nº 005-98-MTC y Nº 007- 97-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa TELEVISION INTERNACIONAL SOCIEDAD DE RESPONSABILI- DAD LIMITADA. (T.V. INTERNACIONAL S.R.LTDA.) la concesión para la explotación del Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, por el plazo de veinte (20) años, en la zona urbana del distrito de Pueblo Nuevo, de la provincia de Chepén, del departamento de La Libertad. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresa TELEVISION INTERNACIO- NAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (T.V. INTERNACIONAL S.R.LTDA:), para la prestación del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veinticuatro (24) cláusulas, dos (2) disposiciones transitorias y dos (2) anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Con- trato de Concesión no es suscrito por la empresa solici- tante en el plazo máximo de sesenta (60) días calenda- rio, computados a partir de la publicación de la presente resolución; para el efecto deberá cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, el pago por derecho de concesión, pago de canon si corresponde, así como el pago de la publicación de la presente Resolución Minis- terial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5211