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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 1998 (16/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 159871 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de mayo de 1998 Automática (Troncalizado), por el plazo de veinte (20) años en las ciudades de Piura, de la provincia y depar- tamento de Piura; Chiclayo, de la provincia de Chiclayo, del departamento de Lambayeque; Trujillo, de la provin- cia de Trujillo, del departamento de La Libertad; Chim- bote, de la provincia de Santa, del departamento de Ancash; Arequipa, de la provincia y departamento de Arequipa; Ica, de la provincia y departamento de Ica; Cusco, de la provincia y departamento del Cusco; Huan- cayo, de la provincia de Huancayo, del departamento de Junín e Iquitos, de la provincia de Maynas, del departa- mento de Loreto. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresa SMR DIRECT PERU S.R.LTDA., para la prestación del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veintitrés (23) Cláusulas, dos (2) Disposiciones Transitorias y tres (3) Anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Con- trato de Concesión no es suscrito por la empresa solici- tante en el plazo máximo de sesenta (60) días calenda- rio, computados a partir de la publicación de la presente resolución; para el efecto deberá cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, el pago por derecho de concesión, pago de canon si corresponde, así como el pago de la publicación de esta Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5208 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 224-98-MTC/15.03 Lima, 7 de mayo de 1998 Vista la solicitud presentada por la empresa ENTER- PRISE COMMUNICATION S.A., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del Teleservicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Automática (Troncalizado) en la ciudad de Arequipa, de la provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicacio- nes aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, modificado por D.S. Nº 005-98-MTC y el D.S. Nº 007-97-MTC, co- rresponde a este Ministerio las atribuciones y faculta- des de administrar, asignar y controlar, entre otros, el Teleservicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Automática, así como las atribuciones referidas al otor- gamiento de las concesiones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolución del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 027-98-MTC/ 15.03.UECT y 079-98-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesión solicitada por la empresa ENTERPRISE COMMUNICA- TION S.A.; habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para el otorga- miento de concesión del Teleservicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Automática (Troncalizado); Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Artículo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho Organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesión, objeto de la solicitud de conce- sión presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, resulta procedente otorgar la concesión solicita-da, aprobar el contrato de concesión, y autorizar la suscripción del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013- 93-TCC, Nº 006-94-TCC, 005-98-MTC y Nº 007-97-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe- cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa ENTERPRISE COMMUNICATION S.A., la concesión para la explota- ción del Teleservicio Móvil de Canales Múltiples de Selección Automática (Troncalizado), por el plazo de veinte (20) años en la ciudad de Arequipa, de la provin- cia y departamento de Arequipa. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con la empresa ENTERPRISE COMMUNI- CATION S.A., para la prestación del Servicio Público a que se refiere el anterior artículo, el que consta de veintitrés (23) Cláusulas, dos (2) Disposiciones Transito- rias y tres (3) Anexos, y que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especiali- zada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representación del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión que se aprueba mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Con- trato de Concesión no es suscrito por la empresa solici- tante en el plazo máximo de sesenta (60) días calenda- rio, computados a partir de la publicación de la presente resolución; para el efecto deberá cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, el pago por derecho de concesión, pago de canon si corresponde, así como el pago de la publicación de esta Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 5209 Autorizan a empresa de transporte la modificación de ruta RESOLUCION DIRECTORAL Nº 499-98-MTC/15.18 Lima, 30 de marzo de 1998 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 16726 y 00756010, organizados por la empresa de transportes "MIGUEL SEGUNDO CICCIA VASQUEZ E.I.R.LTDA.", sobre modificación de ruta: Arequipa- Moquegua por Arequipa-Tacna y viceversa e Informe Nº 155-98-MTC/15.18.04.1 de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interpro- vincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, aproba- do por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) apro- bado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, para la modificación de ruta: Arequipa-Moquegua por Arequi- pa-Tacna y viceversa, autorizado por Resolución Direc- toral Nº 153-96-MTC/15.15 de fecha 1 de abril de 1996; Estando a las opiniones de las Direcciones de Trans- porte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum Nº 440-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe Nº 199-98-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto