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Pág. 159904 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de mayo de 1998 Tesorería, en el tiempo entre el 2-1-97 y 14-1-98 el importe total de S/. 9,217.50 nuevos soles trayendo como consecuencia, perjuicio económico a la Municipalidad Distrital de Chorrillos; Que, en consecuencia don TEODORO RAMOS VA- LENCIA, obrero permanente, encargado de la Adminis- tración de Playas, ha inobservado lo establecido por los incisos a), b) y d) del Art. 21º y ha incurrido los incisos a), d), h) y l) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneracio- nes del Sector Público; Que, de otro lado mediante el inciso f) del Art. 16º de la Ley Nº 26162 del Sistema Nacional de Control concordante con el Oficio Circular Nº 001-94-CG-AJ emitido por la Contraloría General de la República, se establece en forma expresa e indubitable que los informes y/o dictámenes resultado de una acción de control emitidos por cualquier órgano integrante del sistema están consideradas como PRUEBA PRE- CONSTITUIDA para el inicio de las acciones admi- nistrativas y/o judiciales que sean recomendadas en base a las conclusiones, teniendo además MERITO PROBATORIO POR SI MISMOS, para la interposi- ción de la denuncia penal, la demanda civil o la instauración de proceso administrativo disciplinario según sea el caso; Que, por las consideraciones antes expuestas y en armonía a lo establecido por el Art. 166º del D.S. Nº 005- 90-PCM - Reglamento de la Ley de la Carrera Adminis- trativa, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, es proceden- te instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a don TEODORO RAMOS VALENCIA, obrero permanente, encargado de la Administración de Playas de esta Cor- poración; y, De conformidad con lo dispuesto por los Artículos del 163º al 175º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 47º inciso 6) y Art. 52º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR PROCESO ADMI- NISTRATIVO DISCIPLINARIO, a don TEODORO RA- MOS VALENCIA, obrero permanente, encargado de la Administración de Playas de la Municipalidad de Cho- rrillos, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerati- va de la presente resolución. Artículo 2º.- REMITIR, copia autenticada de la presente resolución a la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios, Oficina de Admi- nistración, Oficina de Auditoría Interna y al interesado para que dentro del término de CINCO (5) días útiles contados desde el día siguiente de su notificación perso- nal y/o a través de la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano, presente su descargo y las pruebas que consideren pertinentes para su defensa ante la Comisión Permanente de Procesos Administra- tivos Disciplinarios. Regístrese y comuníquese. PABLO GUTIERREZ WESELBY Alcalde 5232 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan plazo para el pago del Impuesto Predial DECRETO DE ALCALDIA Nº 046-98 San Juan de Miraflores, 13 de mayo de 1998EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 044-98, se autorizó la emisión mecanizada de actualización de valores de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial (HR-PU) y recibos de pagos, correspondientes al ejerci- cio tributario 1998 y establece el plazo para el pago al contado o de la primera armada hasta el 30 de abril del año en curso; Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 776, los municipios se encuen- tran facultados a determinar prórroga en la presenta- ción de las Declaraciones Juradas cuyos plazos se espe- cifican en la norma ya aludida; Que, es necesario brindar facilidades a los contribu- yentes para que cumplan con sus obligaciones tributa- rias; Y, en uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y Decreto Legis- lativo Nº 776 Ley Tributaria Municipal; DECRETA: Artículo Primero.- CONCEDASE a los señores contribuyentes del distrito de San Juan de Miraflores, la PRORROGA HASTA EL 30 DE MAYO DE 1998 PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL 1998 al contado o de la primera cuota en caso de ser fraccionado según el cronograma siguiente: TRIMESTRE VENCE I - 98 30-5-98 II - 98 15-6-98 III - 98 31-8-98 IV - 98 30-11-98 Artículo Segundo.- ENCARGUESE a la Dirección de Rentas, Unidad de Administración Tributaria y a las diferentes áreas de la Municipalidad a efectuar las acciones complementarias para el estricto cumplimien- to del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 5222 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del "Acuerdo Inter- nacional para la Creación de una Ofici- na Internacional de Epizootias, y su Estatuto Orgánico" De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores me- diante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/39 c/a, comunica que el referido Acuerdo y su Estatuto, aprobados por Resolu- ción Legislativa Nº 26924 de 30 de enero de 1998 y ratificado por Decreto Supremo Nº 003-98-RE de 9 de febrero de 1998, publicado en el Diario Oficial El Perua- no el 13 de febrero del mismo año, entraron en vigencia el 24 de marzo de 1998. 5287