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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 1998 (16/05/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 159891 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de mayo de 1998 Aprueban Factores de Reajuste apli- cables a las obras de edificación del Sector Privado, producidas en el mes de abril de 1998 RESOLUCION JEFATURAL Nº 154-98-INEI Lima, 15 de mayo de 1998 CONSIDERANDO: Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los índices de los ele- mentos que determinen el costo de las obras; Que, para uso del Sector Privado de la Construcción el INEI ha elaborado los Factores de Reajuste que se debe aplicar a las obras de edificación para las seis (6) Areas Geográficas del país, aplicables a las obras en actual ejecución, siempre que sus contratos no estipulen modalidad distinta de reajuste; Que, en consecuencia, es necesario aprobar dichos factores correspondientes al período del 1 al 30 de abril de 1998, aplicables a las obras de edificación hasta cuatro (4) pisos, para las Areas Geográficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, los mismos que cuentan con la conformidad de la Comisión Técnica del INEI, asimismo; aprobar su publicación en el Boletín Mensual de los Indices Unifica- dos de Precios de la Construcción; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese los Factores de Reajuste que se debe aplicar a las obras de edificación, correspondien- tes a las seis (6) Areas Geográficas para las obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, producidas en el período del 1 al 30 de abril de 1998, según aparece en el cuadro adjunto que debidamente autenticado, forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplica- dos a las obras del Sector Privado, sobre el monto de laobra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance Acele- rado, si lo hubiere. Artículo 3º.- Los factores indicados no serán aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados ha- yan sido reajustados como consecuencia de la variación mencionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de com- prar materiales específicos. Artículo 4º.- En los montos de obra a que se refiere el Art. 2º se comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista que corresponde a esos montos. Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propieta- rio hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente resolución, serán acumulativos por multipli- cación en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas son los siguientes: a) Area Geográfica 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Area Geográfica 2: Ancash, Lima, Provincia Consti- tucional del Callao e Ica. c) Area Geográfica 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huanca- velica, Ayacucho y Ucayali. d) Area Geográfica 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. e) Area Geográfica 5: Loreto. f) Area Geográfica 6: Cusco, Puno, Apurímac y Ma- dre de Dios. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe ANEXO RESOLUCION JEFATURAL N° 154-98-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACION DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACION CORRESPONDIENTES AL PERIODO DEL 1 AL 30 DE ABRIL DE 1998 OBRAS DE EDIFICACION AREAS Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos GEOGRAFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) Nºs. M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. Elem. Elem. 1 1,0000 1,0045 1,0045 1,0000 1,0049 1,0049 1,0000 1,0043 1,0043 1,0000 1,0042 1,0042 2 1,0000 1,0058 1,0058 1,0000 1,0072 1,0072 1,0000 1,0058 1,0058 1,0000 1,0065 1,0065 3 1,0000 1,0025 1,0025 1,0000 1,0021 1,0021 1,0000 1,0024 1,0024 1,0000 1,0023 1,0023 4 1,0000 1,0046 1,0046 1,0000 1,0050 1,0050 1,0000 1,0044 1,0044 1,0000 1,0044 1,0044 5 1,0000 1,0042 1,0042 1,0000 1,0045 1,0045 1,0000 1,0042 1,0042 1,0000 1,0044 1,0044 6 1,0000 1,0039 1,0039 1,0000 1,0040 1,0040 1,0000 1,0041 1,0041 1,0000 1,0037 1,0037 5281 I N P E Sancionan con destitución y cese tem- poral a ex funcionarios, servidor y ex servidor del INPE RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA Nº 198-98-INPE-CR-P Lima, 8 de mayo de 1998VISTO: El Informe Nº 015-98-INPE/CEPAD, de fecha 22 de abril de 1998, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del INPE. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Presidencia de la Comisión Reorganizadora Nº 137-98-INPE/CR-P, de fecha 18.MAR.98, notificada a través del Diario Oficial El Peruano en su publicación de fecha 26.MAR.98 se apertura Proceso Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios Nivel F-4 GUILLERMO DAVILA RUIZ ex Director General de Administración, Nivel F-2 JESUS