Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 1998 (19/05/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

NORMAS LEGALES
Director: MORDAZA MORDAZA MORDAZA
ANO XVI - Nº 6537

MORDAZA, martes 19 de MORDAZA de 1998

Pag. 159945

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 26950
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 5365

RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 26951
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

LEY QUE OTORGA AL PODER EJECUTIVO FACULTADES PARA LEGISLAR EN MATERIA DE SEGURIDAD NACIONAL
Articulo 1º.- Otorgamiento de facultades. El Congreso otorga al Poder Ejecutivo autorizacion para legislar sobre la materia de Seguridad Nacional y por el plazo de quince dias calendario. Dicha materia se especifica en el articulo siguiente. Articulo 2º.- Materia. Los Decretos Legislativos que se expiden con arreglo a esta ley autoritativa tiene por materia la Seguridad Nacional y se fundamentan en la necesidad de adoptar e implementar una estrategia para erradicar un peligroso factor de perturbacion de esa seguridad, generado por la situacion de violencia creciente que se viene produciendo por las acciones de la delincuencia comun organizadas en bandas utilizando MORDAZA de MORDAZA y explosivos y provocando un estado de zozobra e inseguridad permanente en la sociedad. Articulo 3º.- Perentoriedad del plazo. El Congreso modificara o derogara cualquier Decreto Legislativo que exceda el plazo o la materia senalados en los articulos precedentes. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MELLADO MORDAZA Primera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

RESOLUCION LEGISLATIVA DE APROBACION DE LA CONVENCION SOBRE PROHIBICION DEL EMPLEO, ALMACENAMIENTO, PRODUCCION Y TRANSFERENCIA DE MINAS ANTIPERSONAL Y SOBRE SU DESTRUCCION
El Congreso de la Republica, en uso de las atribuciones que le confieren los Articulos 56º y 102º, inciso 3) de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 4º de su Reglamento, ha resuelto aprobar la Convencion sobre la Prohibicion del Empleo, Almacenamiento, Produccion y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destruccion, adoptada en Oslo, Noruega el 18 de setiembre de 1997 y suscrita por el Peru en Ottawa, Canada el 3 de diciembre de 1997. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y ocho. MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE CHINCHA Tercera Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MORDAZA, 14 de MORDAZA de 1998 Cumplase, comuniquese, registrese, publiquese y archivese. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Ministro de Relaciones Exteriores 5366

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