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Pág. 159960 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de mayo de 1998 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Exoneran del pago de derechos a los servidores de la municipalidad que pre- tendan contraer matrimonio civil en sus instalaciones ORDENANZA Nº 003-98 La Molina, 30 de abril de 1998 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA POR CUANTO: Visto en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Dictamen de la Comisión de Administración, Rentas y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 015-97, del 19 de mayo de 1997, se aprobó la actualización del Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos -TUPA- de la Municipalidad Distrital de La Molina, modificando el Cuadro de Derechos por los servicios que presta; Que, entre los servicios que se brinda, el de celebración del matrimonio civil constituye de importancia vital para la formalización y consolidación de la familia y quienes pre- tenden contraer deben reunir los requisitos previstos por el Código Civil y el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos - TUPA, cuyos numerales 49, 55 y 56 referidos a la apertura del pliego matrimonial y celebración del matrimo- nio tanto en la Oficina del Registro Civil como en el Salón de Actos u otro ambiente del local municipal, establecen los derechos que los contrayentes deben abonar; Que, los servidores de la Municipalidad tanto de la carrera administrativa como aquéllos sujetos a diversas modalidades contractuales que pretendan contraer matri- monio civil por razón del domicilio de cualquiera de los contrayentes, podrán hacerlo liberados del pago de los derechos a los que se refieren los numerales 49, 55 y 56 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA-, como una forma de apoyo en la concretización de un ideal y formalización de la sociedad conyugal; Que, en armonía con la política de la actual adminis- tración y conforme a las facultades previstas por los Artícu- los 2º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario; POR MAYORIA y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Los servidores de la Municipali- dad Distrital de La Molina, cualquiera fuese su régimen laboral o modalidad contractual que pretendan contraer matrimonio civil en sus instalaciones, están exonerados del pago de los derechos previstos en los numerales 49, 55 y 56 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA. Artículo Segundo.- Para la concesión del beneficio, resultará suficiente la certificación que otorgue la Unidad de Personal o la que corresponda, respecto a la calidad de servidor de uno de los contrayentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 5357 Asignan nombre a parque de la jurisdic- ción DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-98 La Molina, 15 de mayo de 1998 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de La Molina como parte de su política destinada a mejorar el ornato y preservar el medioambiente distrital ha remodelado y recuperado el área destinada a parque, ubicada entre la calle Los Tulipanes y los pasajes Las Margaritas, Los Rodoendros y Las Fresas de la Cooperativa de Vivienda MUSA; Que, de acuerdo al inciso 10) del Art. 65º de la Ley Nº 23853, las Municipalidades, están facultadas como parte de sus funciones de acondicionamiento territorial a disponer la nomenclatura de los parques de su jurisdicción, condicio- nada a que la misma no se repita en el mismo distrito; Que, la población de la Cooperativa de Vivienda MUSA, ha solicitado que el nombre a ser asignado reafirme su expresión cristiana y para tal efecto ha propuesto la deno- minación "Parque Solidaridad Virgen de Lourdes"; Que, según informe de la Unidad de Catastro de la Dirección de Desarrollo Urbano, el referido parque carece de denominación y la propuesta no constituye duplicidad en la nomenclatura de parques del distrito de La Molina; Estando al mérito de lo expuesto y con las facultades conferidas por los Artículos 2º, 47º y 65º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Asignar al parque ubicado entre la calle Los Tulipanes y los pasajes Las Margaritas, Los Rodoen- dros y Las Fresas de la Cooperativa de Vivienda MUSA, la denominación de "PARQUE SOLIDARIDAD VIRGEN DE LOURDES", por las consideraciones expuestas. Artículo Segundo.- Las Direcciones de Desarrollo Urbano y Servicios a la Ciudad quedan encargadas del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PAUL FIGUEROA LEQUIEN Alcalde 5358 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO Cesan diversos auxiliares coactivos de la municipalidad RESOLUCION Nº 229-98/MVMT Villa María del Triunfo, 11 de mayo de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 477-97/MVMT de fecha 25-8-97 se designó a los auxiliares coactivos de la Munici- palidad de Villa María del Triunfo; Que, el Art. 77º del D.S. Nº 005-90-PCM, señala que la designación consiste en el desempeño de un cargo de res- ponsabilidad directiva o de confianza por decisión de la autoridad competente; De conformidad con el D.S. Nº 005-90-PCM y la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR, sin efecto a partir de la fecha la Resolución Nº 477-97/MVMT de fecha 25-8-97. Artículo 2º.- CESAR, a partir de la fecha en los cargos de Auxiliares Coactivos de la Municipalidad de Villa María del Triunfo a las siguientes personas: - Sr. LAINEZ BAUTISTA, Julio Hernán - Sr. GALINDO LORA, Manuel - Sr. MUÑIZ CALDERON, Marco Antonio - Sra. VALDIVIA CONDORI, Isabel Artículo 3º.- Encargar a la Dirección Municipal el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL CHACON SAAVEDRA Alcalde 5363