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Pág. 1600100 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de mayo de 1998 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Facultan a la Dirección Municipal de Transporte Urbano convocar a proce- so de calificación de empresas a fin de otorgar autorizaciones para prestar servicio en diversas rutas licitables DECRETO DE ALCALDIA Nº 035 Lima, 5 de mayo de 1998 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Alcaldía Nº 054 del 22.JUN.93, se aprobó el Plan Regulador de Rutas de Lima Metropoli- tana en cumplimiento a lo dispuesto por el D.S. Nº 010-92- MTC del 22.SET.92, que estableció un plazo de 60 días para que las Municipalidades Provinciales formulen sus respectivos Planes de Rutas para el Servicio de Transpor- te Público de Pasajeros; Que, el Artículo 3º del Decreto de Alcaldía antes citado faculta a la Dirección Municipal de Transporte Urbano a dictar disposiciones técnicas y legales complementarias para la ejecución del Plan Regulador del Servicio de Transporte Público; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-95- MTC del 28.JUL.95, establece que el Servicio Público de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros, es denecesidad pública y de interés nacional estableciendo que su prestación se realizará luego de obtener la Concesión o Autorización respectiva; Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 104 del 3.MAR.97, en concor- dancia con el Decreto Supremo Nº 012-95-MTC, faculta a la autoridad administrativa a dictar las disposiciones complementarias que sean necesarias para la adecuación y mejor aplicación de las normas que regulan el mencio- nado servicio público; Que, el Artículo 12º de la Ordenanza Municipal Nº 104- 97, establece que las concesiones para el servicio regular serán otorgadas mediante Licitación Pública, para rutas que comprenden vías de acceso restringido, previo estu- dio técnico de operacion de ruta que tendrá en cuenta la capacidad y antigüedad de la flota, de acuerdo a la moda- lidad y características del servicio requerido para cubrir la demanda; Que, en la actualidad existen Rutas Licitables, que fueron declaradas desiertas en los procesos de Licitación Pública llevados a cabo durante los años 1993, 1994 y 1996, debido a que no se presentaron postores o no calificaron, o porque fueron canceladas las concesiones por abandono del servicio o incumplimiento de los térmi- nos de las mismas o por renuncia; Que, además, durante el año 1997, se han creado e incorporado al Plan Regulador de Lima, Rutas Licitables, las mismas que aún no han sido materia de Licitación Pública; Que, ante las necesidades de viaje por las vías que comprenden las rutas aludidas en los considerandos pre- cedentes, los usuarios vienen haciendo uso del servicio de transporte ofertado por empresas y vehículos particula- res no autorizados, por lo que siendo objetivo de la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima, promover la formaliza- ción de las empresas no autorizadas, en aras de velar por la integridad y seguridad de los usuarios y público en general, se hace necesario facultar a la Dirección Munici- pal de Transporte Urbano, para que proceda a convocar a5528Pág. 160100