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Pág. 160268 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de mayo de 1998 Artículo 2º.- El Programa de Apoyo a la Mejora del Ambito Judicial-Penitenciario en Perú, dará cuenta al Ministerio de Justicia, sobre la ejecución de la intercone- xión informática a que se hace referencia en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- La presente resolución se transcribi- rá a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Interna- cional del Ministerio de la Presidencia y a la Contralo- ría General de la República, dentro del plazo estable- cido. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de Justicia 5742 TRABAJO Y PROMOCION SOCIAL Autorizan a procurador iniciar proce- sos judiciales contra presuntos res- ponsables de la falsificación de diver- sas resoluciones RESOLUCION MINISTERIAL Nº 049-98-TR Lima, 29 de mayo de 1998 VISTO; el Informe Nº 007-98-TR/OII de Inspectoría General del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de febrero de 1998, Máximo Torre Páucar presentó un escrito ante la Subdirección de Inspección, Higiene y Seguridad Ocupacional del Minis- terio de Trabajo y Promoción Social, mediante el cual señaló haber recibido del abogado, señor José Carbo- nell Román una copia simple de la Resolución Nº 02, de fecha 13 de octubre de 1997, que declaraba nulo el proceso que le seguía este Sector sobre multa por infracción laboral; Que, mediante Informe Nº 007-98-TR/OII de fecha 30 de marzo de 1998, Inspectoría General del Ministerio de Trabajo y Promoción Social señaló haber detectado la falsedad de la resolución mencionada en el considerando anterior; Que, se ha verificado que la resolución antes mencio- nada, no ha surtido efectos legales, y que el trámite de la cobranza coactiva continúa; Que, de lo expuesto se considera que existen elemen- tos razonables y suficientes que ameritan la autoriza- ción al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, para que proceda a iniciar las acciones legales a que hubiera lugar con la finalidad de salvaguardar los derechos del Sector; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Artículo Unico del Decreto Ley Nº 17667; y el Artículo 61º de la Resolución Ministerial Nº 012-93-TR, incorporado por la Resolución Ministerial Nº 071-93-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, para que en representación y defensa de los derechos e intereses del Estado, interponga las acciones correspondientes contra los que resulten res- ponsables, por lo expuesto en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás antecedentes del caso, al Procurador General, para los fines de ley.Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 5802 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 050-98-TR Lima, 29 de mayo de 1998 VISTO; el Informe Nº 009-98-TR/OII de Inspectoría General del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; CONSIDERANDO: Que, la Dirección de Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción Social mediante Memorándum Nº 090-98-DRTPSL-DEFP, de fecha 2 de abril de 1998, comunicó a la Dirección Regional de Trabajo y Promoción Social de Lima, que las Resoluciones Directo- rales Nº 340-97-150114-2-P-DBTPSL-DEFP, de fecha 14 de julio de 1997; Resolución Directoral Nº 223-96-15113-1- P-DRTPSL-DEFP, de fecha 14 de mayo de 1996; y Resolu- ción Directoral Nº 372-96-150113-2-P-DRTPSL-DEFP, de fecha 23 de julio de 1996, no habían sido expedidas por esa Dirección de Empleo y Formación Profesional; Que, Inspectoría General del Ministerio de Trabajo y Promoción Social realizó las investigaciones correspon- dientes al haber tomado conocimiento de lo expuesto en el considerando precedente; Que, de acuerdo al Informe Nº 009-98-TR/OII de fecha 13 de abril de 1998, emitido por Inspectoría General del Minis- terio de Trabajo y Promoción Social, se solicitó a este Sector interponer las acciones legales que correspondan contra las empresas Angola Security S.A., T-Service S.R.L., Servacon- sa y G & G Servicios y Ventas Generales S.R.Ltda., por haber presentado Resoluciones Directorales falsas a efectos de realizar trámites relacionados con sus actividades; Que, de lo expuesto se considera que existen elemen- tos razonables y suficientes que ameritan la autorización al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, para que proceda a iniciar las acciones legales a que hubiera lugar con la finalidad de salvaguardar los derechos del Sector; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Artículo Unico del Decreto Ley Nº 17667; y el Artículo 61º de la Resolución Ministerial Nº 012-93-TR, incorporado por la Resolución Ministerial Nº 071-93-TR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encar- gado de los asuntos judiciales el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, para que en representación y defensa de los derechos e intereses del Estado, interponga las acciones correspondientes contra los que resulten respon- sables, por lo expuesto en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- Remítase la documentación y demás antecedentes del caso, al Procurador General, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GONZALEZ IZQUIERDO Ministro de Trabajo y Promoción Social 5803 ENERGIA Y MINAS Disponen distribuir monto recaudado por Derecho de Vigencia de nuevos petitorios y antiguos derechos mine- ros entre diversos municipios RESOLUCION DIRECTORAL Nº 142-98-EM/DGM Lima, 22 de mayo de 1998