Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 1998 (11/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, miercoles ll de noviembre de 1998 RESUELVE:
Articulo Primero.- Modificar los Articulos, l", 5", inciso a) del 22", 23", 24", 38", 46", 47" y Primera y Cuarta Disposiciones Finales y Transitorias del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Fiscalia Suprema de Control Interno, aprobada por Resolucion de la Comision Eijecutiva del Ministerio Publico N" 337-98-MP-CEMP, en los terminos siguientes:

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"Articulo 47".- El procedimiento a seguir para estos casos sera el senalado en el Articulo 3" de la Ley N" 26933 y en lo previsto en el presente reglamento en lo que fuere pertinente." "DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Las disposiciones contenidas en los Articulos 46" y 47" del Capitulo V del presente reglamento se encuentran en suspenso en virtud de lo establecido por la Primera Disposicion Transitoria de la Ley N" 26933. Cuarta.- La Fiscalia Suprema de Control Interno y las Comisiones Distritales Descentralizadas de Control Interno adecuaran los procesos disciplinarios iniciados MORDAZA de la vigencia del presente reglamento, a las disposiciones contenidas en este y en las Leyes N" 26933 y N" 26973 en lo que fuere pertinente."
Articulo Segundo.- Las modificaciones al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Fiscalia Suprema de Control Interno, incluidas en la presente resolucion, entraran en vigencia al dia siguiente de su publicacion, dejandose sin efecto las demas disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, al Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Fiscalia Suprema de Control Interno, a los Presidentes de las Comisiones Distritales Descentralizadas de Control Interno del Ministerio Publico, a los Fiscales Superiores encargados de la Gestion de Gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de la Republica y a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la Republica para los fines pertinentes.

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"Articulo l".- ATRIBUCIONES.- La Fiscalia Suprema de Control Interno investiga la idoneidad, la conducta funcional y el desempeno de los Fiscales en todos los niveles, con excepcion de los Fiscales Supremos en aplicacion de la Primera Disposicion Transitoria de la Ley N` 26933. Esta facultad no excluye la evaluacion permanente que deben ejercer los superiores jerarquicos al conocer de los procesos en grado o cuando el Fiscal visitador descubra irregularidades en las oficinas visitadas, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 54" de la Ley Organica del Ministerio Publico. Tambien es funcion de la Fiscalia Suprema de Control Interno la de recibir y procesar las denuncias por delitos cometidos en el ejercicio de la funcion, contra Fiscales Superiores, Provinciales y Adjuntos en general; Vocales Superiores, Jueces Especializados y Mixtos y Jueces de Paz Letrados del Poder Judicial, para que se decida el ejercicio de la accion penal en su contra, con excepcion de los Fiscales y Vocales Supremos. Las denuncias que se formulen contra los Jueces de Paz por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones seran de conocimiento del Fiscal Superior de la Sala Penal que corresponda, quien decidira el ejercicio de la accion penal en su caso." "Articulo 5".- INVESTIGACION POR SI(:NOS EXTERIORES DE RIQUEZA.- La Fiscalia Suprema de Control Int MORDAZA de oficio o a instancia de parte investiga a todos los Fiscales, con excepcion de los Fiscales Supremos en aplicacion de la Primera Disposicion Transitoria de la Ley N" 26933, que evidencien signos exteriores de riqueza, disponiendo que los justifiquen dentro de los quince dias naturales siguien tes al requerlmiento. En caso de incumplimiento o su no justificacion, se iniciara el MORDAZA correspondiente. La Fiscalia Suprema de Control Interno, por el merito de la evidencia. informara al Fiscal de la Nacion. Para tal fin, la Fiscalia Suprema de Control Interno contara con un Archivo de Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de Fiscales en base ala informacion que remitira el area administrativa correspondiente." "Articulo 22".- INFRACCIONES DISCIPLINARIAS.-Se consideran infracciones sujetas a sancion disciplinarla las siguientes: a) Hecho grave que sin ser delito compromete 1 a digmdad del cargo y los desmerezca en el concepto publico." "Articulo 23".- SANCIONES DISCIPLINARIAS.- Las sanciones disciplinarias que podran aplicarse son: a) b) c) d) Amonestacion Multa Suspension Destitucion

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo y Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico
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Las sanciones se aplicaran segun la naturaleza y gravedad de la infraccion sin que sea necesario seguir el orden con que se exponen en este articulo." "Articulo 24".- CAUSALES DE DESTITUCION.- Los Fiscales del Ministerio Publico incurren en la causal de destitucion cuando cometan un hecho grave que sin ser delito comprometa la dignidad del cargo y lo desmerezca en el concepto publico, reincidan en hecho que configure causal de suspension, intervengan en procesos judiciales a sabiendas de estar incursos en prohibicion o impedimento legal, o son sentenciados a pena privativa de la MORDAZA por delito doloso." "Articulo 38".- DESTITUCION.- En caso que la sancion propuesta por la Comision Distrital Descentralizada sea la destitucion, y el Fiscal Supremo de Control Interno coincida con dicha opinion, presentara el informe respectivo al Organo de Gobierno para el tramite legal correspondiente." "Articulo 46".- El MORDAZA disciplinario contra los Fiscales Supremos cuando se les impute a estos, conductas que ameriten sancion diferente a destitucion, sera iniciado por la Fiscalia Suprema de Control Interno, de oficio, a solicitud del Fiscal de la Nacion, del Organo de Gobierno o por queja verbal o escrita del agraviado."

Dejan sin efecto por desistimiento, reiolucion por la Cual se autorizo ai Secretario Ejecutivo de la CEMP a participar en congreso a realizarse en Brasil
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO IV' 727-9%MP-CEMP

MORDAZA, 10 de noviembre de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio N" 751-98-SE-TP-CEMP cursado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Marinas, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, solicitando que por razones laborales se apruebe su solicitud de desistimiento a participar en el X Congreso Interamericano del Ministerio Publico a realizarse en la MORDAZA de Brasilia, Republica del Brasil, del 24 al 26 de noviembre de 1998, autorizado mediante Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico N" 699-98MPCEMP de fecha 2 de noviembre de 1998, manifestando que su Despacho va a elaborar y procesar la evaluacion y avance del Plan de Reestructuracion y Reforma del Ministerio Publico y del Instituto de Medicina Legal en el area administrativa en el MORDAZA de su reorganizacion, asi como elaborar el documento Proyecto de Presupuesto del Ministerio Publico para el ano 1999 que habra de sustentar el Fiscal de la Nacion ante el Pleno del Congreso de la Republica, y dar tramite a otros proyectos institucionales que demanda su permanencia en el pais; y

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