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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1998 (15/11/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 1

NORMAS LEGALESDirector: Enrique Sánchez Hernani http://www.editoraperu.com.pe Lima, domingo 15 de noviembre de 1998 AÑO XVI - No6717 Pág. 165807 PCM Autorizan viaje de representante de PROMPERU a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA w 666~SS-PCM Lima, 10 de noviembre de 1998 Vista la Carta N” SE.0363.98 de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú PROMPERC. CONSIDERANDO: Que, del 12 al 15 de noviembre de 1998, en la ciudad de Gramado, Porto Alegre - Brasil, se llevará a cabo la “Feria Internacional de Turismo Gramado 9R”, evento en el cual la Comisión de Promoción del Perú PROM- PERU tiene previsto participar, mediante un represen- tante, con el objet,o de incrementar el flujo turístico del mercado brasileño; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N” 560, Decreto Supremo N”053-84.PCM, Decreto Supremo N” 074~85-PCM, Decreto Supremo N” OlO-88.PCM. Decreto Supremo N” 135.90.PCM, Decreto Supremo N” 037-91. PCM, Decreto Supremo h”’ 031-89.EF y Decretci Supremo Iv 047.94.PCM; SE RESUELVE: Artículo l”.- Autorizar el viaje al exterior del señor Boris Gómez Luna, del Proyecto Brasil de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU a la ciudad de Gra- mado, Brasil, del 10 al 14 de noviembre de 199X; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente resolución serán con cargo del Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002 Comisión de Promoción del Perú PROMPERC del Pliego 001 Presi- dencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. Boris Gómez LunaEDUCACION Autorizan la inafectación del IGV a ope- raciones que realiza institución cultural RESOLUCION SUPREMA i’?’ 157-SR-Ii:D Lima. 9 de noviembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, no está gravada con el Impuesto General a las Ventas: la transferencia o importación de bienes y la presta- ción de servicios debidamente autorizada mediante Resolu- ción Suprema, vinculadas a sus fines propios efectuadas por las instituciones culturales. que se encuentren constituidas como fundaciones o asociaciones que no distribuyan renta, según el inciso c) del Artículo 18” y el inciso b) del Artículo 79” de la Ley del Impuesto B la Renta: Que, el Decreto Supremo N” 075.97.EE’ establece los procedimientos y requisitos que deben cumplir las institu- ciones culturales a fin de obtener la autorización para la inafectación del Impuesto General a las Ventas; Que, asimismo la institución solicitante ha cumplido con adjuntar la documentación a que se refiere el conside- rando precedente; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del Artículo 2” del Decreto Legislativo N” 821, susti- tuido por el Artículo 22” del Dwreto Legislativo N” 882; y, Estando a lo acordado; SE RESCELVE: Artículo l”.- AUTORIZASE la inafectación del lm- puesto General a las Ventas ala Alianza Francesa de Lima, por las operaciones que a continuación se detallan: a) Servicios Culturales, conforme lo señala el Artículo 4” del Estatuto de la Alianza Francesa de Lima. - Desarrollo de diversas actividades culturales a través de la música, piezas de teatro, danza y cualquier otra manifestación artístico-cultural. - Servicios de enseñanza del idioma francés asi como de la metodología para su enseñanza, exámenes nacionales e internacionales de la lengua francesa y otros exámenes de instituciones examinadoras de Francia. - Servicio de enseñanza de la lengua o literatura españo- > 3.r ., 1 1 3.la y quecnua como mstrumentos oe auusron cie m cultura peruana, conferencias. simposios y seminarios varios, así como cualquier otra actividad de intercambio cultural. b ~Transferrncia eventual de bienes usados que prrtenez- can al activo de la Alianza Francesa de Lima.- Viáticos : US$ 800.00 - Pasaje : US$ 782.00 -Tarifa Corpac : US$ 25.00 Artículo 3”.- La presente resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial DANIEL HOKAMA TOKASHIKILa inafectacion a que se refiere el prrsent,e artículo se aplicará a partir de la vigencia de la calificación otorgada por el Instituto Nacional de Cultura y no incluye transfe- rencia de bienes salvo lo previsto en el literal b) de este artículo. Artículo 2”.- Transcríh;ise la presente Resolución Su- prema a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria íSUNAT). Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía p Finanzas y por el Ministro de Educación. Ministro de Energía y Mmas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros ~Regístrese, comuniquesc* y publíquese. 13235Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la Repúbhca