Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 1998 (15/11/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

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e) Que, no se ha probado de manera MORDAZA la existencia de las irregularidades en el MORDAZA de las elecciones municipales correspondiente al distrito de Santillana, provincia de Huanta. El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones: RESUELVE:

Articulo Unico.- Declarar infundado en todos sus extremos el recurso de nulidad interpuesto por don MORDAZA Cartagena Valqui, personero'legal del Partido Politico Accion Popular, respecto a la nulidad de las elecciones municipales realizadas el dia 11 de octubre del ano en curso, para la eleccion de Alcaldes y Regidores del Concejo Distrital de Santillana, provincia de Huanta.
Registrese, comuniquese y publiquese SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO

13257 RESOLUCION W 1049-9%JNE
MORDAZA, 13 de noviembre de 1998 VISTOS: El recurso de nulidad, recibido el 22 de octubre del ano en curso, interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Pcrsonero del Movimiento Independiente Somos Peru, y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero del Partido Politico Accion Popular, ambos acreditados ante el MORDAZA Electoral Especial de Acobamba, quienes solicitan la nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de Pautara y provincia de Acobamba; alegan que: A) En el distrito de Pautara, cercado de Acobamba, hay 35 mesas de sufragio con un tota1 de 7,000 electores, de las cuales 15 mesas fueron anuladas con lo que se obtiene que 4,666.6 votos nulos, superando los 2/3 de los votos validos, MORDAZA si sufragaron 2,090 electores; Bi Hubo coaccion a la que fueron sometidos centenares de electores de Pautara, llegando al extremo de retener su documento nacional de identidad si no votaban a favor del Movimiento Independiente Vamos Vecino; tambien se repartio el dia de las elecciones cajitas de fosforo con el simbolo del tractor y en su interior cinco o diez nuevos soles; C, El candidato por el Movimiento Independiente Vamos Vecino don MORDAZA MORDAZA MORDAZA hizo entrega de herramientas de trabajo a pobladores de la Comunidad de Ccellccaya con la finalidad de obtener votos a favor de su lista, que la movilidad para dicha entrega fue proporcionada por el Director del PRONAMACHS - ACOBAMBA, este ultimo tambien ha coaccionado a las madres de clubes amenazandolas que si no votaban por dicho movimiento desapareceria el programa del vaso de leche; D) En el distrito de MORDAZA MORDAZA varios ciudadanos han realizado cambio de domicilio con la Iinalidad de participar en las justas electorales de dicho distrito; E) En la circunscripcion de Acobamba tiene 23,848 electores, habiendo sufragado 11,298 ciudadanos, siendo menor del 50%~ de electores; y, F) El dia de las elecciones las tuerzas del orden y representantes de ONPE no permitieron el ingreso a los centros de votacion de los personen,s sino hasta las diez de la manana; La comunicacion recibida el 6 de noviembre del ano en curso, remitida por don MORDAZA MORDAZA Orlandini, Personero del Partido Politico Accion Popular. quien informa que en la provincia de Acobamba y en el distrito de Pautara se ha perpetrado fraude electoral; La comunicacion recibida el 6 de noviembre del ano en curso! remitida por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a regidor en la rovincia de Acobamba por el Movimiento Independiente !7 amos. Vecino, quien solicita se declare improcedente el recurso de nulidad presentado por el personero del Partido Accion Popular y adjunta MORDAZA dei Oficio N" 884598GEEIONPE emitido por la Gerencia de Gestion Electoral de la ONPE: CONSIDERANDO: Que, respecto a la inasistencia de mas del 50% de electores en la provincia de Acobamba y el distrito de Pautara, del estudio de autos se establece: A) En la provincia de Acobamba se instalaron 163 mesas de sufragio para que emitieran su MORDAZA

24,550 ciudadanos, conforme al Padron de Electores; que la Gerencia de Gestion Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales informa que en la citada provincia sufragaron 16,336 electores, los mismos que representan el 66.66% de electores habiles inscritos para votar en los comicios municipales; razon por la que no se cumple la causal de nulidad de elecciones que alegan los impugnantes; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 36" de la Ley de Elecciones Municipales W 26864; y, BI En el distrito de Pautara se instalaron 35 mesas de sufragio para que emitieran su MORDAZA 5,454 ciudadanos, conforme el Padrcin de Electores; que la Gerencia de Gestion Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales informa que en el citado distrito sutragaron 3,766 electores, los mismos que representan el 69.05% de electores habiles inscritos para votar en los comicios municipales, y los 527 votos nulos yen MORDAZA no superan en 2/3 a los 3,239 votos validos; razon por la cual no se cumple la causal de nulidad de elecciones que alega el personero impugnante; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 36" de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864, Que, los personeros impu MORDAZA no han acreditado que MORDAZA coaccion en contra de a$ gunos ciudadanos del distrito de Pautara, ni que se MORDAZA retenido documentos de identidad de los mismos con la finalidad que voten a favor de una determinada lista; tampoco se ha probado que algunos militantes del Movimiento Independiente Vamos Vecino el dia de los comicios municipales hayan repartido cajitas de fosforo con el simbolo del tractor y en su interior cinco o diez nuevos soles; ni que se ha utilizado recursos del Estado para realizar propaganda electoral a favor del Movimiento Independiente Vamos Vecino; ni que el dia de las elecciones las fuerzas del orden y representantes de ONPE no permitieron el ingreso a los centros de votacion de los personeros; que los hechos que alegan los recurrentes no constituyen razon suficiente para declarar la nulidad de elecciones que solicitan; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 36" de la Ley de Elecciones Municipales N" 26864; Que, el hecho que alegan los impugnantes que varios ciudadanos han realizado su cambio de domicilio al distrito de MORDAZA MORDAZA, no constituye causal de nulidad; mas aun si se tiene en cuenta que toda persona tiene derecho a elegir el lugar de su residencia; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2" numeral 11) de la Constitucion Politica del Peni; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de nulidad interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero del Movimiento Independiente Somos Peru, y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero del Partido Politico Accion Popular, ambos acreditados ante el MORDAZA Electoral Especial de Acobamba, respecto a la nulidad de las elecciones municipales realizadas en el distrito de Pautara y provincia de Acobamba SS. MORDAZA SEGUR& MORDAZA VILLAR; MUNOZ ARCE; MORDAZA CANELO; DE VALDIVLA CANO; Secretario General, TRUJII,LANO

13258 RESOLUCION N" 1050-98-JNE
MORDAZA, 13 de noviembre de 1998 Visto, el recurso presentado con fecha 29 de octubre de 1998, por don desus Riese Colonia, Personero de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Chupaca, quien solicita la nulidad de las elecciones realizadas en el distrito de Ahuac, provincia de Chupaca y departamento de MORDAZA, sustentando su edido en la existencia de fraude, cohecho y otros, por losPundamentos siguientes: 1) El escrutinio se realizo en la MORDAZA de Chupaca, a donde fueron llevadas las actas, aduciendo falta de luz, hecho que motivo que los personeros no estuvieran presentes; 2) No se permitio el sufragio a algunos ciudadanos que estando asignados a sus respectivas mesas, se les diio aue no estaban inscritos: 3) Existencia de vicios electoriles'en la mayoria de mesas. a favor de la lista de la Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru"; 4) Diferencia entre los ciudadanos que sufragaron con el total de votos emitidos; y, 5) Desalojo de personeros de diferentes Mesas de Sufragio, alegando falta de firmas en las credenciales respectivas; visto, asimismo, el escrito presentado por el mismo recurrente, con fecha 6 de noviembre del ano en curso, quien sostiene que el MORDAZA Electoral Especia1 de la provincia de Chu aca ha convalidado unos resultados que no reflejan la VO funtad popular, al

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