Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 1998 (15/11/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

MORDAZA de los Molinos, provincia y departamento de Ica, formulado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero de
la Lista Independiente "Frente Popular Independiente". Registrese, comuniquese y pubhquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MUNOZ ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO

13263

Declaran fundada impugnacion y proclaman MORDAZA y regidores del MORDAZA ~a~~rital de Bellavista, provincia de
RESOLUCION W 104%SS-JNE
MORDAZA, 13 de noviembre de 1998 Visto, en sesion Publica de fecha 4 de noviembre del ano en curso, el Recurso interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista Independiente "Movimiento Independiente El Trabajo Continua", contra la Resolucion N" 48 de fecha 12 de octubre ultimo, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA, que proclamo MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital del distrito de Bellavista; CONSIDERANDO: Que, a fojas 36 obra el recurso de nulidad presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista 1ndependiente"Movimiento Independiente El Trabajo Continua", contra la Resolucion N" 48 de fecha 12 de octubre ultimo, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA, que proclamo MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital del distrito de Bellavista, por haber sido expedida sin que se MORDAZA resuelto la reconsideracion planteada contra la Resolucion N" 13 del mismo MORDAZA, que declaro nulas las Actas Electorales NOs. 139979, 138403, 138409, 138416 y 204214, correspondientes al distrito de Bellavista de la provincia de Jaen; Que, conforme se aprecia a fojas 10, el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de MORDAZA, mediante Resolucion N" 13 de fecha 12 de octubre de 1998, declaro nulas las Actas Electorales Ns. 139979, 138405, 7 38409, 138416 y 204214, correspondientes al distrito de Bellavista, a solicitud del personero de la Lista Independiente "Movimiento Indeprndiente El Trabajo Continua", por no haber sido expedidas ni redactadas con arreglo a ley; Que, a fojas 11, obra en autos el recurso presentado el mismo 12 de octubre por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista Independiente "Movimiento Independiente El Trabajo Continua", solicitando la reconsideracion de la anulacion de las referidas Actas Electorales, el mismo que fue declarado improcedente por el citado Organo Temporal con fecha 14 del mismo m e s y a n o , m e d i a n t e R e s o l u c i o n N" 60.98.JEE,J, en consideracion que la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) remitio a esa instancia fotocopia de las Actas Electorales materia del recurso; Que, no obstante ello, el mismo recurrente vuelve a interponer recurso de reconsideracion contra la Resoluciim N" 13 citada en el parrafo anterior. presentando las Actas electorales otorgadas a los Personeros de su misma lista ante las correspondientes mesas de sufragio; Que, a fojas 25 rorre la Resolucion N" 71-98-JEE-J de fecha 16 de octubre de 1998, expedida por el mencionado .Jurado, que resolvio declarar infundado el recurso de reconsidrracion contra la Resolucion N" 13 ya citada, ordenando, ademas, se remitan copias de lo actuado al Fiscal Provincial de Turno para investigarlo pertinente, con relacion al manipuleo de las Actas Electorales Ns. 139979, 138405, 138409. 138416 y- 204211, materia de la presente resolucien; Que, no obstante ello, este Supremo Tribunal Electoral, en cumplimiento de la funcion de fiscalizacion de la legalidad del ejercicio del sufragio que le otorga el inciso 1) del Articulo 178 de la Constitucion Politica del Peru, ha procedido a revisar las Actas Electorales NS. 139979. 138409, 138416 y 204214, contenidas en los sobres "verdes", que le han sido remitidas conforme a ley, comprobando que las ,415~s Electorales N%. I

138409.138416 y 204214, no contienen vicio insalvable que las invalide, por lo que deben inchkse en el computo correspondiente; y, que el Acta Electoral N" 139979, que obra en archivo, es una MORDAZA certificada donde aparece que las cantidades han sido modificadas, por lo que es nula, que, el Acta Electoral N 138405 no ha sido remitida al MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, realizado el computo en el referido distrito incluyendo las Actas Electorales Ns. 138409, 138416 y 204214, se obtiene los siguientes resultados: Lista Independiente "Movimiento Independiente El Trabajo Continua": 895 votos; Partido Politice Accion Popular: 868 votos; Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino": 677 votos; Agrupacion Independiente "Movimiento Independiente Somos Peru": 95 votos; Lista Independiente "Somos MORDAZA 98": 88 votos; y, Partido Aprista Peruano: 60 votos: Que, asimismo, la inclusion de las citadas actas en el computo provincial, no modifican la conformacion del Concejo Provincial de Jaen; Que, en consecuencia, la lista ganadora es Lista Independiente "Movimiento Independiente El Trabajo Continua"; y, habiendo alcanzado la mayoria relativa, le corresponde la Alcaldia y la mitad mas uno de los Regidores, es decir cuatro 141 Regidores, teniendo en consideracion que al Concejo Distrital de Bellavista de la provincia de MORDAZA, le corresponde cinco 1.5) Regidores; y , le Regiduria restante le corresponde a la lista que alcanzo el MORDAZA lugar, es decir al Partido Politico Accion Popular; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones y con el criterio de conciencia que le otorga el Articulo 181" de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 23" de su Ley Organica, Ley N" 26486: RESUELVE:

Articulo Primero.- Declarar fundado el Recurso interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista Independiente "Movimiento Independiente El Trabajo Continua", contra la Resolucion N" 48 de fecha 12 de octubre ultimo, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de la provincia de Jaen; en consecuencia, nula la proclamacion de MORDAZA y Regidores efectuada por el referido MORDAZA, correspondiente al distrito de Bellavista. Articulo Segundo.- Proclamar MORDAZA del Concejo Distrital de Bellavista de la provincia de MORDAZA a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrante de la Lista Independiente "Movimiento Independiente El Trabajo Continua") y como Regidores de la misma lista a don Wilmer Tarrdlo MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 1. Wong MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA Heredia; y a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Castro; integrante del Partido Politico Accion Popular; debiendoseles otorgar las correspondientes credenciales.
Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO

13251

Declaran infundado recurso de nulidad de actas electorales de mesas de sufragio que funcionaron en el distrito de Velille, provincia de Chumbivilcas
RESOLUCION W 1045-9%JNE
Lima. 13 de noviembre de 1998 Vista, la comunicacion recibida el dia 3 de noviembre de 1998. presentada por MORDAZA MORDAZA Cerrillo de MORDAZA, quien mankesta ser personera legal de la Lista Independiente "Frente Chumbivilcano de Izquierda", quien solicita la nulidad de las Actas Electorales que funcionaron en el distrito de Velille, provincia de Chumbivilcas, departamento del MORDAZA, por haberse cometido graves irregularidades, que la recurrente enumera de la siguiente manera: 1 J por haber mediado fraude; puesto que se ha adulterado el computo de votos distritales, favoreciendo al "Movimiento Independiente Vamos Vecino", en el acta correspondiente a la mesa de sufragio N" 124070 ; 2) aumento del numero de electores en el padron, permitiendo que estos puedan sufra-

-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.