Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 1998 (07/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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1 .ima, mikolcs 7 dc octubre dc 1998

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL SAN MORDAZA DI.: LURIN POR CUANTO: Visto en Scslon de Concejo Ordinaria celebradael dia mier15 de MORDAZA de 1998. la Mocion de Orden del Dia presentada Jorsiete(7~re~doresfirmantes,referenteaexpresarIacensura / 1 ( iel Concejo Municipal contra el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Car/ 1nona de Ia Municipalidad Metropolitana de Lima. Que, Ia actual administracion dc MORDAZA Metropolitana a la "echa no ha emitido pronunciamiento alguno ni tramitado los expedientes relacionados con su competencia sobre la problematica de demarcacion territorial de los distritos metropoli,anos. Que, se vienen emitiendo dictamenes dc comisiones que atentan contra la integridad terntorial y propician el cercenamiento territorial y poblacional del distritode Lurin, a favor del ?royectoderedelimitaciondel distritode Pachacamacaprol>ado 3or el Acuerdo de Concejo Metropolitano N" 160-93. Que, contandocon el MORDAZA mayoritario de los seiiores regidores, el Concejo aprobo el presente acuerdo.
( :oles

Modifican articulo de ordenanza que reglamentb el otorgamiento de licencias temporales de funcionamiento en asentamientos humanos del distrito
ORDENANZA N' 121-SS-CDSB-C San MORDAZA, 1 de octubre de 1998 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA Visto en la X-98 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 2%998 el pedido del RegidorJavier MORDAZA MORDAZA respecto a que se mantenga excluida la autorizacion de los giros de planchado y pintura de vehiculos, mecanica ligera y parchado de Ilantas en el pasaje MORDAZA MORDAZA teniendo en consideracion los continuos reclamos de los vecinos sobre la permisibilidad del funcionamiento de talleres de mecanica, planchado yio pintura en el mencionado pasaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N' ll Y-9%CDSB-C nuevamente se reglamento el otorgamiento de Licencias Temporales de Funcionamiento en asentamientos humanos del distrito de San Borja; Que, en el Articulo 8" de la MORDAZA en referencia se establece que los giros permitidos en los asentamientos humanos estan referidos a las zonas perifericas que dan a avenidas principales, tales como avenidas Aviacion, Canada, Paseo El Bosque y prolongacion San MORDAZA, pasaje MORDAZA MORDAZA, aquellos compatibles con C-l (Comercio Local) y por excepcion planchado y pintura de vehiculos, mecanica ligera y parchado de llantas: Que, existen numerosas qwjas de los vecinos del pasaje MORDAZA MORDAZA por el funcionamiento dc talleres de mwanica, planchado y pintura; EstandoalodispuestocnelArticulo 109"dela LeyOrganica de Municipalidades N" 23853 se aprobo lo siguiente; Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo 8" de la Ordenanza N" 119-9%CDSB-C, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: Los giros establecidos en el Articulo Setimo solo se permitiran v estan referidos unicamente a las zonas perifericas de los asentamientos humanos que dan a avenidas principales tales como: Av. Aviacion, Av. Canada. Paseo El Bosque, prolongacion Av. San MORDAZA y aquellas com atibles con C- 1 I Comercio Local); Tambien se permitira eP giro de planchado y pintura de vehiculos, mecanica ligera y parchado de llantas. El pasaje MORDAZA MORDAZA queda excluido de estos ultimos giros. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto todo lo que se oponga a la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA EncarTado del Despacho de Alcaldia 11500

ACUERDO: ArticuloPrimero.-ExpresarIaCENSURADELCONCEJO MUNICIPAL del distrito San MORDAZA de Lurin en contra del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Ia Municipalizlad Metropolitana de MORDAZA, por las razones expuestas en los considerandos precedentes. Articulo Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y dos diarios de mayor circulacion nacional. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA WEBERHOFEII VILDOSO MORDAZA 11520

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Acuerdo para el establecimiento de la Catedra Peru y de la Catedra Colombia en las Academias Diplomaticas de las Cancille rias de los dos paises
CONVENIOSINTERNACIONALES De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo li" de la Ley N" 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) N" O-3-A/92.c.a., comunica que el referido acuerdo, ratificado por Decreto Supremo N"0 19-9%RE de 25 de agosto de 1998, y publicado en el Diario Oficial EI Peruano al ikwal que cl texto, el 30 de agosto de 1998, entro en vigencia el 24 de febrero de 1998. 11536

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIN
Expresan censura a MORDAZA metropolitiino
ACUERDO DE CONCEJO No 047-98iMDSPL San MORDAZA de Lurin, 16 de MORDAZA de 1998

Entrada en vigencia del Acuerdo sobre Trabajo Remunerado de Dependientes de Funcionarios Diplomaticos y Consulares suscrito con el Gobierno de Colombia
CONVENIOSINTERNACIONALES De acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 6" de la Ley N' 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) N" O-3-A/92.c.a., comunica que el referido acuerdo, ratificadoporDecretoSuprcmoN"018-98-REde24deagostode 1998, y publicado en el Diario Oficial El Peruano al ikwal que el texto, cl 25 de agosto de 1998, entro cn vigencia el 12 de diciembre de 1997. 11535

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