Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 1998 (07/10/1998)


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Lima. miercoles 7 dc octubre de 1998

emision de bonos subordinados por un monto de hasta Ocho Millones y OO/1 OO Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 8 000 000 OO), para ser colocados mediante oferta publica asi como los terminos y condiciones de dicha emision; Que, mediante Resolucion SUS N" 970-98 de fecha 16 de setiembre de 1998, la Superintendencia de Banca y Seguros autorizo la presente emision de bonos subordinados. Que, el BANCO DEL MORDAZA MORDAZA S.A.k.M.A. ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N"861 y el Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por ResolucionCONASEVN"906-91-EF/94.10.0,ymodificadoporResolucion CONASEV N" 600-97-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por el inciso g) del Articulo ll" del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley N" 26126, Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N" 8fi1, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional. reunido en sesion de fecha 22 de setiembre de 1997, que faculta al Gerente General disponerlainscripcii>nenelRegistroPublicodelMercadodeValores de los valores cuya emision tenga autorizacion de la Superintendencia de Banca y Seguros; SE RESUELVE:

USIPTEL
Establecen regimen de tasas contables piso para concesionarios de larga distancia internacional
RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO W 016-SS-CD/OSII'TEL
MORDAZA, 5 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que de acuerdo al literal c) del Articulo 6"del Reglamento del Organismo Su ervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSI &EL y el numeral 68 de los "Lineamientos de politica de apertura del MORDAZA de telecomunicaciones del Peru", aprobados mediante Decreto Supremo N" 020-98-MTC, escompetenciaexclusivadeOSIPTELestahlecerloslineamientos, criterios y/o limitaciones que deben se ir las empresas concesionarias de servicios portadores en Y negociacion de a convenios o acuerdos internacionales de operacion, en particular en lo referido a las tasas de distribucion o tasas contables entre las empresas, asi como supervisar su cumplimiento; Que de acuerdo al numeral 70 de los lineamientos MORDAZA mencionados, las tasas contables deberan ser no discriminatorias, transparentes y tender gradualmente a costos; Que de acuerdo al numeral 71 de los lineamientos, OSIPTEL debe fijar las tasas contables piso para cada uno de los tres primeros anos de la apertura; De acuerdo a las facultades otorgadas por el ordenamiento legal vigente y estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSIPTEL en su Sesion 074, de fecha 5 de octubre de 1998; SE RESUELVE: Articulo lo.- Establecer las tasas contables piso para los proximos tres (3) anos, conforme al cuadro siguiente:

Articulo l".- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los bonos subordinados denominados "Bonos Subordinados Banco del MORDAZA MORDAZA S.A.E.M.A. Tercera Emision" del BANCO DEL MORDAZA MORDAZA S.A.E.M.A.. los que seran emitidos y colocados por oferta publica, en cokordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstos en el contrato de emision, con sujecion a lo dispuesto en la aresente resolucion. Articulo 2".- El prospecto informativo a ser utilizado obligatoriamenteporelBANCODE1,NUEVOMUNDOS.A.E.M.A. para la difusion de la oferta publica contiene las caracteristicas de los valores a emitir Y debidamente visado sera devuelto al recurrente, conservandke MORDAZA del mismo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 3".- Los recursos que capte el BANCO DEL MORDAZA MORDAZA S.A.E.M.A. por la emision por oferta publica de los bonos que se inscriben en el Registro Publico del MORDAZA de Valores mediante la presente resolucion seran utilizados para las operaciones propias del Banco. Articulo 4".- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta publica debera sujetarse a las condiciones previstas en el contrato de emision y a lo establecido en la presenteresolucion. Articulo 5".- La colocacion de los bonos, a que se refiere el Articulo 1" de la presente resolucion debera efectuarse en un plazo no mayor a nueve (9, meses, desde la fecha de inscripcion del valoren el Rerristro Publico del MORDAZA de Valores. morrogablehastaporunperiodomaximodenuevec9)mesesa;;eticion de parte. Articulo6".-ElBANCODELNUEVOMUNDOS.A.E.M.A., queda obligado a presentar a esta Comision Nacional la informacion a que se refiere el Articulo 13" del Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV N" 906.91-EFi94.10.0, modificado por Resolucion CONASEV N" 393-95-EF/94.10 y el Articulo 39" del Reglamento de Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV N" 079-97.EFi94.10. Asimismo,,en la fecha en que se culmine la colocacion de la oferta pubhca de honos,laempresaemisoradeheraponerelhechoenconocimiento de la CONASEV. Articulo7".-ElBANCODELNUEVOMUND0S.A.E.M.A. quedaobligado a insertare1 texto de la presente resolucion en la escritura publica de emision de los bonos que se otorbwe por la presente emision, asi como a remitir a CONASEV el correspondiente testimonio, dentro de los treinta (30) dias siguientes a su otorgamiento. Articulo 8".- La inscripcion aquese refiere el Articulo 1" de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 9".- Transcribir la presente resolucion al BANCO DEL NUEVOMUNDO S.A.E.M.A., al BancoContinental en su calidad de reoresentante de los obliaacionistas. ala Suoerintendencia de Banca y Seguros, a CAViL ICLV S.A. y a la' Bolsa de Valores de Lima.
Registrese, comuniquesey publiquese. MORDAZA BERAMENDI GALDOS Gerente General

Periodo de Aplicacion Tasa Contable Piso (US$ por minuto)
Hasta el 31 de diciembre de 1998 Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 1999 Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2030 Desde el 1 de enero hasta el 31 de MORDAZA del 2001 0.70 0,66 0,W 03

Articulo 2".- Las tasas contables que negocien los concesionarios de larga distancia internacional no podran ser inferiores alas establecidas para el correspondiente periodo, conforme a lo dispuesto en el articulo anterior, salvo en el caso de lo mencionado en la Disposicion Transitoria de la presente resolucion. Articulo 3".- A partir del 1 de agosto del ano 2001, no se estableceran tasas contables piso. Articulo 4".- El regimen de tasas contables piso establecido en la presente resolucion se aplicara para todos los concesionarios de larga distancia internacional que realicen operaciones comerciales en el territorio peruano. Articulo 5".- Los concesionarios de larga distancia internacional entregaran la informacion correspondiente a OSIFTEL de acuerdo al Instructivo que en su oportunidad se dicte sobre tasas contables y acuerdos en las liquidaciones de cuentas internacionales por el servicio telefonico internacional, conforme alo establecido en los numerales 72 y 73 de los lineamientos aprobados mediante Decreto Supremo N" 020-98-MTC. Articulo 6".- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Disposicion Transitoria.- Establecer que, las tasas contables negociadas por Telefonica del Peru S.A.A. con Colombia, Canada y Espana, que ala fecha son inferiores a las mencionadas en el Articulo 1" anterior, deberan ser adecuadas a la presente resolucion a mas tardar a diciembre de 1999.
Registrese, comuniquesey publiquese. MORDAZA KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo

EXPOSICION DE MOTIVOS
El Sistema de Tasas Contables Internacionales es un sistema de pagos entre empresas concesionarias de larga distancia internacional (LDI) que ha estado basado en tasas negociadas o acordadas, por transportar un minuto de llamada internacional de un MORDAZA a otro, entre redes de los portadores, conocidas

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