Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 1998 (07/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

I,ima, mikxks 7 de ocluhrc de 199X de telecomunicaciones en areas rurales y lugares considerados de preferente interes social. 4. Numeracion GSIPTEL debera recomendar y votar en el Comite Consultivo del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion por la asignacion de los numeros que permitan identificar las llamadas desde y hacia areas rurales y lugares de preferente interes social, a fin de hacer viable la aplicacion del sistema tarifario. En tanto sea posible, se tratara de asignar un solo codigo a las llamadas que se efectuen desde y hacia areas rurales y lugares considerados de preferente interes social. 5. Planes de expansion La sola prestacion del servicio comprometido en el respectiContrato de Concesion para la atencion de areas rurales y lugares considerados de preferente interes social constituye el Plan Minimo de Expansion a que se reliere el numeral 28 de los "Lineamientos de politica de apertura", aprobado por el Decreto Supremo N"O20.98-MTC.
YO

De conformidad con el inciso e) del Articulo 5" del Decreto Ley N" 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la senorita MORDAZA GarciaGodos MORDAZA, como Secretaria Tecnica de la Comision de Fiscalizacion de Dumpingy Subsidios del Indecopi. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA D. Presidenta del Directorio 11564

SUNAT
Establecen plazo para la declaracion y pago del Impuesto Extraordinario de Solidaridad por parte de contribuyentes afectos al RUS
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA W 091-9%SUNAT MORDAZA, 6 de octubre de 1998 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3" de la Ley N"26969, el Impuesto Extraordinario de Solidaridad sustituye a partir del 1 de setiembre de 1998 a la contribucion al Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI; Que el inciso b) del Articulo 29" del Codigo Tributario aprobadoporDecretoLegislativoN"816,senalaquetratandose de tributo de liquidacion mensual que administra la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, el pago se realizara dentro de los doce (121 primeros dias habiles del mes siguiente; Que resulta necesario establecer la oportunidad de la MORDAZA de la declaracion y el pago del Impuesto Extraordinario de Solidaridad, al que se encuentran afectos los contribuyentes del Regimen Unico Simplificado; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 11" del DecretoLegislativoN"501 ye1 incisop)delArticulo6"delTexto Unico Ordenado del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por la Resolucion de SuperintendenciaN"041-981SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Los contribuyentes afectos al Regimen Unico Simplificado deberan cumplir con la MORDAZA de la declaracion y cl pago de los tributos distintos a los contenidos en el citado regimen de conformidad con el cronograma detallado en el Anexo 1 de la Resolucion de Superintendencia N" 005-98/ SUNAT. Registrese, comuniquesey publiquese.
6. Preseleccion Es de aplicacion al servicio de telecomunicaciones en areas rurales y lugares considerados de preferente interes social lo dispuestoenelLmeamientoNo. 61 delDecretoSupremoN"02098 MTC. Para todo fin practico, los telefonos publicos en areas rurales y lugares considerados de preferente interes social seran considerados telefonos publicos de exteriores. 7. Calidad de servicio Salvo que los requisitos de calidad de servicio se establezca en los contratos de concesion o, en el caso de financiamiento del FITEL. en las Bases de Licitacion, es de aplicacion a los operadores en areas rurales y lugares considerados de preferente interessocialel lineamientoN"103delDecretoSupremoN"O2098 MTC. 8. Principios de neutralidad y no discriminacion En aplicacion de los principios de neutralidad y no discriminacion, en cl casoquc una empresa concesionaria prestadora de servicios de telecomunicaciones en areas rurales y lugares de preferente interes social obtenga un trato mas beneficioso que otra empresa concesionaria prestadora de iguales servicios, los terminosaplicahlcsaestaultima seranlosmismosquelosdela primera. ArticuloSegundo.Lodispuestoenlapresenteresolucion entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese MORDAZA KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo 11598

INDECOPI
Designan Secretaria Tecnica de la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios del INDECOPI
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI N"033-98-INDECOPIKHR Lima. 30 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que el Articulo Ix" del Decreto Ley N" 25868, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual JNDECOPI-, modificado por el Decreto Legislativo N"807, creo la Comision de Fiscalizacion de lhmpingy Subsidios; Que se encuentra vacante la plaza de Secretario Tecnico de la Comision de Fiscalizacion de Dumpingy Subsidios: Que el Directorio del instituto, en su sesion de fecha 22 de setiembrede 1998acordodesignaralasenoritaChristyGarciaGodos MORDAZA como Secretaria Tecnica de la Comision de Fiscalizacion de Dumpingy Subsidios;

INPE
Declaran infundadas e improcedente impugnaciones contra resoluciones por las que se sanciono con destitucion y cese temporal a servidores y ex servidores del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DE LA COMISION REORGANIZADORA IV' 409-SS-INPE-CR/P MORDAZA, 17 de setiembre de 1998

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