Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 1998 (07/10/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

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TITULO II OBJETIVO, FINALIDAD Y ALCANCE
reglamentar el otorgamiento de licencia temporal de funcionamiento respecto de las playas de estacionamiento ubicadas en calles internas del distrito de San MORDAZA, encontrandose esta por su ubicacion, en zonas residenciales ylo comerciales. Articulo.2".- La aresente ordenanza tiene como finalidad cubrir el deficit de estacionamiento generado dentro de las zonas residenciales y comerciales del distrito, el wal se ve acentuado en ciertos sectores por el aumento de la densidad poblacionalycrecimientocomercial. Asimismo. tiene como tinalidad proteger el ornato de nuestro distrito. Articulo 3".- La aplicacion de la presente ordenanza alcanza a todos aquellos contribuyentes de un predio sin construir, ubicado dentro de la jurisdiccion del distrito de San Borja. a. Contara con sus respectivas MORDAZA medianeras tarraleadas y pintadas, o acabadas debidamente con alguna otra :ecnicaconstructiva. b. Contara, ademas, de un pequeno ambiente con bano, techado con material liviano. Esta construccion no debera estar ubicada dentro del area de retiro y debera formar parte del iisenointegral. c. El piso debera tener un acabado de concreto asfaltado, ripio o similar, pero en ningun caso de tierra.

Articulo lo.- La presente ordenanza tiene como objetivo

Articulo 9°.- Las condiciones de diseno que debe reunir cada playa de estacionamiento exteriormente es el siguiente:
a. Tratandose de muros en esquina, debera tener el mismo acabado que las viviendas exteriores para integrarse perfectamente al entorno. b. Los muros tendran una altura MORDAZA de 2.40m.y seran tarrajeados/escarchados y pintados de color MORDAZA o terracota. c. La MORDAZA de ingreso debidamente acabada, enmarcada en dos columnas que sirvan a la vez como unicos elementos decorativos Y distintivos de la playa de estacionamiento, d. La MORDAZA de ingreso debera contar con iluminacion lateral. . e. En la parte frontal del predio, via publica (berma lateral) debera habilitar areas verdes para sembrado de MORDAZA y arbustos, asimismo, de arboles no frondosos y de rapido crecimiento.

TITULO III DE LAS DEFINICIONES ArticuloC.- Para efectos de la presente ordenanza se considera playa de estacionamiento al espacio (terreno sin construir) libre que alberga una cantidad determinada de automoviles con el proposito de brindarles estacionamiento y seguridad. TITULO IV DE LA TASA DE LA LICENCIA TEMPORAL DE FUNCIONAMIFJUTO Articulo 5".- La tasa de Licencia de Funcionamiento'femporal sera trimestral y esta nace o vence a partir del trimestre siguiente en que se presenta la solicitud para obtener la autorizacion o cese de actividades, respectivamente. TITULO V DE LA VIGENCIA DE LA LICENCIA TEMPORAL DE FUNCIONAMIENTO Articulo 6".- La Licencia Temporal de Funcionamiento sera otorgada por el plazo de un I 1) ano, el mismo que sera renovadoautomaticamente, siempre que se presente una dcclaracioniuradahastaelultimodia habildelmesde marzodecada ejercibo gravable y cuando se verifique que se mantiene el funcionamiento de dicho local en las mismas condiciones y fines para el cual se autorizo. TITULO VI DE LOS REQUISITOS PARA LA AUTORIZACION DE PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Articulo 7".- La autorizacion para el acondicionamiento provisional de playa de estacionamiento se otorgara mediante Resolucion de Alcaidia, previo informes tecnicos de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, para lo cual el interesado dehcra adjuntar 10s siguientes documentos:
a. Solicitud dirigida a la Alcaldesa, sustentando I as razones de su pedido. b. Autorizacion de los vecinos colindantes al predio (solo propietarios), y/o inquilinos, en caso de que su contrato, al momento de entrar en vigencia la presente ordenanza, tenga una duracion mayor de dos arios. asi como de los vecinos de la MORDAZA posterior que pudieran verse afectados, f ver esquema) debiendo consignarse el nombre del propietario y/o Inquilino, direccion. numero de documento de identidad v telefono. c. Pla~odeuhicaciondelaplayadeestacion~mientoaescala de 1/1 OO. d. Plano de distribucion a escala X50. - Plano de elevacion de fachada de ingreso 1/50. - Cortes 1150. e. Plano tecnico indicando mecanismo de MORDAZA de inmeso (puertas giratorias o puertas levadizas ). En cualquiera de estos casos, este ingreso debera estar ochavado y/o retirado 3 m. del limite de orouiedad del medio oronuesto. f. Presupuesto de la-obra. ' ' g. Titulo de propiedad del predio yio contrato de alquiler vigente respecto al predio; de ninguna manera se aceptara ocupacion de pasajes o jardines de aislamiento.

TITULO VIII DE LAS OBLIGACIONES
va licencia temporal de funcionamiento se encuentran obligadas a lo siguiente: a. A respetar el horario de funcionamiento que le conceda la municipalidad, que en ningun caso excedera de las 22.00 horas. b. En la berma central (via publica), al sembrado lateral o frontal de especies intermedias o altas dc rapido crecimiento. Los arholes que se sembraran seran por lo tanto alamos MORDAZA v/o grevileas en forma de hilera: esto con la finalidad de aislar el sonido o ruidos molestos que ocasionen a los vecinos. c. Mantener en MORDAZA estado delimpieza y mantenimiento la playa de estacionamiento.

Articulo 10°.- Aquellas personas que obtengan la respecti-

TITULO IX DE LAS PROHIBICIONES
va licencia temporal de funcionamiento se encuentran prohibidas de lo siguiente: a. A no acumular, en zonas residenciales, dos o mas lotes, para esta actividad, debiendo restringir el uso a un lote existente para la zona. b.Al uso de bocinas, silbatos o similares, debiendo el usuario limitarse al uso del timbre o control remoto (si lo hubiera).

Articulo 1 1°.- Aquellas personas que obtengan la respecti-

TITULO X DE LAS SANCIONES
licencia temporaldefuncionamientoyque incumpla lo dispuestoen la presente ordenanza sera susceptible a que su playa de estacionamiento sea clausurada. Articulo 13°.- Si posteriormente al otorgamiento de la licenciatemporal de funcionamiento, existiese queja de vecinos, verificadas y/o constatadas, en forma reiterada, se procedera a la clausura definitiva. Articulo 14°.-Cualquier otro incumplimiento a lo dispuesto por la Administracion Municipal, sera sancionadode conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza N" 024-97-CDSB-C, Cuadro de infracciones y sanciones

Articulo 12°.- Aquella persona que obtenga la respectiva

CAPITULO II TITULO 1 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera Disposicion Transitoria.- El pago de los derechos para los tramites conducentes a la obtencion de la Licencia Temporal de Funcionamiento se realizara de conformidad con lo establecido en la Ordenanza N" 111 -98-CDSB-C MORDAZA Disposicion Transitoria.- En caso de solicitarse el anuncio para la playa de estacionamiento, esta sera evaluada por la Comision de Anunciosy Publicidad Exterior de la Municipalidad de San Borja.

TITULO VII DE LAS CONDICIONES DE DISENO QUE DEBERA REUNIR EL PREDIO HABILITADO PABA PLAYA DE ESTACIONAMIENTO
cada playa de estacionamiento interiormente es el siguiente:

Articulo So.- Las condiciones de diseno que debe reunir

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