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@v Pág. 16475 5 TITULO II OBJETIVO, FINALIDAD Y ALCANCE Artículo lo.- La presente ordenanza tiene como objetivo reglamentar el otorgamiento de licencia temporal de funciona-miento respecto de las playas de estacionamiento ubicadas en calles internas del distrito de San Borja, encontrándose ésta por su ubicación, en zonas residenciales ylo comerciales. Artículo.2”.- La aresente ordenanza tiene como finalidad cubrir el déficit de estacionamiento generado dentro de laszonas residenciales y comerciales del distrito, el wal se ve acentuado en ciertos sectores por el aumento de la densidadpoblacionalycrecimientocomercial. Asimismo. tiene como tina- lidad proteger el ornato de nuestro distrito. Artículo 3”.- La aplicación de la presente ordenanza alcan- za a todos aquellos contribuyentes de un predio sin construir, ubicado dentro de la jurisdicción del distrito de San Borja. TITULO III DE LAS DEFINICIONES ArtículoC.- Para efectos de la presente ordenanza se consi- dera playa de estacionamiento al espacio (terreno sin construir) libre que alberga una cantidad determinada de automóviles con el propósito de brindarles estacionamiento y seguridad. TITULO IV DE LA TASA DE LA LICENCIA TEMPORAL DE FUNCIONAMIFJUTO Artículo 5”.- La tasa de Licencia de Funcionamiento’fem- poral será trimestral y ésta nace o vence a partir del trimestre siguiente en que se presenta la solicitud para obtener la autori-zación o cese de actividades, respectivamente. TITULO V DE LA VIGENCIA DE LA LICENCIA TEMPORAL DE FUNCIONAMIENTO Artículo 6”.- La Licencia Temporal de Funcionamiento será otorgada por el plazo de un I 1) año, el mismo que será renovadoautomáticamente, siempre que se presente una dccla- racióniuradahastaelúltimodía hábildelmesde marzodecada ejercibo gravable y cuando se verifique que se mantiene el funcionamiento de dicho local en las mismas condiciones y fines para el cual se autorizó. TITULO VI DE LOS REQUISITOS PARA LA AUTORIZACION DE PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Artículo 7”.- La autorización para el acondicionamiento provisional de playa de estacionamiento se otorgara mediante Resolución de Alcaidía, previo informes técnicos de la Dirección de Desarrollo Urbano, para lo cual el interesado dehcrá adjun-tar 10s siguientes documentos: a. Solicitud dirigida a la Alcaldesa, sustentando I as razones de su pedido. b. Autorización de los vecinos colindantes al predio (sólo propietarios), y/o inquilinos, en caso de que su contrato, al momento de entrar en vigencia la presente ordenanza, tengauna duración mayor de dos arios. así como de los vecinos de la calle posterior qüe pudieran verse afectados, f ver esquema) debiendo consignarse el nombre del propietario y/o Inquilino, dirección. número de documento de identidad v teléfono. c. Pla~odeuhicacióndelaplayadeestacion~mientoaescala de 1/1 OO. d. Plano de distribución a escala X50. - Plano de elevación de fachada de ingreso 1/50. - Cortes 1150. e. Plano técnico indicando mecanismo de puerta de inmeso (puertas giratorias o puertas levadizas ). En cualquiera de estos casos, este ingreso deberá estar ochavado y/o retirado 3 m. del límite de orouiedad del medio oronuesto. f. Presupuesto de la-obra. ’’ g. Título de propiedad del predio yio contrato de alquiler vigente respecto al predio; de ninguna manera se aceptaráocupación de pasajes o jardines de aislamiento. TITULO VII DE LAS CONDICIONES DE DISEÑO QUE DEBERA REUNIR EL PREDIO HABILITADO PABA PLAYA DE ESTACIONAMIENTO Artículo So.- Las condiciones de diseño que debe reunir cada playa de estacionamiento interiormente es el siguiente:a. Contará con sus respectivas paredes medianeras tarra- leadas y pintadas, o acabadas debidamente con alguna otra :écnicaconstructiva. b. Contará, además, de un pequeño ambiente con baño, techado con material liviano. Esta construcción no deberá estarubicada dentro del área de retiro y deberá formar parte deliiseñointegral. c. El piso deberá tener un acabado de concreto asfaltado, ripio o similar, pero en ningún caso de tierra. Artículo 9°.- Las condiciones de diseño que debe reunir cada playa de estacionamiento exteriormente es el siguiente: a. Tratándose de muros en esquina, deberá tener el mismo acabado que las viviendas exteriores para integrarse perfecta- mente al entorno. b. Los muros tendrán una altura máxima de 2.40m.y serán tarrajeados/escarchados y pintados de color blanco o terracota. c. La puerta de ingreso debidamente acabada, enmarcada en dos columnas que sirvan a la vez como únicos elementos decorativos Y distintivos de la playa de estacionamiento, d. La puerta de ingreso deberá contar con iluminación lateral. . e. En la parte frontal del predio, vía pública (berma lateral) deberá habilitar áreas verdes para sembrado de flores y arbus-tos, asimismo, de árboles no frondosos y de rápido crecimiento. TITULO VIII DE LAS OBLIGACIONES Artículo 10°.- Aquellas personas que obtengan la respecti- va licencia temporal de funcionamiento se encuentran obliga-das a lo siguiente: a. A respetar el horario de funcionamiento que le conceda la municipalidad, que en ningún caso excederá de las 22.00 horas. b. En la berma central (vía pública), al sembrado lateral o frontal de especies intermedias o altas dc rápido crecimiento. Los árholes que se sembrarán serán por lo tanto álamos chilenov/o grevileas en forma de hilera: esto con la finalidad de aislar el sonido o ruidos molestos que ocasionen a los vecinos. c. Mantener en perfecto estado delimpieza y mantenimiento la playa de estacionamiento. TITULO IX DE LAS PROHIBICIONES Artículo 1 1°.- Aquellas personas que obtengan la respecti- va licencia temporal de funcionamiento se encuentran prohibi-das de lo siguiente: a. A no acumular, en zonas residenciales, dos o más lotes, para esta actividad, debiendo restringir el uso a un lote existen- te para la zona. b.Al uso de bocinas, silbatos o similares, debiendo el usuario limitarse al uso del timbre o control remoto (si lo hubiera). TITULO X DE LAS SANCIONES Artículo 12°.- Aquella persona que obtenga la respectiva licencia temporaldefuncionamientoyque incumpla lo dispues- toen la presente ordenanza será susceptible a que su playa de estacionamiento sea clausurada. Artículo 13°.- Si posteriormente al otorgamiento de la licenciatemporal de funcionamiento, existiese queja de vecinos, verificadas y/o constatadas, en forma reiterada, se procederá a la clausura definitiva. Artículo 14°.-Cualquier otro incumplimiento a lo dispues- to por la Administración Municipal, será sancionadode confor-midad con lo dispuesto en la Ordenanza N” 024-97-CDSB-C, Cuadro de infracciones y sanciones CAPITULO II TITULO 1 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera Disposición Transitoria.- El pago de los dere- chos para los trámites conducentes a la obtención de la Licencia Temporal de Funcionamiento se realizará de conformidad con lo establecido en la Ordenanza N” 111 -98-CDSB-C Segunda Disposición Transitoria.- En caso de solicitar- se el anuncio para la playa de estacionamiento, ésta será evaluada por la Comisión de Anunciosy Publicidad Exterior de la Municipalidad de San Borja.