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Pág. 164814 c[?-&!i@no (~JWI~~L~~~~ I.irna. YiunC’; Y de octuhl~ LIC I YY CONSIDERANDO: VISTA: Que la Segunda Disposición Complementaría de la Ley N” 26505, sustituida por Ley N” 26681, establece que a partir de la fecha de vigencia de dicha norma, el Estado procederá ala venta o concesión de las tierras eriazas de su dominio en subasta pública; Que es interés del Sector Agrario el saneamiento fisico- legal de los terrenos eriazos con aptitud agropecuaria, el mismo que viene siendo efectuado por los diversos órganos de línea y dependencias del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural - PETT: Que asimismo, por Resolucion Ministerial N” O467- 97-AG, modificada por Resolucion Ministerial N” 0267- 98-AG, se encargó a una Comision Ad Hoc la prosecu- ción del trámite de los expedientes sobre denuncios de tierras eriazas con arreglo 8 la legislación anterior a la Ley N” 26505;La solicitud de la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asistenciales Iglesia Adventista del Séptimo Día - ADRA OFASA DEL PERU, formulada mediante Carta N” ANIR- 227/98 de fecha 4 de setiembre de 1998; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Planificación y Presupuesto a través del Memorando N” 218-9%GPP-PRONAA tramita la propuesta correspondiente, en atención a lo solicitado por ADRA OFASA DEL PERU, quien hace de conocimiento al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del arribo de la MN “Maersk Tennessee” al puerto peruano del Callao, trayendo harina de maíz con soya correspon- diente a la ayuda alimentaria para el año 1998; Que es conveniente que una nueva Comision .4d Hoc tenga a su cargo el proceso integro de saneamiento fisico- legal de terrenos eriazos de dommio del Estado con aptitud agropecuaria; De conformidad con la Ley Orgámca del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley N” 25902;Que, el 29 de octubre de 1954, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno del Perú, celebraron un convenio referente a suministros y equi- pos humanitarios mediante el cual se otorgan facilida- des a agencias de rehabilitación y socorro voluntario no lucrativas para la distribución de productos agrícolas alimenticios y la ejecución de Programas de Asistencia Humanitaria; SE RESUELVE: Artículo 1”~ Encargar a una Comision Ad Hoc el saneamiento físico-legal de los terrenos eriazos con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado, para su transferencia al sector privado: la cual quedará integrada de la manera siguiente: Dr. Hernán Marcelino Icochea Riese. quien la presidi- rá. - Ing. Manuel Tapia Muñoz. Sr. Juan Jose Ahumada Bastidas.Que, en el marco del instrumento citado, el 4 de junio de 1998 se suscribe el Convenio de Donación de Ayuda Alimentaria de Título II para Monetización y Distribu- ción Directa entre el Gobierno del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América, por el que el Gobierno Peruano representado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y a solicitud del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a través del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), oficial- mente acepta y aprueba la donación de aproximadamente 100,649 toneladas métricas de alimentos del Gobierno Norteamericano, de las cuales 51.100 tm. se usarán en Programas de Distribución Directa y 49.549 tm. se utili- zarán para monetización; Artículo 2“.- La comision tendra n su cargo: - El proceso de identificación de los terrenos eriazos con aptitud agropecuaria de libre disponibilidad del Estado, en base a los planos elaborados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. El trámite de expedientes sobre denuncios de tierras eriazas a que se refiere el Decreto Supremo N” OlO-97-AG, conforme a lo dispuesto por el Artículo 2” de la Resolución Ministerial N” 0467.97.AG.Que, en virtud al Artículo 1: Aceptación de la donación del referido instrumento, la donación está sujeta a la disponibilidad de los ptoductos, y de los fondos, pudiendo I el donante sustituir ios proaucros en parte 0 en su totalidad con un producto o productos apropiados y/o limitar el valor total de cada producto debido a la varia- ción de precios o a cualquier otro factor que pueda afectar esta donación; La evaluación de los Contratos de Adjudicacilm de Tierras Eriazas otorgados con arreglo a la legislación ante- rior B la Ley N’ 26505, conforme al procedimiento estable- cido mediante Resolución Ministerial Y’ 043597.A(:. El trámite de las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución Ministerial N” 051%97.AG. Artículo 5’.- Los terrenos eriazos de la comisión deter- mine como de libre disponibilidad del Estado serán puestos a disposición de la Comisión dc Promoción de la Inwrsión Privada - COPRI para su transferencia al sector privado mediante subasta pública. Artículo 4“.- Dejar sin efecto el Articulo 1’ de la Reso- lución Ministerial N” 0467-97.AG: la Rcsolucion Ministe- rial N” 0267-98.AG y las demás disposiciones que se opon- gan a la presente Resolucion Ministerial. Regístrese y comumquese. RODOLFO MUNANTE SANGUINETI Ministro de AgriculturaQue, en el Articulo III: Ejecucion del programa del mencionado Convenio de Donación., se acuerda que los alimentos importados para la distribución directa y mo- netización serán de propiedad exclusiva de cinco organi- zaciones privadas sin fines de lucro, entre las cuales se encuentra la Agencia para el Desarrollo y Recursos Asis- tenciales Iglesia Adventista del Séptimo Día - ADRA Ofasa del Perú, quienes asumirán la responsabilidad total desde su recepción en puertos peruanos, hasta la distribución al beneficiario final, debiendo de utilizarlos en los Programas Sociales y de .4poyo Alimentario ejecu- tados por ellas y sus contrapartes; Que, mediante Decreto Ley N” 21942. se establece que las mercancías donadas provementes del extranjero, con- signadas entre otros, a las instituciones y organismos públicos, así como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a instituciones privadas debidamente acreditadas en sus respectivos secto- res, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en el despacho por las aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos v adicionales consolidados en el arancel de aduanas; no siendo requisito para estos casos. la expedición de Resolución Liberatoria ni Licencia Previa de Importación; 11654 Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Gerencia de Operaciones. Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General Administrativa: y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legisla- tivo N” 719, Decreto Ley N” 21942, Decreto Supremos N’s. 127.91-PCM y 020.92-PCM, Resolución Suprema N’ 50% 93-PCM Resolución de Contraloría N” 038-95.CG, y Reso- lución Ministerial N” 1 ll-97-PROMUDEH; y, estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Directivo en el inciso n) del Artículo 20” del Reglamento de Organización y Funciones, de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo N’ 003.9%PROMUDEH;PROMUDEH Aceptan y aprueban donación que será empleada en el marco del Programa “Desarrollo Andino para la Seguridad Alimentaria“ RESOLUCION PRESIDENCIAL W 21%9%PRONAA/P Lima, 5 de octubre de 1998SE RESUELVE: Artículo 1”~ Aceptar y aprobar la donacion procedente del Gobierno de los Estados Unidos de America, a nombre