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Pág. 164828 ~1~~0 ~XAM1W:~~~ l.ima. vi~rncs 9 dc octuhn: de 199X VISTO: Los Expedientes N’s. 1263 y 9018-98 seguidos por la Asociacion de Vivienda Hiios de Aourímac Y con los cuales solicita la aprobación de la Habiliiación Urbana en vía de regularización para Uso de Vivienda de la 2da. Etapa que comprende el terreno de 204,OOO.OO m2 ubicado en la Av. Daniel Alcides Carrión sin, Santa Clara, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N” lOO-93.MLMSMDU de fecha 3 de junio de 1993, el Director Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda R-4 del terreno de 204,000.OO m2 ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, la acotada resolución se aprobó en mérito al ante- proyecto signado con el N” 079-93-MLMSMDU-DMDU, sujetándose la calificación de los Proyectos Definitivos como Tipo C-4, debiéndose tener en cuenta los requisitos y observaciones que se señalan en el Acuerdo N” 10 tomado en la Sesión N” 40-92 del 19.11.92 de la Comisión de Habilita- ción Urbana; Que, el inciso b> del Artículo 9” del Decreto Supremo N” Oll-9%MTC, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, permite dar por cumplida la etapa de aprobación de la Habilitación Urbana cuando se cuente con resolucion con- sentida de la autoridad competente que apruebe los Estu- dios Preliminares y/o Estudios Definitivos del Proyecto de Habilitación Urbana; Que, en el caso de autos la Asociación de Vivienda Hijos de Apurímac cuenta con la Resolución N” 079.93-MLM SMDU-DMDU emitida por autoridad competente y con la cual se le aprobó sus Estudios Preliminares, por lo que es procedente dar por cumplida la etapa de aprobación de Habilitación Urbana en mérito al dispositivo legal referido en el considerando precedente y al haberse cumplido con presentar los requisitos especificados en el Artículo 5” de la Ley N”26878, tal como se da cuenta con Informe N” O92-98- AL-DCIJyN-DAT-MDA y N” 20%SS-DCUyN-DAT-MDA; Que. con Informe N” 019-9%OGO-DCUyN-DAT-MDA se da cuenta que la zonilicación vigente del área materia de la presente habilitación es de IJso Residencial de Densidad Media R-4, Zona de Estructurncinn 1, y que las obras de pavimentación se sujetan a la calificación C-4, pudiendo ser mejoradas opcionalmente a B-4; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el inciso 61 del Artículo 47” de la Ley Orgánica de Municipalidades N” 23853; así como a lo dispuesto en las Leyes NS. 26878 y 26664; RESUELVE: Artículo Primero.- Dése por cumplida la etapa de aprobación de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda R-4 del terreno de 204,OOO.OO m2 denominado II Etapa y ubicado en la Av. Daniel Alcides Carrión s/n, Santa Clara, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, confor- me al Plano signado con el N” 014-98-DCUyN-DATADA que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Autorizase a la Asociación de Vivienda “Hijos de Apurímac”. para ejecutar las obras de habilitación urbana de acuerdo al Plano N” 014-9%DCU- yN-DATIMDA materia de la presente aprobación y en base al siguiente detalle de áreas: Area bruta total 204,OOO.OO m2 Area no habitable 24,498.50 m2 Area bruta afectada a aportes : 179,501.50 m2 100% Area de compensactón (remanente) : 3,339 10 m2 1 .86% Recreación Ptiblica (parques) Area útil20,150 OO m2 Il .23% 94,853 55 m2 52.84% - Vivienda - Local Comunal - Iglesia _ Minist. de Educación - Otros fines Area de vias89.204 82 m2 49.70% 427.95 m2 0 24% 1,275 18 m2 0.71% 3,681 60 m2 2 05% 264.00 m2 0.15% 61.158.85 m2 34.07% Aportes: RecreacIón pública : Ministeno de Educación : Otros fines Tipo de Habilitación20,150 OO m211 23% 3,681 60 m2 2.05% 264.00 m2 2.01% C-4, pudiendo opcionalmente ser mejorado a B-4Pavimentos.- Las características de las obras de pavi- mentación serán las siguientes: Subrasank- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 9% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga propor- ciones adecuadas de material: gruesos ícon diámetros máxi- mo de 1 1/2”), finos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superficie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Suelo estabilizado con sardineles. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m. de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogénea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y con- finando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de fc=210 k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conec- tarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la adecuación urbanística para limitados físi- cos aprobada por Resolución Ministerial N” 1378-7%VC- 3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL, debiendo poner en conoci- miento de dicha compañía, la fecha de inicio y termino de las obras. Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primaria y secundaria de energía eléctrica pública y domiciliaria, las cuales serán ejecutadas de acuerdo a los planes de expansión de dicha compañía. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas la parte interesada deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compa- ñía, para la instalación de duetos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- Autorízase la inscripción indivi- dualizada de los lotes que conforman la presente Habili- tación, de conformidad con el plano aprobado que, debida- mente visado, forma parte integrante de la presente resolu- ción Artículo Cuarto.- Autorízase la libre adjudicación de los lotes a favor de los asociados aue conforman la Asocia- ción de Vivienda “Hijos de Apurímac”. Artículo Quinto.- Considérese la presente Habilita- ción con construcción simultánea. Los propietarios de los lotes deberán solicitar previamente las respectivas autori- zaciones y licencias de construcción a la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Sexto.- Inscríbase en forma definitiva y a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, las áreas de aporte para Recreación Pública y Otros Fines de 20,150.OO m2 y de 264.00 m2, respectivamente, conforme aparece en el plano materia de aprobación por esta resolución. Artículo Sétimo.- Dispóngase que la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, estará a cargo de la parte interesada. Artículo Octavo.- Transcríbase la presente resolución al Registro Predial Urbano para su correspondiente inscrip- ción y a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento y fines. Registrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 11031