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Lima, viemcs .70 dc octubre dc 199X e[mm Pág. 165299 Que, en dicho evento internacional se analizarán y discutirán documentos elaborados por la Secretaría de la Comunidad Andina de Naciones, referente al Proyecto de Decisión sobre Garantías Marítimas (Hipoteca Naval y Privilegios Marítimos) y Embargo Preventivo de Buques; el Texto de Conocimiento de Embarque para Transporte Multimodal Internacional de Uso Comunitario (espéci- men y contrato); el Programa de Capacitación y Difusión del Transporte Multimodal Internacional en la Subre- gión; la Decisión 439 (Marco General de Principios y Normas para la Liberación del Comercio de Servicros en la Comunidad Andina); Proyecto de Decisión relativo al Fletamento a Casco Desnudo y Arrendamiento Financie- ro de Buques: Preparación de la realización del III Colo- quio Portuario; ent.re otros temas; Que, la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, es Miembro Pleno del referido comité, por lo que debe participar en dicho evento; Que, en mérito a lo expuesto precedentemente debe expedirse el acto administrativo del caso, que autorice el viaje del funcionario designado para tal fin; De conformidad con la Ley N” 26894 - Ley de Presu- puesto del Sector Público para 1998, Decreto Ley N” 25862 y Decretos Supremos N”s. 053-84-PCM, 074-85 PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar el viaje del Ing. Eusebio Mel- chor Vega Bueza, Director General de Transporte Acuá- tico del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, a la ciudad de Santa Fe de Bogotá, Colombia, durante los días 28,29 y 30 de octubre de 1998, para los fines aquese contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- El gasto que demande el viaje autorizado por la presente resolución, será con cargo al Presupuesto delMinisterio deTransportes, Comunicaciones,Vi\sienda y Construcción, de acuerdo al siguiente detalle: Ing. Eusebio Melchor Vega Bueza Pasajes US$ 610.06 Viáticos US$ 600.00 Tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese v publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 12493 Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL W 1271-9%MTC115.18 Lima, 12 de octubre de 1998 VISTOS, los Expedientes de Registros N”s. 02109010 y 02320010, organizados por EMTRANS ROEL BUSS S.C.R.Ltda., sobre nuevas concesiones de rutas: Juliaca- Tacna y Puno-Cusco y viceversa, e Informe N” 957-98- MTC/15.18.04.1., de la Dirección de Transporte de Pasa- jeros y Carga Nacional e Internacional.CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes ha cumplido con pre- sentar los requisitos establecidos en el Artículo 13” del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo N” 05-95-MTC y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aproba- do por Decreto Supremo N” 019.97-MTC, para la presta- ción del servicio propuesto; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum N” 2944-98-MTC/15.18.04 y de Asesoría Legal en Informe N” 1783-98-MTW5.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo N” 640 y su reglamento aprobado por Decreto Supre- mo N” 05-95-MTC, Ley N” 25035 y su reglamento aproba- do por Decreto Supremo N” 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por DecretoSupremoN”019-97-MTCyDecretoLeyN”25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a EMTRANS ROEL BUSS S.C.R.Ltda., la concesión de Servicio Público de Transpor- te Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el período de diez (10) años, computados a partir de la fecha de expedición de esta resolución, en las rutas: Juliaca-Tacna y Puno-Cusco y viceversa, de acuer- do a los siguient.es términos: RUTA A.- : JULIACA-TACNA y viceversa ORIGEN : JULIACA DESTINO : TACNA ITINERARIO : PUNO-MOQUEGUA FRECUENCIAS : Tres (3) semanales FLOTA VEHICULAR : Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) ómnibus: UU-1814 (1985) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus: VW1743 (1984) HORARIOS : Salida de Juliaca: 18.00 horas (lunes, miércoles y viernes) Salida de Tacna: 18.00 horas (martes, jueves y sábado) RUTA B: : PUNO-CUSCO y viceversa ORIGEN : PUNO DESTINO : cusco ITINERARIO : JULIACA-AYAVIRI-SICUANI FRECUENCIAS : Tres (3) semanales FLOTA VEHICULAR : Dos (2) ómnibus FLOTA OPERATIVA : Un (1) ómnibus: UU-1816 (1987) FLOTA DE RESERVA : Un (1) ómnibus: VU-1743 (1984) HORARIOS : Salidade Puno: 07.00hxas(lunes,mkco!es Y tin- salde cle cusco: 07.00 hms (marts, juevl?s YSáldOi Las tarjetas de circulación serán expedidas en rela- ción al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad. Segundo.- La concesionaria está obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el reglamento aprobado por Decreto Supremo W 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se autoriza. Tercero.- La concesionaria está obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario compu- tados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 17” del reglamento aprobado por Decreto Supremo N”05- 95-MTC; caso contrario, se aplicarán las sanciones pretis- tas en el segundo párrafo del Artículo 16” del citado reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta resolución a la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional.