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Pág. 165306 ~lpérttano~~l~l~~:~fl~fl~\~~~ I.ima, viernes 90 de octubre de 10% SE RESUELVE: Artículo F’rimero.- Autorizar la participación de los señores Fiscales Superiores, Provinciales y Adjuntos Pro- vinciales de los Distritos Judiciales de Ancash, Huaura, Huánuco y Junín, para que participen en evento denomina- do “Curso Básico de Actualización para Magistrados” a llevarse acabo en la ciudad de Lima del 2 al 7 de noviembre del año en curso que a continuación se detalla, ANCASH: Villacorta Peralta Tulio Alcibiades, Anaya Castro Zadi Da- niel Edmundo, Losza Méndez Malco Hilarión, Reyes Agui- rre Juan, León Sánchez Donato, Morales Morales Hugo, Montes Cano Ysmael. HUANUCO: Tucto Rodil Carlos, Ramos Giles Senen Lazaro; HIJAURA: Salazar Huapalla Félix Ernesto; JUNLN: Monge Palomino Ela Mercedes, Cárdenas Sobem Carlos, Pariona Aliaga Francisco Javier, Miranda Palma Enrique; concediéndoseles la licencia res- pectiva con goce de haber, encargándoseles los despachos a los Fiscales Adjuntos según corresponda el caso, por el termino que dure la licencia de su titular. Artículo Segundo.- Encargar el despacho de los Fiscales Superiores encargados de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en los Distritos Judiciales deHUANUCO: Quispe Arango Pablo, Fiscal Superior; HUAURA: Hinojosa Chirinos Eleodoro, Fiscal Superior; JUNIN: Cornejo Gómez Sán- chez Oscar Alfredo, Fiscal Superior, por el término que dure la licencia de su titular. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no irrogará gasto alguno al pliego presupues- tal del Ministerio Público.I i J 1 , ; Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución al doctor Manuel Macedo Dianderas. Presi- dente de la Comisiún de Reorganización y Gobierno de la Academia de la Magistratura, y a los Fiscales Superiores encargados de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público enlos Distritos Judiciales de Ancash, Huaura. Huánuco y Junín, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Publico MARIO DAVID ZEGARRA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 12468 Declaran nula resolución referida a de- nuncia formulada contra magistrado por presunta comisión de delito de corrupción de funcionarios RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO N” 697-9%MP-CEMP Lima, 29 de octubre de 1998 VISTOS: Los Oficios N” 555-98(218-97)-MP-F.SUPR.(‘.I. y N” 607-98(218-97)-MP-F.SUPR.C.I., con el Expediente N” 218-97 con los recursos de apelación presentados por el doctor José Manuel Mercado López, Fiscal Superior de la Primera Fiscalía Superior Mixta del Distrito Judicial del Santa y el señor Francisco García Ríos, ambos contra la Resolución N” 401, de fecha 24 de abril de 1998, emitida por la Fiscalía Suprema de Control Interno; la solicitud de nulidad contra la resolución antes mencionada, y escrito de fojas 507, presentados por el doctor José Manuel Mercado López; y,CONSIDERANDO: Que el Informe N” 027-97-CC-MP-F.SUPR.C.1. de fo- jas 454, que contiene el resultado de la investigación practicada sobre la denuncia formulada por don Francisco García Ríos, en representación de Complejo Industrial Naval Hierro Mar S.A. contra el doctor José Manuel Mercado López, Fiscal Superior de la Primera Fiscalía Superior Mixta del Distrito Judicial del Santa; fue suscri- to por el doctor José Humberto Pereira Rivarola, Fiscal Adjunto Supremo cuando desempeñaba el cargo de Pre- sidente de la Comisión “D” de la Fiscalía Suprema de Control Interno; Que la Resolución W 401, de fecha 24 de abril de 1998 que declaró infundada la denuncia formulada por don Francisco García Ríos, en representación del Complejo Industrial Naval Hierro Mar S.A. contra el doctor José Manuel Mercado López por la comisión del delito de corrupción de funcionarios y que amparada como queja fue declarada fundada por irregularidades en el ejercicio de sus funciones, imponiéndose al citado Fiscal Superior la sanción disciplinaria de suspensión, por el término de quince días con rebaja del 50% de su haber básico por el tiempo de la suspensión fue suscrita también por el doctor José Humberto Pereira Rivarola, Fiscal Adjunto Supre- mo, en su condición de Encargado del Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno; Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49” de la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Públi- co N“ 337-98-MP-CEMP, sobre el trámite de la investiga- ción de delitos cometidos en el ejercicio de la función; establece que concluida la misma o vencido el plazo correspondiente se emitirá un informe el cual se remitirá al Fiscal Supremo de Control Interno; Que en el caso materia de autos se observa un vicio procesal que vulnera el Principio del Debido Proceso, por cuanto el doctor José Pereira Rivarola, Fiscal Adjunto Supremo a cargo de la investigación del caso en mención, tuvo conocimiento del mismo como Encargado del Despa- cho de la Fiscalía Suprema de Control Interno y suscribió la resolución cuestionada, deviniendo por estas razones dicha resolución en nula, de acuerdo alo dispuesto por el Artículo43”delD.S. N”02-94-JUS,TextoUnicoOrdenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 159 de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo N” 52, Ley Orgánica del Ministerio Público, y lo estableci- do en la Resolución de la Comisión Ejecutiva del Ministe- rio Público N” 337.98-MP-CEMP, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, estando al Acuerdo N” 5495 adop- tado por unanimidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que el doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo y Miem- bro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, se encuentra en comisión de servicios; y, en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes N” 26623, N” 26695 y N” 26738: RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar NULAla Resolución N” 401, de fecha 24 de abril de 1998, emitida por la Fiscalía Suprema de Control Interno que declaró infundada la denuncia formulada por don Francisco García Ríos, en representación del Complejo Industrial Naval Hierro Mar S.A. contra el doctor José Manuel Mercado López por la comisión del delito de corrupción de funcionarios y que amparada como queja fue declarada fundada por irregu- laridades en el ejercicio de sus funciones, imponiéndose al citado Fiscal Superior la sanción disciplinaria de suspen- sión por el término de quince días con rebaja del 50%~ de su haber básico por el tiempo de la suspensión; y NULO todo lo actuado a partir de fojas 472. Artículo Segundo.- Remrtirel ExpedienteN”-97 a la Fiscalía Suprema de Control Interno para que emita en breve plazo la resolución correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Publico