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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (02/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

I,ima, miércoles 2 de seticmhrc dc IYY8 e(m Pág. 163541 Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuniquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA <Jefe Nacional 9805 RESOLUCION JEFATURAL N” 994-98.IDENTIDAD Lima, 26 de agosto de 1998 Visto el Memorándum N” 4X0-98-GAJ/IDENTIDAI?, emiti- do por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 31 de julio de 1998. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria dr.1 memo- rándum del visto, se desprende que persona no identificada que dice llamarse Karina Margot Arzola Menayio Katlheen Margot Sandiga Arzola, ha incurrido en comportamiento de inducir a erroraservidor público, haciendomsertarendocumentopúblico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de presunta comisión de delit,o contra la función públiw y la fe pública. en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado por los Artículos 41ö” y 128” del Código Ptnal; Que! en atención a los considerandos precedentes resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que corrtspondan contra quien resulte responsable en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Y” 17537 y la Ley N” 26497; SE RESUELVE: Artículo l”.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la función pública y la fe publica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Fstado Civil. ’ Artího 2”.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se czmtrae la presente Resolución Jefatura1 Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ \‘ALDIVl.4 Jefe Nacional 9806 RESOLUCION JEFATURAL N” 995-9%IDENTIDAD Lima, 26 de agosto de 1998 Visto el Memorándum N 4849%GAJ/IDENTIDAl), emitido por la (hrencia de Asesoría Jurídica, de fecha 3 de agosto de 1998. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del memo- rándum del visto, se desprende que el ciudadano Jorge Luis García Guerrero ha incurrido en comportamiento de hacer insertar en documento público declaraciones falsas sobre he- chos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de presunta comisión de delito contra la fe pública, en la modalidad defalscdad ideológica. previsto y sancionado por el Articulo 428” del Código Penal;- Que. en atención a los considerandos urecedentes resulta necesario autorizar al Procurador Público acargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Est ado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación Y Estado Civil; De confor&dad con lo dispuesto en el Decreto Ley N” 17537 y la Ley N” 26497;Estado Civil, para que en nombre y representación de los Intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra don Jorge Luis García Guerrero y quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe pública en agravio del Estado y del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, Artículo 2”.- Remítase lo actuado al Procurador Público xicargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de identificación y Estado Civil; para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 9807 ,RESOLUCION JEWATURAL N” CH-98-IDENTIDAD Lima, 26 de agoste de 1998 Visto el Memorándum N” 489SBGAJIIDENTIDAD, emitido por la Ckencia de Asesoría Jurídica, de fecha 3 de agosto de 1998. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del memo- rándum del visto, se desprende que personas no identificadas han incurrido en comportamiento de inducir error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mis- mo, conducentes a suplantar la identidad de los ciudadanos Moisés Salvador Gómez Sedano, Humbert Wilfredo Yamamoto Pérez, Roger Huamán Rodríguez, Fabián Pillaca Escobar, Lu- cía Magariño de Cecilio, Basilio Chávez Taipe y Martha Ernesta Zúñiga Tipiciano; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la función pública y la fe pública, en las modalidades de falsedad ideolúgica y genérica, previsto y sancionado en los Artículos 41ö”, 428” y 438” del Código Penal vigente; Que en atención al considerando precedente resulta necesa- rio autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación Estado Civil, para que interponga las acciones que correspon Ban en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identifi- cación y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitándose al Ministerio Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificación de las sujetos que han suplanta- do a los ciudadanos Moisés Salvador Gómez Sedano, Humhert Wilfredo Yamamoto Pérez. Roger Huamán Rodríguez, Fabián Pillaca Escobar, Lucía Magarino de Cecilio, Basilio Chávez Taipe y Martha Ernesta Zúñiga Tipiciano, señalados en el primer considerando; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N” 17537 y la Ley N“ 26497; SE RESUELVE: Artículo lo.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la función pública y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2“.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Registrese, comuníquese y publíquese CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional SE RESUELVE: CONSIDERANDO: Artículo l”.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación yQue, en virtud de la documentación sustentatoria del memo- rándum del visto, se desprende que personas no identificadas-RESOLUCION JEFATURAL N” 967-9%IDENTIDAD Lima, 26 de agosto de 1998 Visto el Memorándum N’ 48298GAJIIDENTIDAD, emiti- do Dar la Gerencia de Asesoria .Juridica. de fecha 3 de agosto de 19G3.