NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (09/09/1998)
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Lima, miércoles 9 de setiembre de 1998 SE RESUELVE:efpétrtfam, Pág. 163745 Transfieren terreno ubicado en la pro- vincia de Huarmey a favor del CIAR AncashArtículo lo.- Transferir el terreno de 665 078,17 m2, ubicado en la denominada Pampa de Palo/Loma La Buitrera, entre los kilómetros 25+000,00 al 27+300,00 de la carretera Costanera Sur (margen derecha, en la dirección Ilo-Tacna), distrito y provin- cia de 110, departamento de Moquegua, a favor del Consejo Transitorio de Administración Regional Moquegua. Art~cuIo 29- Delegar al Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional Moquegua para que mediante resolución de su titular transfiera el terreno de 665 078,17 m2 descrito en el artículo prece- dente, a favor de la Municipalidad Provincial de 110, a fin de que ésta se lo adjudique en venta directa a favor de la empresa Energía del Sur S.A. - ENERSUR. Artículo 3”.- Autorizar al Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional Moquegua, para que otorgue la escritura pública de transferen- cia correspondiente a que se refiere al artículo precedente. Artículo 4”.- La Oficina Registra1 de 110 de la Super- intendencia Nacional de los Registros Públicos del Mi- nisterio de Justicia, por el mérito de la presente Reso- lución Ministerial inscribirá la transferencia de terreno a que se refiere el Artículo 1” en el Registro de la Propiedad Inmueble de 110. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 10136 Encargan las funciones del Despa- cho de la Secretaría Ejecutiva de Co- operaci6n Técnica Iníernacional RESOLUCION MINISTERIAL W 409-9%PRES Lima, 7 de setiembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, la ingeniera Magdalena Fajardo de Savaraín, Secretaria Ejecutiva de Cooperación Técnica Interna- cional del Ministerio de la Presidencia, se ausentará del país del 6 al 9 de setiembre de 1998; Que, en tanto dure la ausencia de la citada funcio- naria, es necesario encargar al Lic. Adm. Freddy Renato Moreno Neglia, Viceministro de Desarrollo Regional, las funciones del Despacho de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo W 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley N” 25556 y Decreto Supremo N” 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar las funciones del Despacho de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional al Lic. Adm. Freddy Renato Moreno Neglia, Viceministro de Desarrollo Regio- nal del Ministerio de la Presidencia, a partir del 6 al 9 de setiembre de 1998 y mientras dure la ausencia de la Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 10158-RESOLUCION MINISTERIAL W 410.9%PRES Lima, 8 de setiembre de 1998 Visto el Expediente N” 06751-97, por el cual la Municipalidad Provincial de Huarmey solicita, a través del Consejo Transitorio de Administración Regional Ancash, la primera inscripción de dominio a favor del Estadoy posterior transferencia del terreno de 583,5489 hectáreas, ubicado en el Puerto de Huarmey, margen derecho de la “Carretera Panamericana Norte”,, a la altura del kilómetro 288, en el sector denommado “Punta Lagarto”, distrito y provincia de Huarmey, de- partamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N” 1423-97-RCH-CTAR/ SGRP, de fecha 6 de noviembre de 1997, el Secreta- rio General del Consejo Transitorio de Administra- ción Regional Chavín, solicita la inscripción en pri- mera de dominio del terreno de 583,5489 hectáreas, ubicado en el Puerto de Huarmey, margen derecho de la “Carretera Panamericana Norte”, a la altura del kilómetro 288, en el sector denominado “Punta Lagarto”, distrito y provincia de Huarmey, departa- mento de Ancash, para su posterior transferencia a la Municipalidad Provincial de Huarmey, a fin de que ésta lo adjudique en venta directa a la Compañía Minera “Antamina S.A.“, para cuyos efectos cumple con remitir los documentos establecidos en el Decre- to Supremo N” 007-92-VC; Que, mediante Informe N” 083-98/SBN-DMAR, de fecha 8 de abril de 1998, la Dirección de Margesí y Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes Nacionales, manifiesta que el área submateria no se encuentra registrada en el Margesí de Bienes Naciona- les ni inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Casma; Que. la Lev N” 26922. Lev Marco de Descentraliza- 1, ” ” ción, establece que el proceso de regionalización se constituye sobre el ámbito territorial de los departa- mentos y en tal sentido, se crean los Consejos Transi- torios de Administración Regional, entre ellos, el CTAR Ancash; Que, el inciso i) del Artículo 11” del Decreto Supremo N” OlO-9%PRES, señala que son funciones generales de los Consejos Transitorios de Administración Regional, administrar y controlar el patrimonio asignado y los que le fueran dados por encargo, así como evaluar y deter- minar su uso y destino final en aplicación a los disposi- tivos legales vigentes; Que, habiéndose solicitado el terreno descrito en el primer considerando, procede la transferencia a favor de la Municipalidad Provincial de Huarmey, al amparo de lo prescrito por el Decreto Supremo N” 007-92-VC, con la finalidad que sea adjudicado en venta directa a favor de la Compañía Minera “Antamina S.A.“, a fin de que se destine para instalaciones portuarias; Que, en vía supletoria resulta aplicable el Decreto Supremo W 041-85-VC, por cuyo mérito resulta nece- sario autorizar y delegar al Consejo Transitorio de Administración Regional Ancash, la facultad de inscri- bir en primera de dominio a favor del Estado el área descrita en el primer considerand?, así como para transferir a la Municipalidad Provincial de Huarmey el terreno submateria con la finalidad que dicha entidad edilicia cumpla con adjudicarla a favor de la Compañía Minera “Antamina S.A.“; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N” 25556, modificado por el Decreto Ley N” 25738, Ley N” 26922. Decreto Suuremo N” 041-85-VC. Decreto Supremo ‘W 007-92-W?, Decreto Supremo l’? OlO-98- PRES y Decreto Supremo N” 00593-PRES; y, Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales;