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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1998 (09/09/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

Peruano, destinada para la Cooperativa Americana de Remesas al Exterior - CARE-Pertí, consistente en: Artículo 2”.- Emplear el referido volumen de ali- mentos donados en el marco del Programa “Seguridad Alimentaria Sostenible” que ejecuta CARE-Per% en el país, cuyo objetivo es asegurar que las familias de extrema pobreza tengan acceso y un adecuado suminis- tro de alimentos que reúna sus requerimientos nutri- cionales mínimos. Artículo 3”.- Encargar a las Gerencias de Línea participen en la seguimiento de las Acciones de Logística Alimentaria (Recepción, Almacenamiento, Manejo, Conservación, Transporte, Distribución y Uso de los alimentos donados) que ejecuta CARE-Pelú. La información obtenida como resultado del segoimien- to efectuado será utilizada en las evaluaciones que realiza PRONAA, según los términos estipulados en el Convenio de Donación de Ayuda Alimentaria de Título II para Mone- tización y Distribución Directa entre el Gobierno del Pení y el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 4”.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América, por intermedio de la Agencia para el Desarrollo Internacional - USAID, su importante contribución. Artículo 5”.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloría General de la República (CGR) y a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica lnterna- cional (SECTI) del Ministerio de la Presidencia, dentro de los términos de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo 10077 PESQlJERlA Autorizan a Procurador iniciar proce- so judicial contra presuntos respon- sables de comisión de delitos RESOLUCION MINISTERIAL N” 420-9%PE Lima, 7 de setiembre de 1998 Visto el Oficio N” 200-98-PE/PP de fecha 12 de mayo de 1998, de la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Pesquería; CONSIDERANDO: Que con fecha 20 de julio de 1998, el Despacho Ministerial de Pesquería recibió vía facsímil copia del escrito de Registro N” 0387001 de fecha 15 de mayo de 1998, presuntamente de la empresa Union Fishing S.A., relacionado a la petición del Permiso de Pesca para su embarcación pesquera “Don Lucho II (ex Don Luis), para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobio- lógicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, y de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo; Que luego de las investigaciones correspondientes la Oficina General de Auditoría Interna, mediante Oficio N” 250-Y&PE/OGAI informa sobre presuntas irregularidades detectadas en el facsímil citado en el considerando precedente, por cuanto su número de-registro pertenecía a un procedimiento Ciferente al señalado; Que mediante escrito de Registro N” 08966001 de fecha 1 de setiembre de 1998, la empresa Union Fishing S.A. manifiesta haber interpuesto denuncia penal con- tra una persona que contrató para realizar, entre otros trámites,, la solicitud de permiso de pesca a que se alude en el primer considerando, por cuanto dicha persona habría incurrido en los delitos de apropiación ilícita, estafa, y contra la fe pública; Que es pertinente autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Pes- quería para que interponga las acciones judiciales co- rrespondientes, a fin de que se determinen las verda- deras responsabilidades de los hechos descritos; De conformidad con el Decreto Ley N” 17537, modi- ficado por Decreto Ley N” 17667; SE RESUELVE: Artículo l”.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Pes- quería, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes, con relación a los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2”.- Remitir a la Procuraduría Publica los antecedentes del caso para su conocimiento y demás fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 19062 Modifican resolución mediante la cual se autorizó a empresa el incremento de flota RESOLUCION MINISTERIAL N” 421-9%PE Lima, 7 de setiembre de 1998 Visto los escritos con Registro N” 1434003 de fechas 1, 16 de abril, 31 de julio y 14 de agosto de 1998 presentados por la empresa PESQUERA MAGURO S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial N” 658-97-PE de fecha 28 de octubre de 1997, se autoriza a la empresa PESQUERA MAGURO S.A. el incremento de flota con una embarcación pesquera de 92.25 m3 de volumen de bodega y 37.5 TM de carga neta de pescado, asimismo 220 HP de potencia de motor principal, la cual empleará hielo en cajas como medio de preservación, equipada con redes de arrastre de 110 mm. de abertura de malla en el copo, para la extracción del recurso hidrobiológico merluza con destino al consumo humano directo; Que mediante Resolución Ministerial N” 059-97-PE se aprobó el Plan de Ordenamiento de la pesquería del recurso merluza, considerándose en el numeral 6.2 que siendo la merluza un recurso plenamente explotado, el acceso a su pesquería será restringido, limitándose el otorgamiento de autorizaciones de incremento de flota y de nuevos permisos de pesca a la sustitución de igual volumen de capacidad de bodega, así como igual poten- cia del motor principal de la embarcación existente para la pesca de merluza; Que a través de los escritos del visto, la recurrente solicita la modificación de las características técnicas de la resolución que le autoriza al incremento de flota, manifestando que la embarcación en construcción será equipada con un motor principal que tendrá una poten- cia de 503 HP; a fin de acceder auna nueva zona de pesca y de mayor profundidad, manifestando que su solicitud no contraviene lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza vigente;