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Pág. 171884 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de abril de 1999 texto del acta obrante a fs. 89 del Libro de Actas corres- pondiente; Que, habiéndose declarado desierto en dos oportunidades el Concurso Público aludido respecto del Item Nº 02, el Artículo 19º literal f) de la Ley Nº 26850 establece que se encuentran exonerados de Licitación Pública y Concurso Público las adquisiciones y contra- taciones que se realicen cuando se declaren desiertos los procesos de selección en dos oportunidades, debiendo la Contraloría General de la República evaluar las causas que la motivaron, para lo cual las entidades remitirán dentro de los diez días siguientes a la declaración el expediente correspondiente; Que, la norma en mención establece que las exonera- ciones deben hacerse de conocimiento, bajo responsabili- dad de la más alta autoridad presupuestal o del Directo- rio, de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 20º de la Ley Nº 26850 complementa la disposición anterior, estableciendo que dichas adquisi- ciones y contrataciones se realizan mediante el procedi- miento de adjudicación directa a que se refiere el último párrafo del Artículo 13º de la ley (esto es, mediante adjudicación directa de menor cuantía) y se aprobarán mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad en el caso de los Gobiernos Locales, debiendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Artículo 2º del D.S. Nº 039-98-PCM, Regla- mento de la Ley Nº 26850 complementa de un lado, que para efectos de la ley y el reglamento se considera como la más alta autoridad de la entidad al titular de ésta definido por el Artículo 6º de la Ley de Gestión Presu- puestaria del Estado, precisándose de otro lado, en el Artículo 44º que el procedimiento de menor cuantía es aplicable en las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el Artículo 19º de la ley, siendo el responsable de las mismas la máxima autoridad administrativa de la entidad; Por estas consideraciones, en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, así como las establecidas en la Ley Nº 26850 y su reglamento; RESUELVE: 1º.- Aprobar la exoneración a Concurso Público para la contratación de Servicios de Limpieza Pública para la recolección de residuos sólidos del distrito de San Mi- guel, debiendo respetarse las condiciones contenidas en las Bases Administrativas aprobadas por Resolución de Alcaldía Nº 128-99-AL/SM, por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. 2º.- Autorizar a la Dirección Municipal para que disponga a la Unidad de Abastecimientos el inicio del procedimiento de adjudicación de menor cuantía para la contratación del servicio contenido en el numeral anterior, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º, segundo y tercer párrafo y Artículos 44º y 51º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. 3º.- Encargar a la Oficina de Administración la remi- sión de los expedientes que contienen la Primera y Segunda Convocatoria al Concurso Público Nº 001-99- CE/MDSM, Item Nº 02, a la Contraloría General de la República, para la evaluación de las causas que motiva- ron la declaración de desierto, en el plazo perentorio de diez días calendario contados a partir del día siguiente de la dación de la presente resolución. 4º.- Encargar a la Oficina de Administración y la Secretaría General, poner en conocimiento de la presen- te resolución al Concejo Municipal de San Miguel, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congre- so de la República, al Ministerio de Economía y Finan- zas y a la Contraloría General de la República, así como su debida publicación en el Diario Oficial El Peruano, enel plazo perentorio de diez días calendario contados a partir del día siguiente de la dación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 4580 Convocan a concurso público de méri- tos para la designación de ejecutor coactivo RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 624-99-AL-SM San Miguel, 7 de abril de 1999 LA ALCALDIA; CONSIDERANDO: Que, por el mérito de la Resolución de Alcaldía Nº 509-99-AL/MDSM, de fecha 5 de marzo de 1999, se encuentra vacante el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26979 -Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva- dispone que la designación del ejecutor coactivo se efectuará mediante Concurso Público de Méritos; Que, es necesario designar al ejecutor coactivo a fin que la administración cumpla a cabalidad sus fines y su normal desenvolvimiento, debiéndose proceder a la con- vocatoria a concurso público de méritos; Por lo expuesto, estando a las atribuciones conferi- das por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convóquese a Concurso Públi- co de Méritos para la designación de un Ejecutor Coac- tivo para la Municipalidad Distrital de San Miguel, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 26979 - Procedimiento de Ejecución Coactiva. Artículo Segundo.- Apruébese las Bases y Procedi- miento para el Concurso Público de Méritos aludido en el artículo anterior, que forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Fíjense las fechas indicadas a continuación para cada una de las etapas descritas en el procedimiento citado en el artículo precedente: - Entrega de currículum vitae :Lunes 12 de abril de 1999 - Prueba escrita :Martes 13 de abril de 1999 - Entrevista :Miércoles 14 de abril de 1999 - Publicación de resultados finales :Jueves 15 de abril de 1999 Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección Muni- cipal el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, a la Unidad de Personal la entrega de un ejemplar de las bases y procedimiento del concurso público de méritos aprobado por la presente resolu- ción a cada postulante y su difusión en vitrinas de la Municipalidad y a la Secretaría General la publica- ción de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 4587